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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ABRIL DEL AÑO 2012 (13/04/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 60

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de abril de 2012 464062 de 2011, que declaró Habilitado de Ofi cio el predio ubicado en el Malecón de la Reserva Nº 610, Mirafl ores, con un área de 44, 675.00 m2 inscrito en la Partida Nº 12692487 del Registro de Predios de Lima, a fi n de complementarla con el Anexo II - Plano de Zonifi cación que pasa a formar parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución, en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento de la Autoridad Autónoma del Proyecto Costa Verde el contenido de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, cúmplase. ROSSANA RAFFO BUSTAMANTE Gerente de Autorización y Control 775279-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA Aprueban adecuación del TUPA de la Municipalidad a la legislación vigente DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2012/ MDV-ALC Ventanilla, 7 de marzo de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA Visto: El Informe Nº 010-2012/MDV-GPLP de fecha 26 de enero de 2012 de la Gerencia de Planifi cación Local y Presupuesto, el Informe Nº 042-2012/MDV-GLySM de fecha 28 de febrero de 2012 de la Gerencia Legal y Secretaría Municipal, y el Memorando Nº 058-2012- MDV/GM de fecha 29 de febrero de 2012 de la Gerencia Municipal, referente a la adecuación del TUPA a la nueva estructura orgánica vigente de la Municipalidad Distrital de Ventanilla; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia, con lo previsto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. Que, mediante el Decreto Supremo Nº 233-2011-EF publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 21 de diciembre de 2011, se aprobó el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el año 2012 como índice de referencia en normas tributarias, el mismo que asciende a S/. 3,650.00 (Tres Mil Seiscientos Cincuenta con 00/100 Nuevos Soles). Que, el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM que aprueba el Formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y establece precisiones para su aplicación, respecto al reajuste del término porcentual relacionado con la UIT señala que las modifi caciones del valor de la UIT no implica la modifi cación automática del monto de los derechos de tramitación contenidos en el TUPA; por lo que dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la vigencia de la modifi cación del valor de la UIT, las entidades a través del funcionario responsable deberán efectuar la reconversión de los nuevos términos porcentuales aplicables como resultado de la división del monto de cada derecho de tramitación vigente, entre el nuevo valor de la UIT y publicarlo en el Portal Institucional. Que, con la Ordenanza Municipal Nº 001-2012/ MDV de fecha 05 de enero de 2012 se ha modificado el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, lo cual ha originado una redistribución de atribuciones y competencias de las distintas áreas orgánicas determinando nuevos niveles de resolución de los procedimientos administrativos que los ciudadanos gestionan ante la Municipalidad. Que, mediante el Informe Nº 010-2012/MDV-GPLP de fecha 26 de enero de 2012 la Gerencia de Planifi cación Local y Presupuesto indica que para el presente ejercicio fi scal se han producido cambios en el monto de la unidad impositiva tributaria, y en la estructura orgánica de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, por lo que se hace necesario modifi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos. Que, con el Informe Nº 042-2012/MDV-GLySM de fecha 28 de febrero de 2012 la Gerencia Legal y Secretaría Municipal ha precisado que, la adecuación de los procedimientos administrativos, contenidos en el TUPA institucional, a las disposiciones del ROF vigente no implican la inclusión de nuevos requisitos, ni mucho menos considera inclusión o modificación de tasas. Que, con el memorando del visto la Gerencia Municipal ha emitido opinión favorable respecto a la adecuación del TUPA institucional en aplicación del artículo 11º numeral 11.3 del Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM que aprueba los Lineamientos para elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). Que, toda modifi cación del TUPA vigente, que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, como en el presente caso, deberá ser aprobado mediante Decreto de Alcaldía, esto en concordancia con lo dispuesto en el artículo 38º numeral 38.5 de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General. Estando a lo expuesto y dentro de los alcances de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29812 - Ley del Presupuesto para el Sector Público para el Año Fiscal 2012, con la visación de la Gerencia de Planifi cación Local y Presupuesto; y en uso de las atribuciones que refi ere el artículo 20º inciso 6) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades SE DECRETA: Articulo Primero.- OBJETO El presente Decreto de Alcaldía tiene por objeto aprobar la adecuación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente Artículo Segundo: CONTENIDO Como parte integrante del presente Decreto de Alcaldía se encuentra anexo, adjunto a la misma el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), en el formato aprobado por el Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM. Artículo Tercero: ÁMBITO El presente Decreto de Alcaldía es de aplicación obligatoria en la jurisdicción del Distrito de Ventanilla y comprende a todos los órganos de la Municipalidad, así como a los ciudadanos que realizan trámites de procedimientos administrativos y servicios exclusivos en la Municipalidad. Artículo Cuarto: DEROGACIÓN DE NORMAS Dejar sin efecto y derogar cualquier otra norma o disposición municipal que se oponga al presente Decreto de Alcaldía. Artículo Quinto: PUESTA EN VIGENCIA El presente Decreto de Alcaldía entra en vigencia al día siguiente de su publicación ofi cial en los medios dispuestos por ley. Regístrese, publíquese y cúmplase OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 775804-1