Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2012 (04/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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Articulo 4.- Designacion En el plazo MORDAZA de cinco (05) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial, las entidades del Poder Ejecutivo, senaladas en el articulo precedente, designaran a sus representantes. En el mismo plazo, la FEDEMIN, FEMARSINC y los mineros con derechos adquiridos del Rio Malinowski, designaran a sus representantes, mediante Oficio dirigido al Presidente de la Mesa de Trabajo. Articulo 5.- Gastos La Mesa de Trabajo para la formalizacion de la mineria informal en el Corredor Minero de MORDAZA de MORDAZA no irrogara gastos al Tesoro Publico. La participacion de sus integrantes sera ad - honorem. Articulo 6.- Vigencia La Mesa de Trabajo para la formalizacion de la mineria informal en el Corredor Minero de MORDAZA de MORDAZA tendra una duracion de noventa (90) dias calendario, contados a partir de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros 772486-1

(incluyendo a sus Organismos Publicos), como instrumento de gestion que contempla los objetivos de la institucion y se programan las metas operativas anuales de acuerdo a los recursos financieros asignados, segun las prioridades institucionales que se MORDAZA establecido para el periodo; Que, dada la relevancia que implica el Plan Operativo Institucional ­ POI 2012 como instrumento de gestion, se ha visto por conveniente proceder a su aprobacion, contando con el visado del Director General de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 que aprueba la Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 997 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, y el Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion del Plan Operativo Institucional ­ POI 2012 Aprobar el Plan Operativo Institucional ­ POI 2012 del Sector 13 Agricultura: Ministerio de Agricultura, Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA, Autoridad Nacional del Agua - MORDAZA, Instituto Nacional de Innovacion Agraria - INIA, sus Organos, Programas y Proyectos. Articulo 2º.- Publicacion del POI 2012 Disponer la publicacion del Plan Operativo Institucional ­ POI 2012 del Sector 13 Agricultura a que se refiere el articulo anterior en el MORDAZA del Ministerio de Agricultura, http://www.minag.gob.pe/. Articulo 3º.- Ejecucion y seguimiento del POI 2012 Los Pliegos, Organos, Programas y Proyectos del Sector 13: Agricultura tienen la responsabilidad de su ejecucion, seguimiento y evaluacion en el ambito de su competencia con la finalidad de alcanzar los objetivos sectoriales. La Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura se encargara de elaborar un informe de seguimiento de los avances de la implementacion del Plan Operativo Institucional del Sector 13: Agricultura, el cual sera remitido a la Alta Direccion para su evaluacion respectiva. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GINOCCHIO BALCAZAR Ministro de Agricultura 772535-1

AGRICULTURA
Aprueban el Plan Operativo Institucional - POI 2012 del Sector 13 Agricultura
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0129-2012-AG MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2012 VISTO: La propuesta de Plan Operativo Institucional ­ POI 2012 del Sector 13 Agricultura: Ministerio de Agricultura, Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA, Autoridad Nacional del Agua - MORDAZA, Instituto Nacional de Innovacion Agraria - INIA, sus Organos, Programas y Proyectos. CONSIDERANDO: Que, en el Sector 13: Agricultura, constituido por sus Organismos Publicos, sus Organos, Programas y Proyectos, se ha elaborado el Plan Operativo Institucional 2012 en el MORDAZA de la Ley N° 28411 Ley del Sistema Nacional de Presupuesto y Ley N° 29812, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; Que, el numeral 71.3 del articulo 71° de la Ley Nº 28411, establece que los Planes Operativos Institucionales son un medio de articulacion entre el Plan Estrategico de la Entidad y el Presupuesto Institucional, y por lo tanto constituyen instrumentos de gestion que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas establecidas, asi como la oportunidad de su ejecucion, a nivel de cada dependencia organica, por lo que es necesaria su aprobacion; Que, mediante la Directiva Nº 006-2010-AG-DM, Directiva para la Formulacion y Seguimiento del Plan Operativo Institucional en el Ministerio de Agricultura, se determina que el Plan Operativo refleja las Metas Fisicas y Presupuestarias anuales a alcanzar y considera en su formulacion los lineamientos de politica agraria y los objetivos estrategicos contenidos en el Plan Estrategico Sectorial Multianual (PESEM), el Plan Multianual de Inversion Publica (PMIP), entre otros documentos de gestion concordante con el articulo 71° de la Ley N° 28411; Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en el MORDAZA de sus funciones, propone el Plan Operativo Institucional ­ POI 2012 del Sector de Agricultura

Establecen para el ano 2012 la vacunacion obligatoria en bovinos de toda edad en las zonas identificadas con vacunacion o de alto riesgo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0007-2012-AG-SENASA-DSA La MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2012 VISTO: El Informe Tecnico Nº 0008-2012-AG-SENASADSA-PNFA-UFLORES de fecha 27 de marzo de 2012 en el cual el Responsable del Programa Nacional de Fiebre Aftosa de la Direccion de Sanidad Animal, solicita se apruebe la MORDAZA correspondiente que oficialice la MORDAZA de vacunacion antiaftosa para el ano 2012; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 17º del Decreto Ley Nº 25902, creo el Servicio Nacional de Sanidad Agraria-SENASA, como Organismo Publico adscrito al Ministerio de Agricultura, que tiene como uno de sus objetivos, ser el ente responsable de cautelar la seguridad sanitaria de la actividad MORDAZA y pecuaria nacional;

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