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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ABRIL DEL AÑO 2012 (13/04/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de abril de 2012 464058 Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano y en el portal institucional: www.onpe.gob.pe, dentro de los tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGDALENA CHÚ VILLANUEVA Jefa 774822-5 Aprueban reordenamiento de cargos y actualización del Cuadro para Asignación de Personal de la ONPE RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 070-2012-J/ONPE Lima, 11 de abril de 2012 Vistos: El Informe N° 016-2012-OGA/ONPE y Memorando N° 389-2012-OGA/ONPE de la Ofi cina General de Administración, los Memorandos Nos. 561 y 603- OGPP/ONPE de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; así como el Memorando N° 115-2012- OGAJ/ONPE y el Informe N° 101-2012-OGAJ/ONPE de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales es un organismo constitucional autónomo que cuenta con personería jurídica de derecho público interno y goza de atribuciones en materia técnica, administrativa, económica y fi nanciera, siendo la autoridad máxima en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo; Que, el Cuadro para Asignación de Personal es el documento de gestión institucional que contiene los cargos defi nidos y aprobados de la Entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en el Reglamento de Organización y Funciones; Que, con Resoluciones Jefaturales Nos. 136 y 237- 2011-J/ONPE, se aprobó y actualizó, respectivamente, el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Entidad; Que, mediante los documentos de vistos, la Ofi cina General de Administración, propone la modifi cación de su estructura de cargos correspondiente a las Ofi cinas de Logística y Finanzas, a fi n de mejorar el sistema de abastecimiento de la Entidad, además de optimizar la tarea de control de la ejecución del presupuesto de la Entidad; Que, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante el Memorando N° 561-2012- OGPP/ONPE, emite opinión favorable al reordenamiento de cargos a implementarse en la Ofi cina General de Administración, lo cual permitirá mejorar el cumplimiento de las funciones del citado órgano, señalando además que, este no generará un incremento en el Presupuesto Analítico de Personal; Que, para el efecto resulta necesario el reordenamiento de cargos conforme a lo siguiente: i) creación de una Jefatura de Área de Programación en la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración; ii) variación de la denominación de la Jefatura de Área de Contrataciones por Jefatura de Área de Selección y Ejecución Contractual, iii) eliminación de dos plazas vacantes de la Jefatura de Área de Contrataciones para fi nanciar la Jefatura de Área de Programación; iv) creación del cargo de Asistente 2-A, sin fi nanciamiento, en la nueva Jefatura de Área de Selección y Ejecución Contractual, para no debilitar la estructura de cargos de dicha unidad orgánica; v) creación del cargo de Analista-1 en la Ofi cina de Finanzas y la eliminación del cargo de Asistente 3-A en la Jefatura de Área de Contabilidad, para fi nanciar el cargo creado, además de no alterar el número total de cargos del CAP; Que, teniendo en cuenta que a la fecha se han declarado vacantes y cubierto diversos cargos, resulta necesaria la actualización de los mismos en el referido instrumento de gestión; Que, el artículo 16° del Decreto Supremo N° 043-2004- PCM, que aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del CAP, dispone que de haber existido el reordenamiento de cargos conforme al artículo 13° del mismo cuerpo normativo, generados por la eliminación o creación de cargos que no incidan en un incremento del Presupuesto Analítico de Personal, la Entidad deberá actualizar su CAP y publicarlo mediante resolución de su Titular; FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL