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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de abril de 2012 464150 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en Sesión Ordinaria del 20 de marzo del 2012; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 175-2011-TR publicada el 21 de junio de 2011, se declaró por concluido el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de trabajo y promoción del empleo al Gobierno Regional del Callao, descritas en el artículo 48º de la Ley Nº 27867, incisos a), b), c), d), e), f), h), i), j), k), l), m), p) y q), habiéndose establecido que, a partir de dicha fecha, es el Gobierno Regional del Callao el competente para el ejercicio de las funciones conferidas; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 000020 publicada el 04 de agosto de 2011, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones – ROF y Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Callao, que ha sido incorporado al ROF del Gobierno Regional del Callao, como órgano desconcentrado dependiente de la Gerencia Regional de Desarrollo Social; Que, el artículo 36º de la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444, establece que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente mediante norma de la más alta autoridad regional, los mismos que deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobados para cada entidad; Que, bajo dicho contexto, resulta necesario aprobar los procedimientos, requisitos y derechos de trámite los mismos que se fi jan en Nuevos Soles y porcentajes de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), a cargo de las unidades orgánicas integrantes de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Callao recomienda en el Informe Nº 003- 2012-GRC/GRDS/DRTPECallao, se reduzca el costo del derecho de trámite para los procedimientos administrativos Nos. 36, 37, 38, 40, 46, 47, 66, 68, 80, 85, 86, 87, 88 y 89, a fi n de incentivar que los administrados los realicen cumpliendo los plazos establecidos de manera expresa en la legislación laboral sustantiva que ahí se detalla; Que, del mismo modo, en el precitado Informe la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo sugiere que se declare gratuita la tramitación de los procedimientos administrativos Nos. 5, 6, 7, 8, 9, 10, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 43, 44, 45, 48, 49, 51, 52, 53, 54, 55, 67, 69, 70, 71, 72, 73, 74, 76, 83, 87 y 89, atendiendo a la tutela de intereses de los trabajadores, organizaciones sindicales, grupos vulnerables, etc.; Que, teniendo en cuenta las consideraciones expuestas por la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo en el Informe Nº 003-2012-GRC/GRDS/ DRTPECallao, resulta conveniente aprobar la reducción del costo del derecho de trámite de los procedimientos Nos. 36, 37, 38, 40, 46, 47, 66, 68, 80, 85, 86, 87, 88 y 89, cuando se inicien dentro del plazo establecido en la legislación laboral de la materia; así como la gratuidad en el caso de los procedimientos administrativos Nos. 5, 6, 7, 8, 9, 10, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 43, 44, 45, 48, 49, 51, 52, 53, 54, 55, 67, 69, 70, 71, 72, 73, 74, 76, 83, 87 y 89, además de los procedimientos cuya gratuidad viene determinada por norma expresa; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional ha aprobado lo siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, SUS REQUISITOS Y COSTOS ADMINISTRATIVOS, DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Artículo Primero.- Aprobar los procedimientos, sus requisitos y costos administrativos, los mismos que se fi jan en Nuevos Soles y porcentajes de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), que se encuentran a cargo de las unidades orgánicas pertenecientes a la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional del Callao, según se detalla en el Anexo I que forma parte integrante de la presente ordenanza; Artículo Segundo.- Aprobar la reducción del costo del derecho de trámite de los siguientes procedimientos conforme se indica a continuación: PROCED. Nro. DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO COSTO UNITARIO DERECHO DE TRÁMITE En S/. En % UIT 36 Registro de contratos de trabajo a tiempo parcial a) Presentación dentro del plazo b) Presentación extemporánea S/. 31.20 S/. 31.20 S/. 15.00 S/. 31.20 0,4110% 0,8548% 37 Registro de contratos de trabajo sujetos a modalidad a) Presentación dentro del plazo b) Presentación extemporánea S/. 31.20 S/. 31.20 S/. 15.00 S/. 31.20 0,4110% 0,8548% 38 Aprobación de contratos de trabajo del régimen de exportación no tradicional a) Presentación dentro del plazo b) Presentación extemporánea S/. 47.30 S/. 47.30 S/. 15.00 S/. 47.30 0,4110% 1,2959% 40 Registro de contratos de trabajo sujetos a modalidad, de personas naturales o jurídicas que desarrollan cultivos o crianza con excepción de la avicultura, la agroindustria y la industria forestal a) Presentación dentro del plazo b) Presentación extemporánea S/. 31.20 S/. 31.20 S/. 15.00 S/. 31.20 0,4110% 0,8548% 46 Registro de contrato de trabajo de futbolistas profesionales a) Presentación dentro del plazo b) Presentación extemporánea S/. 31.30 S/. 31.30 S/. 15.00 S/. 31.30 0,4110% 0,8575% 47 Registro de Contratos de Trabajo de trabajadores destacados de empresas y entidades que realizan actividades de intermediación laboral a) Presentación dentro del plazo b) Presentación extemporánea S/. 31.20 S/. 31.20 S/. 15.00 S/. 31.20 0,4110% 0,8548%