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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de abril de 2012 464065 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje de comitiva oficial y de apoyo que acompañará al Presidente de la República durante su viaje a la República de Colombia para participar en la VI Cumbre de las Américas RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 107-2012-PCM Lima, 13 de abril de 2012 CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la República, señor Ollanta Humala Tasso, viajará del 13 al 15 de abril del presente año a la República de Colombia para participar en la VI Cumbre de las Américas; Que, en tal sentido y conforme al artículo 10º de la Ley Nº 29812 y el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, corresponde autorizar el viaje de los empleados públicos que integran la comitiva ofi cial y de apoyo que acompañará durante su recorrido al señor Presidente de la República, así como el monto de los gastos que irrogará el citado viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; y la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la comitiva ofi cial y de apoyo que acompañará al señor Presidente de la República durante su viaje a la República de Colombia del 13 al 15 de abril de 2012, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema, la misma que está integrada por las siguientes personas: - Wilbert Haya Enríquez, Director de Protocolo (e) del Despacho Presidencial. - Randa Mussallam Abu-Shaibeh, Secretaria de Prensa del Despacho Presidencial. - Capitán de Fragata Joaquín Alberto Pereira Iglesias, Edecán del Presidente de la República. - Jaime Antonio Herrera Arce, Supervisor de la Dirección de Operaciones del Despacho Presidencial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el viaje de los empleados públicos a que se refi ere la presente Resolución Suprema, serán sufragados con cargo al presupuesto institucional del Despacho Presidencial, a razón de US$ 200.00 diarios por persona, por concepto de viáticos. Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios a que se refi ere el Artículo 1º de la presente Resolución, deberán presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros 776572-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL