Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2012 (26/04/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 44

464982

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2012

Superficie de Rodadura.- Estara constituida por una MORDAZA asfaltica en caliente de 2" de espesor como minimo, que se aplicara previa imprimacion de la superficie de base con asfalto liquido RC-250. Aceras.- Seran de concreto de calidad de f'c=175Kg/cm2 de 0.10 m. de espesor y su colocacion se efectuara sobre un terraplen de material limpio de buena calidad y debidamente compactado. El desnivel con relacion a la calzada terminada sera de 0.20m, y el acabado sera con mezcla cemento-arena fina en porcion 1:2 de un (01) centimetro de espesor. Los Radios de abanicos en las esquinas seran de 6.00m. Sardineles.- En ambos lados de las calzadas, confinando y protegiendo sus bordes, y a nivel de dichas calzadas, se construiran sardineles de concreto de calidad f'c=175Kg/cm2 y de dimensiones 0.15 x 0.30m. En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construiran sardineles de concreto de calidad y acabado final igual a las aceras, en forma monolitica y homogenea con ellas y de dimensiones 0.15 x 0.30m. Rampas y Bermas para personas con discapacidad.En los lugares senalados en el plano de trazado y lotizacion, se construiran rampas en las bermas, que conectaran los niveles superiores de las aceras y de las calzadas, de acuerdo a lo dispuesto en la MORDAZA Tecnica NTE ­ U.190 "ADECUACION URBANISTICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD" aprobada por Resolucion Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 07 de Febrero del 2001. Articulo Cuarto.- DISPONER a la empresa INVERSIONES Y CONSTRUCTORA MORDAZA S.R.L. el pago de los deficits de aportes reglamentarios a redimirse en dinero para la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres por el area de 591.95 m2 y para Ministerio de Educacion por el area de 330.00 m2, quedando en garantia los lotes 22 al 26 de la Mz. "C" del Programa de Vivienda Las Alamedas de MORDAZA MORDAZA, por los aportes a Recreacion Publica y Ministerio de Educacion, los cuales seran cancelados MORDAZA de la Recepcion de Obras, de conformidad con el Reglamento Nacional de Construcciones. Articulo Quinto.- REMITIR una MORDAZA certificada del expediente de la Regularizacion de la Habilitacion MORDAZA Ejecutada y la resolucion aprobatoria correspondiente a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su ratificacion. Articulo Sexto.DISPONER la inscripcion individualizada de los lotes en el Registro de Predios de la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede MORDAZA, que hacen un total de 68 Lotes de Vivienda, distribuidos en 3 manzanas, tal como consta en el plano aprobado y memoria descriptiva que forma parte de la presente resolucion. Articulo Setimo.- PONER EN CONOCIMIENTO de la presente resolucion a la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP) y al Ministerio de Educacion. Articulo Octavo.- DISPONER la Publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en un plazo que no debe exceder de los 30 dias siguientes de notificada la misma, a cargo de los copropietarios del predio objeto de la Habilitacion Urbana. Articulo Noveno.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion Tributaria el registro de los predios resultantes y a la Subgerencia de Obras Privadas proceda de acuerdo a su competencia en vista que la empresa administrada habilito y vendio lotes sin contar con la Habilitacion MORDAZA aprobada. Articulo Decimo.- NOTIFICAR la presente resolucion a la empresa administrada e instancias administrativas que correspondan. Registrese, comuniquese y cumplase. FREDDY S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de La Punta en sesion Ordinaria de 21 de MORDAZA de 2012 con el MORDAZA aprobatorio de los regidores distritales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; precepto constitucional con el que concuerda el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, radicando dicha autonomia en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, es competencia y funcion especifica de las municipalidades distritales normar, regular, y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, asi como realizar la fiscalizacion de la ubicacion de avisos publicitarios, de conformidad a lo dispuesto en el numeral 3.6.3 del articulo 79 de la citada Ley; Que, mediante Ordenanza Nº 007, aprobada el 30 de MORDAZA de 2011, y publicada el 10 de octubre del mismo ano, se aprobo disposiciones que Regulan la Colocacion de Anuncios, Uso de Mobiliario y Distribucion de Volantes en el Distrito, en cuya Tercera Disposicion Final, se excluye a los establecimientos ubicados en la cuadra uno del Malecon MORDAZA de los alcances de la misma; Que, sin embargo, corresponde incluir a dicha MORDAZA dentro de los alcances del numeral 5.1 del articulo 5º de la referida Ordenanza, en lo que respecta a la prohibicion a los establecimientos comerciales de colocar anuncios que tapen vanos o ventanas, a fin de salvaguardar el ornato en el distrito y no perjudicar la vision al exterior de los vecinos que colindan con ellos; Que, en ese sentido, es preciso modificar la Ordenanza descrita, bajo los terminos MORDAZA descritos; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Distrital de La Punta, ha dado la siguiente:

ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 007 QUE APROBO DISPOSICIONES PARA LA COLOCACION DE ANUNCIOS, USO DE MOBILIARIO Y DISTRIBUCION DE VOLANTES EN EL DISTRITO
Articulo 1.- Disponer la modificacion de la Tercera Disposicion Final de la Ordenanza Nº 007-2011, segun los siguientes terminos: "Tercera.- Los establecimientos ubicados en la cuadra uno, de Malecon MORDAZA, no se encuentran sujetos a las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza, salvo en lo que respecta al numeral 5.1 del articulo 5º de la misma, en el extremo que indica que los anuncios no deberan tapar vanos y ventanas. La Municipalidad de La Punta en su oportunidad establecera las caracteristicas de los anuncios que se adecuen a dicha MORDAZA comercial". Articulo 2.- Disponer que los establecimientos que cuenten con anuncios que contravengan dicha medida, contaran con un plazo de siete dias contados a partir de la publicacion de la presente MORDAZA, para retirarlos y/o adecuarlos a los requerimientos vigentes. Articulo 3.- Mantener en todo lo no modificado, la plena vigencia de la MORDAZA materia de la presente. Articulo 4.- Encargar a la Oficina de Secretaria General y Archivo, la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), y en el MORDAZA Institucional (www. munilapunta.gop.pe). Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA VILLARAN MORDAZA

780758-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Modifican la Ordenanza Nº 007 que aprobo disposiciones para la colocacion de anuncios, uso de mobiliario y distribucion de volantes en el distrito
ORDENANZA N° 003 La Punta, 21 de MORDAZA de 2012

780997-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.