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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 2012 (14/04/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 88

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de abril de 2012 464154 Dictamen Nº 022-2012-GRC/CR-CA de la Comisión de Administración Regional, y se modifi ca la Ordenanza Regional Nº 00007 de fecha 25 de enero de 2011, en los extremos allí comprendidos, uno de los cuales es el referido al Cuadro para Asignación de Personal-CAP de la Unidad Ejecutora Comité de Administración del Fondo Educativo del Callao (CAFED), conforme al Anexo Nº 03, el mismo que forma parte del Acuerdo en mención indicado en el punto 1.3; Que, la Ordenanza Regional Nº 00004 de fecha 21 de febrero de 2012, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 12 de marzo del mismo año, modifi ca en su artículo 1º la Ordenanza Regional Nº 000007 de fecha 25 de enero de 2011, en los extremos referidos a los documentos de gestión que allí se indica, entre los que se encuentra el Cuadro para Asignación de Personal- CAP de la Unidad Ejecutora Comité de Administración del Fondo Educativo del Callao (CAFED), conforme al Anexo Nº 03; Que, con Informe Nº 056-2012-GRC/GRPPAT, de fecha 19 de marzo de 2012, emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, informa que, existe un error material en la denominación del cargo Nº 11 de la Subgerencia de Recursos Humanos, habiéndose consignado: “Sub Gerente de Gestión Administrativa”, cuando lo correcto es: “Sub Gerente de Recursos Humanos”, para lo cual, acompañan el Anexo Nº 03 ya corregido; Que, el numeral 16 del Artículo 75º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Callao, establece que entre las funciones de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, se encuentra la de revisar los documentos normativos propuestos por los órganos y unidades orgánicas; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en uso de las facultades establecidas en el Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en virtud a los considerandos establecidos, ha aprobado por unanimidad lo siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA LA ORDENANZA REGIONAL Nº 000004-2012 EN EL EXTREMO QUE CORRESPONDE AL CUADRO DE ASIGNACION DE PERSONAL DEL CAFED-CALLAO Artículo 1º.- Modifíquese la Ordenanza Regional Nº 000004 de fecha 21 de febrero de 2012, en el extremo que corresponde al documento de gestión: Cuadro para Asignación de Personal-CAP de la Unidad Ejecutora Comité de Administración del Fondo Educativo del Callao (CAFED) identificado como Anexo Nº 03, al existir error material en la denominación del cargo Nº 11 de la Sub Gerencia de Recursos Humanos, siendo lo correcto: “Sub Gerente de Recursos Humanos”, quedando vigentes las demás disposiciones. Artículo 2º.-Encargar a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y a la Gerencia de Administración, el fi el cumplimiento del presente Acuerdo del Consejo Regional. Artículo 3º.-Encargar a la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Portal WEB del Gobierno Regional del Callao www.regioncallao.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe; así como en el del Ministerio de Justicia. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIX MORENO CABALLERO Presidente 775797-4 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Modifican Plano de Zonificación del distrito del Rímac, aprobado por Ordenanza Nº 893-MML ORDENANZA N° 1598 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 10 de abril de 2012, el Dictamen Nº 154-2011-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DEL RIMAC, APROBADO POR ORDENANZA Nº 893-MML Artículo Primero.- Modificar el Plano de Zonificación aprobado mediante Ordenanza Nº 893- MML, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 27 de diciembre del 2005, de Otros Usos (OU) a Zona de Tratamiento Especial – 2 (ZTE-2), con la aplicación de los criterios de Corredor de Uso Especializado, con altura de edificación de 22.00 ml. (8 pisos), para los inmuebles ubicados frente a la Av. Samuel Alcázar, distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima, con una extensión de 21,343.00 m2 y 30,896.45 m2 inscritos en las Partidas Electrónicas del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº IX Sede Lima Nº 12392212 y Nº 44038730 respectivamente; asimismo las edificaciones que se construyan en los predios precitados que colinden con áreas histórico monumentales y sus áreas de amortiguamiento respectivos, contarán con retranques sucesivos cada dos pisos a partir del cuarto piso, con la finalidad de proteger el entorno urbano paisajístico, de conformidad con el Gráfico Nº 01, que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza, el mismo que será publicado en la página web de la Municipalidad Metropolitana de Lima.(www.munlima. gob.pe). Artículo Segundo.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zonifi cación del Rímac, la modifi cación aprobada en el Artículo Primero de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 10 de abril de 2012 SUSANA VILLARÁN DE LA PUENTE Alcaldesa 775860-1