NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (29/09/2011)
CANTIDAD DE PAGINAS: 76
TEXTO PAGINA: 70
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de setiembre de 2011 450792 nacionales y sectoriales, para contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la región, conforme lo dispone los artículos 2º, 4º y 5º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplifi cación administrativa; Que, el Artículo 53º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dentro de sus funciones específi cas está de formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales; Que, por Resolución Ministerial Nº 026-2010-MINAM se aprobaron los Lineamientos de Política para el Ordenamiento Territorial, conceptuando al Ordenamiento Territorial como una política de Estado, un proceso político y técnico administrativo de toma de decisiones concertadas con los actores sociales, económicos, políticos y técnicos, para la ocupación ordenada y uso sostenible del territorio, la regulación y promoción de la localización y desarrollo sostenible de los asentamientos humanos; de las actividades económicas, sociales y el desarrollo físico espacial sobre la base de la identifi cación de potencialidades y limitaciones, considerando criterios ambientales, económicos, socioculturales, institucionales y geopolíticos; Que, mediante Artículo 11º de la Ley Nº 26821 – Ley Orgánica para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, señala que la Zonifi cación Ecológica y Económica (ZEE) del país se aprueba a propuesta de la Presidencia del Consejo de Ministros, en coordinación intersectorial, como apoyo al ordenamiento territorial a fi n de evitar confl ictos por superposición de títulos y usos inapropiados, y demás fi nes; Que, los artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 087-2004-PCM, el Reglamento de Zonifi cación Ecológica y Económica, establece que la Zonifi cación Ecológica y Económica (ZEE), es un proceso dinámico fl exible para la identifi cación de diferentes alternativas de uso sostenible de un territorio determinado, basado en la evaluación de sus potencialidades y limitaciones con criterios físicos biológicos, sociales, económicos y culturales, orientado a la toma de decisiones sobre los mejores usos del territorio, considerando las necesidades de la población que la habita en armonía con el ambiente; Que, el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 013- 2009-MINAM modificó el Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 087 – 2004 PCM - Reglamento de Zonifi cación Ecológica y Económica, creando el Comité Técnico Consultivo de Ordenamiento Territorial; Que, en el marco de lo previsto en la Ley Nº 26821- Ley Orgánica para el aprovechamiento sostenible de los Recursos Naturales y el Decreto Supremo Nº 087-2004- PCM- Reglamento de la ZEE, desde el 01 de noviembre del año 2009, se viene ejecutando el proyecto de inversión pública Desarrollo de Capacidades para el Ordenamiento Territorial en el Departamento de Huánuco, cuyo objetivo general es impulsar el proceso de ordenamiento territorial y distribución adecuada del territorio para el desarrollo sostenible del Departamento de Huánuco; Que, el Artículo 16º del Decreto Supremo Nº 087- 2004-PCM- Reglamento de Zonifi cación Ecológica Económica, establece que para el Proceso de la ZEE desarrollado en el ámbito regional requiere la conformación de una Comisión Técnica, la misma que estará constituida mediante una Ordenanza por el Gobierno Regional, y estará conformado por: Un Representante del Gobierno Regional, los Alcaldes de las Municipalidades Provinciales, Distritales de la circunscripción donde se ubica el área a ser materia de la ZEE, un representante de una Institución Científi ca del área de trabajo, un representante de las Universidades del área de trabajo, representantes de los Sectores y de los niveles de Gobierno con competencia en el otorgamiento de autorizaciones sobre el uso del territo1rio o los recursos naturales existentes en el área a ser objeto de la ZEE, dos representantes de las Organizaciones de Pueblos Indígenas, dos Representantes de la Empresa Privada y dos representantes de los Organismos No Gubernamentales; Que, el Artículo 38º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencias; Que, la presente Ordenanza Regional cuenta con el dictamen favorable de la Comisión Permanente de Desarrollo Económico del Consejo Regional y de conformidad con las atribuciones conferidas por los Artículos 9º, 10º, 11º, 15º, y 38 de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales Nº 27867; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos 15 y 38 de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y a lo aprobado por UNANIMIDAD en la Sesión de Consejo Regional de la referencia, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta. ORDENA: Artículo Primero.- DECLARAR la Priorización del Proceso de Zonifi cación Ecológica y Económica para el Ordenamiento Territorial de la Región Huánuco, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Artículo Segundo.- APROBAR la Conformación de la Comisión Técnica Regional del proceso de Zonifi cación Ecológica y Económica para el Ordenamiento Territorial en el ámbito del Departamento de Huánuco, la misma que estará integrada por : 1. Gobierno Regional Huánuco - Comité Gerencial. Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial . Sub Gerencia de Ordenamiento Territorial. Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente. Gerencia Regional de Desarrollo Económico. 2. Municipalidades Provinciales. Alcalde provincial de Huánuco. Alcalde provincial de Pachitea. Alcalde provincial de Leoncio Prado. Alcalde provincial de Ambo Alcalde provincial de Lauricocha. Alcalde provincial de Yarowilca. Alcalde provincial de Huamalies. Alcalde provincial de Huacaybamba. Alcalde provincial de Marañón. Alcalde provincial de Dos de Mayo. Alcalde provincial de Puerto Inca. 3. Representante (s) de una Institución Científi ca del área de trabajo. Instituto Investigación para la Amazonia Peruana - IIAP. 4. Representante de las Universidades del área de trabajo. Universidad Nacional Hermilio Valdizan – UNHV. Universidad Privada Huánuco – UPH. Universidad Nacional Agraria de la Selva – UNAS. 5. Representantes de los Sectores y de los Niveles de Gobierno Dirección Regional de Energía y Minas. Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dirección Regional de Agricultura. Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo. Dirección Regional de Producción. Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones. Administración Técnica Forestal y Fauna Silvestre – ATFFS. Autoridad Local del Agua – ALA Huánuco. Instituto Nacional de Cultura - INC. 7. Representantes de las Organizaciones de Pueblos Indígenas. Federación Nativos Comunidad Yaneshya - FECONAYA. 8. Representantes de la Empresa Privada Cámara de Comercio. Cooperativa Agraria Naranjillo.