Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2012 (13/04/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 48

464050
ANEXO Nº 2

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 13 de MORDAZA de 2012

Nomina de Peritos Judiciales para los anos 2012-2013 173 MORDAZA 174 MORDAZA 175 MORDAZA 176 MORDAZA 177 VEREAU 178 MORDAZA 179 MORDAZA 180 MORDAZA 181 MORDAZA 182 VILLENA 183 MORDAZA 184 WONG 185 YAGUAS 186 MORDAZA 187 MORDAZA PURIS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALBANIGORTA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA FREDDY MORDAZA MORDAZA MORDAZA NERY MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

774833-1

ORGANOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a servidor de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA COMISION DE ORDEN Y GESTION PRESIDENCIA RESOLUCION Nº 0032-2012-P-COG-UNJFSC MORDAZA, 27 de marzo de 2012 VISTO: El Expediente Nº 12-009628, de fecha 09 de febrero de 2012; que contiene el Informe Nº 007-2012-CPPAD; promovido por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; y el Decreto de la Presidencia Nº 00965-2012CR-P-UNJFSC, de fecha 10 de febrero de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, la Asamblea Nacional de Rectores mediante Resolucion Nº 0279-2012-ANR, de fecha 21 de marzo de 2012, publicada en el diario oficial El Peruano, el 22 de marzo de 2012, ha declarado en conflicto de gobernabilidad a la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Huacho; habiendo designado una Comision de Orden y Gestion, otorgandole el plazo de noventa (90) dias, que permita constituir los Organos de Gobierno y lograr la institucionalidad de la Universidad; Que, a merito de la precitada Resolucion, la Comision de Orden y Gestion de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, dentro del MORDAZA de intervencion, MORDAZA las veces de Asamblea Universitaria y de Consejo Universitario; Que, de conformidad con el articulo 3º de la precitada Ley Nacional, el Presidente de la Comision de Orden y Gestion de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, tiene las funciones y atribuciones que corresponden al Rector, ejerciendo sus atribuciones de conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733, por tanto es el Personero y Representante Legal de la Universidad; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios [en adelante CPPAD] atiende el Oficio Nº

0848-2010-CR-P-UNJFSC, emitido por el Presidente de la Comision Reorganizadora, quien solicita la calificacion sobre la presunta falta disciplinaria al servidor administrativo MORDAZA MORDAZA MORDAZA VASQUEZ; Que, mediante Expediente de Visto, la CPPAD remite el Informe Nº007-2012-CPPAD, de fecha 09 de enero de 2012; al Presidente de la Comision Reorganizadora en cumplimiento de lo solicitado y dar el tramite correspondiente; Que, mediante Oficio Nº 015-2010-UAC-SG, de fecha 12 de MORDAZA del 2010, el Jefe de la Unidad de Archivo Central de ese entonces Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, pone en recaudo a su Jefe Inmediato [Secretario General], de las reiteradas y constantes inasistencias injustificadas del servidor administrativo MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, desconociendose de su situacion laboral con el abandono de puesto por mas de diez (10) dias consecutivos; Que, el Record de Asistencia del Personal Administrativo Nombrado emitido por el Area de Control y Asistencia, senala que el servidor administrativo nombrado MORDAZA MORDAZA MORDAZA VASUEZ, correspondiente al mes de marzo del 2010, ha acumulado ocho (08) dias de inasistencias injustificadas no consecutivos en un periodo de treinta dias calendario, transgrediendo la primera parte del inciso k) del articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, es decir; haber acumulado mas cinco (05) dias no consecutivos en un periodo de treinta dias calendario, con ausencias injustificadas. En el reporte del mes de MORDAZA del 2010, se evidencia que ha sobrepasado el numero de ausencias injustificadas por mas de tres (03) dias consecutivos, comprendido entre los dias lunes 05, martes 06, miercoles 07, jueves 08 y viernes 09 de MORDAZA del 2010; Que, de acuerdo al Informe Nº033-2010-ACAP, promovido por el Area de Control de Asistencia y Permanencia e Informe Nº040-2010-URLyC/RRHHYSA, emitido por el Jefe de la Unidad de Relaciones Laborales y Capacitacion, todas de fecha 27 de agosto del 2010; informa a su superior inmediato respectivamente, que el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no registra su asistencia desde el 02 de MORDAZA del 2010, sin percibir remuneracion alguna desde esa fecha, habiendo incurrido en abandono de trabajo, debiendo aplicar las normas sobre faltas disciplinarias a traves de MORDAZA administrativo disciplinario; Que, mediante Oficio Nº242-2010-ORRHHySA, de fecha 01 de setiembre del 2010, el Jefe de la Oficina de Recursos Humanos y Servicios Auxiliares, con los antecedentes MORDAZA descritos, solicita ante el Presidente de la Comision Reorganizadora, la calificacion del expediente por presunta falta disciplinaria contra el referido servidor administrativo nombrado; Que, de acuerdo al Informe de Visto, la CPPAD senala que las inasistencias que se advierten en los Reportes de Asistencia del citado servidor, superan facilmente las ausencias injustificadas previstas en el inciso k), del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº276, lo que constituye en falta de caracter disciplinario, que segun su gravedad, pueden ser materia de sancion, el mismo que senala: "Articulo 28º .- Son faltas de caracter disciplinario, que segun su gravedad, pueden ser sancionados con cese temporal o con destitucion, previo MORDAZA administrativo: inciso k) . Las ausencias justificadas por mas de tres dias consecutivos o por mas de cinco dias no consecutivos en un periodo de treinta dias calendario (...)"; Que, la CPPAD en aplicacion a los Principios del Debido Procedimiento, Legalidad, Razonabilidad, Tipicidad y Licitud, establecida en la Ley de Procedimiento Administrativo General Nº27444 y en merito del articulo 166º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, se pronuncia por la procedencia de instauracion de MORDAZA administrativo disciplinario de la presunta falta administrativa de caracter disciplinario asumido por el servidor administrativo nombrado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en referencia a lo establecido en el inciso k) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276-Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, de haber acumulado mas de tres (03) dias consecutivos y mas de cinco (05) dias de ausencias injustificadas en un periodo de treinta dias calendario. Ante estas presuntas evidencias, tampoco habria cumplido personal y diligente los deberes que le impone el servicio publico, establecida tambien en el inciso a), del Articulo 16º de la Ley Nº 28175-Ley MORDAZA del Empleo Publico; Estando a lo autorizado por el Presidente de la Comision Reorganizadora en su Decreto Nº 00965-2012CR-P-UNJFSC, de fecha 10 de febrero de 2012, y;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.