NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (29/09/2011)
CANTIDAD DE PAGINAS: 76
TEXTO PAGINA: 60
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de setiembre de 2011 450782 visión, los objetivos del proyecto, el cronograma elegido para alcanzarlos y los recursos que son necesarios para ello. Las Tablas para su califi cación, establecen las pautas para la elaboración de los proyectos. Los proyectos se presentarán con un mínimo de tres (03) Carreras Profesionales y un máximo de cinco (05) carreras profesionales”; Que, el artículo 10° del Reglamento establece: “El procedimiento para la Autorización de funcionamiento de una universidad, una vez admitida a trámite, tiene cuatro (4) Fases: 1. Evaluación para la aprobación del Proyecto de Desarrollo Institucional; 2. Implementación Inicial del Proyecto de Desarrollo Institucional Aprobado, 3. Verifi cación de la Implementación Inicial, 4. Autorización del funcionamiento provisional de la universidad, (el subrayado y sombreado es nuestro); Que, el artículo 12º del referido Reglamento, establece: “Con la solicitud de Autorización de Funcionamiento Provisional, el administrado deberá presentar el Proyecto de Desarrollo Institucional…”; Que, el artículo 19° del Reglamento, establece :” … Admitida a trámite la solicitud para Autorización Provisional de Funcionamiento, el Pleno del CONAFU designará la Comisión encargada de la califi cación del Proyecto de Desarrollo Institucional, la misma que será presidida por un consejero e integradas por dos (02) docentes principales o asociados debidamente capacitados en Evaluación de Instituciones Educativas”; Que, con escrito s/n recibido con fecha 25 de enero de 2010, el señor Víctor Walter Ramos Arana, en representación de la Empresa Educativa Santa Fe SAC, Promotora del Proyecto de Universidad Privada Santa Fe; presenta el Proyecto de Desarrollo Institucional para la creación de la referida universidad, solicitando su aprobación y autorización por parte del CONAFU para brindar los servicios educativos universitarios en las Carreras Profesionales: 1) Administración Hotelera, 2) Turismo, 3) Administración de Negocios Internacionales, 4) Derecho Ambiental y Ecológico, y 5) Ingeniería Ambiental; Que, mediante Resolución Nº 158-2010-CONAFU publicada en el Diario El Peruano el 23 de abril de 2010, se resuelve: Admitir a trámite la solicitud de Autorización de Funcionamiento Provisional del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Privada Santa Fe, presentado por el señor Víctor Walter Ramos Arana, en representación de la Empresa Educativa Santa Fe S.A.C, Promotora del referido Proyecto de Universidad; con las siguientes carreras profesionales: 1) Administración Hotelera, 2) Turismo, 3) Administración de Negocios Internacionales, 4) Derecho Ambiental y Ecológico, y 5) Ingeniería Ambiental; bajo el Decreto Legislativo Nº 882 y las normas que resulten aplicables de conformidad con la normatividad vigente del CONAFU; Que, por Resolución Nº 159-2010-CONAFU de fecha 24 de marzo de 2010, se resuelve: Conformar la Comisión Califi cadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Privada Santa Fé, la misma que estará integrada por los siguientes profesionales: Rafael Serafín Castañeda Castañeda, María Rosario Verástegui de Torres y Alfonso Tesen Arroyo en calidad de Presidente, Secretario y Vocal, respectivamente; Que, por Ofi cio Nº 008-2010-CONAFU-PCE recibido con fecha 03 de mayo de 2011, el Presidente de la Comisión Califi cadora remitió el Informe Preliminar del PDI del Proyecto de la Universidad Privada Santa Fé; recomendando a la promotora levantar todas la observaciones realizadas por la Comisión Califi cadora y en el tiempo previsto, presentar la Segunda Versión completa del Proyecto, de conformidad con lo establecido en el artículo 24º del Reglamento aprobado por Resolución Nº 387-2009-CONAFU; Que, mediante Ofi cio Nº 608-2010-CONAFU-SG, de fecha 05 de mayo de 2010, se remite al Responsable del Proyecto de la Universidad Privada Santa Fé, copia del Informe Preliminar de la Evaluación del PDI del Proyecto de la Universidad Privada Santa Fé realizado por la Comisión Califi cadora, otorgándole el plazo de quince (15) días hábiles, para que cumpla con levantar las observaciones indicadas en dicho informe, requiriendo a la vez la presentación de una Segunda Versión completa del PDI; Que, con escrito s/n recibido con fecha 24 de agosto de 2010, el Presidente de la Promotora Educativa del Proyecto de la Universidad Privada Santa Fé-UPSF remite el levantamiento de observaciones y la Segunda Versión del Proyecto de la Universidad Privada Santa Fé, solicitando su aprobación y autorización por parte del CONAFU; Que, por Resolución Nº 407-2010-CONAFU de fecha 23 de setiembre de 2010, se resuelve: Artículo Primero.- Dejar sin efecto, la Resolución Nº 159-2010-CONAFU de fecha 24 de marzo de 2010, la cual designaba a los integrantes de la Comisión de Califi cación encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de la Universidad Privada Santa Fé y Artículo Segundo.- Designar a los nuevos integrantes de la Comisión de Califi cación encargada de evaluar la Segunda Versión del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Privada Santa Fé, quedando integrada por los siguientes profesionales: Dr. Jorge Arturo Benites Robles, Ludovina Gutiérrez Castro y María Rosario Verástegui de Torres, en calidad de Presidente, Secretario y Vocal, respectivamente; Que, mediante Ofi cio Nº 007-2011-CONAFU-JABR- CAI recibido con fecha 28 de de febrero de 2011, el Presidente de la Comisión Califi cadora remite Informe Final de la Evaluación de la Segunda Versión del PDI del Proyecto de la Universidad Privada Santa Fé; Que, mediante Ofi cio Nº 256-2011-CONAFU-CDAA de fecha 11 de marzo de 2011, la Comisión de Trabajo sugiere al Pleno del CONAFU devolver el informe Final de la Evaluación del PDI del Proyecto de la Universidad Santa Fé para que la Comisión Califi cadora proceda a evaluar el Proyecto utilizando las nuevas Tablas aprobadas mediante Resolución Nº 110-2010-CONAFU; Que, mediante Ofi cio Nº 0014-2011-CONAFU-JABR recibido con fecha 28 de abril de 2011, la Comisión Califi cadora encargada de elaborar el Informe Final de la Segunda Versión del PDI del Proyecto de la Universidad Privada Santa Fé, remite la califi cación del PDI en las nuevas Tablas de califi cación aprobada por el CONAFU mediante Resolución Nº 110-2010-CONAFU; adjuntando la misma en el presente informe; Que, el artículo 29º inciso a) del Reglamento, establece: “Las recomendaciones para el pronunciamiento del CONAFU, se ajustarán a cualquiera de las alternativas siguientes: a) Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional presentado por la Promotora con todas las carreras propuestas, b) Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional con las carreras profesionales que hayan alcanzado puntaje aprobatorio...”; Que, mediante Ofi cio Nº 767-2011-CONAFU-CDAA de fecha 02 de setiembre de 2011, la Comisión Académica da a conocer al Pleno del CONAFU que la Comisión Califi cadora presenta su Informe Final del Proyecto de la Universidad Privada Santa Fe, nombrada mediante Resolución Nº 407- 2010-CONAFU, luego de revisado el expediente la Comisión Académica deja a consideración del Pleno del CONAFU, la recomendaciónfi nal de la Comisión Califi cadora: “APROBAR, el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de la Universidad Privada Santa Fé SAC, por haber superado el puntaje mínimo establecido, conforme al artículo 27º de la Resolución Nº 387-2009-CONAFU”; Que, el artículo 30º del Reglamento, establece: “Presentado el Informe Final por la Comisión Califi cadora acompañando con la segunda versión completa del PDI evaluado, éste a través de la presidencia será puesto a conocimiento del Pleno. El Pleno del CONAFU analizando, el Informe Final de la Comisión Califi cadora, se pronunciará con respecto al Proyecto de Desarrollo Institucional presentado, aprobando o desaprobando el proyecto de la universidad”; Que, en Sesión Ordinaria de fecha 07 de setiembre de 2011, el Pleno del CONAFU después de deliberar, mediante Acuerdo Nº 562-2011-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de la Universidad Privada Santa Fé, presentado por el señor Víctor Walter Ramos Arana, representante de la Promotora de la Empresa Educativa Santa Fe SAC, con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Administración Hotelera, 2) Turismo, 3) Administración de Negocios Internacionales, 4) Derecho Ambiental y Ecológico, y 5) Ingeniería Ambiental; bajo el Decreto Legislativo Nº 882 y las normas que resulten aplicables de conformidad con la normatividad vigente del CONAFU; En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al artículo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: “El Presidente del CONAFU tiene las siguiente atribuciones generales:…d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones” y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU;