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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO 2012 (04/04/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de abril de 2012 463653 en área de Propiedad del Estado, en el Procedimiento Especial de Declaración y Regularización de la Propiedad en el Procedimiento de Saneamiento físico - legal de lotes de vivienda en el marco de la Ley Nº 29398 establecido en el Título II, Capítulo I y II, y Título III del Decreto Supremo Nº 007-2012-VIVIENDA y en la Segunda Disposición Complementaria Final del citado decreto supremo; Que, asimismo se ha remitido dos (2) proyectos de Formato de “Declaraciones Juradas” a ser utilizadas en el Procedimiento de saneamiento físico – legal de lotes de vivienda en el marco de la Ley Nº 29398 - Sector Alto El Molino, de acuerdo a lo previsto en el inciso c) y d) del artículo 32º del Decreto Supremo Nº 007-2012-VIVIENDA, con la fi nalidad de estandarizar la información contenidas en las declaraciones juradas que se recaben y que serán suscritas por los benefi ciarios, sobre su residencia en la ciudad de Pisco al momento de la ocurrencia de los sismos del 15 de agosto de 2007 y, que no cuentan con otra propiedad inmueble, sometiéndose a la verifi cación y/o fi scalización posterior que la autoridad administrativa tenga a bien efectuar al amparo de lo establecido en la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, para una mejor aplicación de los procedimientos antes referidos, resulta necesario aprobar los citados formatos; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 803 y sus modifi catorias, Leyes N° 28923 y N° 29802, Decretos Supremos N° 025-2007-VIVIENDA y N° 007-2012-VIVIENDA; Con el visado de las Direcciones de Normalización y Desarrollo, Formalización Integral, Formalización Individual y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Formato de “Título de Propiedad Registrado” a ser utilizados en el Procedimiento de Formalización y Titulación en área de Propiedad del Estado, en el Procedimiento Especial de Declaración y Regularización de la Propiedad en el Procedimiento de Saneamiento físico - legal de lotes de vivienda en el marco de la Ley Nº 29398 establecido en el Título II, Capítulo I y II, y Título III del Decreto Supremo Nº 007-2012-VIVIENDA y en la Segunda Disposición Complementaria Final del citado decreto supremo, que como anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Aprobar los Formatos de “Declaraciones Juradas” a ser utilizadas en el Procedimiento de saneamiento físico legal de lotes de vivienda en el marco de la Ley Nº 29398 a cargo de COFOPRI, establecido en el Titulo III, artículo 32º del Decreto Supremo Nº 007-2012-VIVIENDA, que como anexo, forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y los formatos de título de Propiedad y de Declaración Jurada que se aprueba, en el Portal Institucional (www.cofopri.gob.pe). Artículo Cuarto.- Notifi car la presente Resolución a los órganos estructurados de COFOPRI. Regístrese, comuníquese y publíquese. AIS TARABAY YAYA Director Ejecutivo Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI 772844-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Exceptúan a Naviera Transoceánica S.A. de la obligación de contar con la inscripción en el Registro de Hidrocarburos como Medio de Transporte Marítimo de GLP, y disponen su incorporación al Sistema de Control de Órdenes de Pedido - SCOP RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 056-2012-OS/CD Lima, 3 de abril del 2012 VISTO: El Memorando GFHL/DPD - 769 - 2012 de la Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por el literal c) del artículo 3º de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, la función normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERGMIN, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ámbito y en materia de su competencia, los reglamentos de los procedimientos a su cargo y otras normas de carácter general; REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL