Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2012 (26/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2012

tiene derecho a la MORDAZA, a su identidad, a su integridad moral, psiquica y fisica y a su libre desarrollo y bienestar, donde el concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece. Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en el Articulo 49º, literal a) establece como funciones en materia de salud, formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar, las Politicas de Salud de la Region, en concordancia con las politicas regionales y los planes sectoriales; Que, en el del Art. 60º de la precitada Ley en su inciso h), establece como funcion de los Gobiernos Regionales en materia de Desarrollo e Igualdad de Oportunidades, formular, ejecutar politicas y acciones concretas de proteccion y apoyo a los sectores sociales en situacion de riesgo y vulnerabilidad; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, establece la finalidad, principios, objetivos y criterios generales del MORDAZA de descentralizacion, para lograr el desarrollo integral, armonico y sostenible de nuestro MORDAZA, mediante la separacion de competencias y funciones en beneficio de la poblacion; y que, el Gobierno Regional de MORDAZA, emana de la voluntad popular, tiene personeria juridica de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa, en asuntos de sus competencias. Que, la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, dispone, que la Proteccion de la Salud es de interes publico, por lo tanto es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla, asi mismo, el Concebido es sujeto de derecho en el MORDAZA de la salud, Que, los Lineamientos Estrategicos para el Desarrollo Nacional 2010-2021, en sus Objetivos Nacionales al 2021: Estrategicos para el desarrollo nacional elaborado por el CEPLAN establece 6 objetivos estrategicos de trabajo: 1. Derechos fundamentales y dignidad de las personas, 2. Igualdad de oportunidades y acceso a los servicios basicos, 3. Estado descentralizado al servicio de los ciudadanos y del desarrollo, 4. Economia competitiva con alto nivel de empleo y productividad, 5. Desarrollo Regional equilibrado e infraestructura adecuada, 6. Recursos naturales y medio ambiente. Que, los Lineamientos de Politica y Objetivos del Ministerio de Salud (2007-2020): El Plan Nacional Concertado de Salud del Ministerio de Salud, establece un conjunto de lineamientos de Politicas y Objetivos, clasificados en 3 MORDAZA grupos: Atencion sanitaria, sistema de salud y determinantes de la salud. Asi tenemos: en el sistema de salud el Aseguramiento Universal, Descentralizacion en salud, Mejora de la oferta, calidad de los servicios, Recursos humanos competentes, Medicamentos de calidad, Financiamiento Desarrollo de la rectoria del sistema de salud y Participacion ciudadana en salud. Que, en cumplimiento del Acuerdo de Gobernabilidad Regional donde asumimos el compromiso de reducir la mortalidad materna de 103 x 100 mil nacidos vivos a ¾ partes, y el Plan de Desarrollo Regional Concertado, que se inicia en el Periodo actual de Gobierno del 2011- 2014, en un contexto politico de coincidencia de las prioridades del Gobierno Regional y Nacional en los temas comprometidos que promueven el desarrollo humano sostenible, es la Salud Materna y Neonatal. Que, la Resolucion Directoral Regional N 0259-2011/ DRS-PUNO-DESI, aprueba la Directiva Sanitaria N 012011/GR/DIRESA/PUNO/CRPMMP "Directiva Sanitaria para el seguimiento, Vigilancia y Atencion del Parto Institucional para la Prevencion de la Mortalidad Materna Perinatal", que en documento adjunto forma parte de la misma. Que, la mortalidad materna constituye un problema urgente de salud publica, siendo MORDAZA el departamento que ocupa el primer lugar a nivel nacional en esta condicion, ademas de ser uno de los indicadores sanitarios que expresan la inequidad, injusticia y exclusion social. La magnitud del problema refleja la posicion y condicion de las mujeres en situacion de pobreza y pobreza extrema; su limitado acceso a los servicios sociales, sanitarios, nutricionales y culturales. Que, todas las mujeres tienen derecho a una Maternidad MORDAZA y Saludable. En ese sentido, el Estado esta obligado a promover su respeto y de asegurar la existencia de condiciones adecuadas para su ejercicio, sin discriminacion alguna.

Que, el Articulo 38º de la Ley 27867 Ley Organica de los Gobiernos Regionales y su modificatoria Nº27903, establece, que las ordenanzas MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y administracion del Gobierno Regional y reglamentan materia de su competencia. Que, en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902. ORDENA: Articulo Primero.- DECLARAR, de prioridad e interes regional la Salud MORDAZA Neonatal saludable y MORDAZA, siendo de observancia obligatoria, para el personal de las instancias administrativas involucradas, el cumplimiento de la Resolucion Directoral Regional Nº 0259-2011/DRS-PUNO-DESI, que aprueba la Directiva Sanitaria Nº 01-2011/GR/DIRESA/PUNO/CRPMMP que regula el seguimiento, vigilancia y atencion de parto institucional para la prevencion de la mortalidad materna y perinatal en la DIRESA Puno. Articulo Segundo.- INSTAR, a La Direccion Regional de Salud de MORDAZA, que en el MORDAZA de sus funciones, responda el acceso a los servicios de salud con calidad, pertinencia cultural y gestione ante los diferentes niveles de gobierno local y regional, entidades cooperantes, empresas privadas, la asistencia tecnica y el financiamiento necesario que permita alcanzar las metas regionales consensuadas. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia de Desarrollo Social y la Direccion Regional de Salud la formulacion e implementacion de planes de accion que efectivicen la participacion de instituciones publicas, privadas, Organismos No Gubernamentales ­ ONGs, entre otras organizaciones de la sociedad civil, con la finalidad de promover la vigilancia e intervencion ciudadana para el cumplimiento de las metas trazadas por las politicas regionales en materia de salud MORDAZA neonatal elaboradas por el Consejo Regional de Salud Articulo Cuarto.- DECLARAR, de interes prioritario el Fortalecimiento de la red de servicios Obstetricos y Neonatal Regional para incrementar la cobertura del parto institucional y resolucion de las emergencias obstetricas y neonatales de acuerdo a las funciones obstetricas y neonatales que cumplen segun su nivel de atencion (funciones obstetricas y neonatales basicas - FONB para establecimientos de salud y funciones obstetricas y neonatales esenciales ­ FONE para establecimientos de nivel II) en todo el ambito regional. Articulo Quinto.- DISPONER al Ejecutivo del Gobierno Regional mediante sus instancias correspondientes, GARANTIZAR la incorporacion, permanencia e incorporacion de recursos humanos (especialistas): ginecoobstetras, pediatras, neonatologia y anestesiologos en los Hospitales y equipos de profesionales en los establecimiento de salud de la Region de MORDAZA y garantizar la permanencia de los profesionales las 24 horas del dia y los 365 dias del ano bajo responsabilidad; asi como la disponibilidad de equipamiento, medicamentos y adecuacion mejoramiento de la infraestructura. Articulo Sexto.- DISPONER, que la Direccion Regional de Salud y la Direccion Regional de Educacion realicen actividades conjuntas para la promocion de acciones de Educacion e Informacion de la Salud Sexual Reproductiva y el fomento de las Escuelas Saludables. Articulo Septimo.DISPONER, que los responsables de cada establecimiento de salud, realicen acciones de coordinacion y acuerdos con todas las autoridades de su jurisdiccion y especialmente con las autoridades comunales, para la estricta vigilancia de todas las gestantes para que cumplan con sus controles gestacionales y partos en un establecimiento con capacidad resolutiva, bajo responsabilidad, enmarcandose en la Directiva Sanitaria Nº 01-2011/GR/ DIRESA/PUNO/CRPMMP. Articulo Octavo.- DISPONER la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, en estricto cumplimiento de lo que dispone el articulo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y el MORDAZA electronico del Gobierno Regional de MORDAZA, bajo responsabilidad. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion.

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