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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de abril de 2012 464981 Que, mediante Resolución Nº 169-2006-MML-GDU- SPHU (26.OCTUBRE.2006), emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima, se resuelve no rati fi car la Resolución de Alcaldía Nº 829-2003-AL/MDSMP, por incumplimiento de los planes urbanos respecto a los aportes reglamentarios, por cuanto no han sido calculados sobre el área total del terreno al haberse descontado un área que es vía local, como si fuera vía metropolitana, además que se ha aplicado indebidamente la Ordenanza Nº 292-MML debiendo ser el Reglamento Nacional de Construcciones; Que, con Informes Nºs. 164-ARO-SGCyHU-2009-MDSMP y 0147-SGCyHU-GDU-MDSMP, la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, después de haber revisado, observado y analizado la documentación presentada por parte del administrado, concluye que se ha cumplido con levantar las observaciones en su totalidad, y habiéndose practicado la inspección ocular, veri fi có que existe más del 90% de viviendas construidas, acorde con lo que establece la Resolución Ministerial Nº 179-99-MTC; que, además cuenta con las obras de alumbrado público y suministro de red domiciliaria defi nitivo, faltando las obras de agua potable y alcantarillado, pistas (calzadas), veredas (aceras) y señalización; Que, el Informe Nº 189-2010-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que existiendo observaciones de fondo efectuadas por la Municipalidad Metropolitana de Lima, corresponde que la subsanación de las mismas sean evaluadas por la Comisión Técnica Dictaminadora y Califi cadora de Habilitaciones Urbanas, por ser el órgano colegiado encargado de evaluar el cumplimiento de los planes urbanos en los expedientes de habilitación urbana; Que, en Sesión Nº 03-2010 (18.MARZO.2010), a través de Acuerdo 03, la Comisión Técnica Dictaminadora y Cali fi cadora de Habilitaciones Urbanas, debidamente registrada en esta entidad municipal, emitió dictamen favorable al trámite de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada, para Uso Residencial de Densidad Media R-4, del terreno con un área super fi cial de 16,500.00 m2, constituido por la Parcela 10219 del Fundo Santa Rosa, donde se desarrolla el Programa de Vivienda Las Alamedas de Santa Rosa, de esta Jurisdicción; Que, con Resolución de Alcaldía Nº 113-2010/MDSMP (28.ABRIL.2010), se deja sin efecto la Resolución de Alcaldía Nº 829-2003-AL/MDSMP, así como se resuelve tener por levantadas las observaciones contenidas en la Resolución Nº 169-MML-GDU-SPHU, de conformidad con el plano signado con Nº 016-2010-SGCyHU-GDU-MDSMP y la Memoria Descriptiva, cali fi cado con zoni fi cación de Uso Residencial de Densidad Media R-4, del terreno de 16,500.00 m2, constituido por la Parcela Nº 10219 del Ex Fundo Santa Rosa; Que, con O fi cio Nº 1470-2010-MML-GDU-SPHU (26. JULIO.2010), la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, indica que la Resolución que se pretende rati fi car no aprueba habilitación urbana alguna, dejando sin efecto un acto administrativo que ya obtuvo pronunciamiento motivo por el que no resulta factible emitir el acto administrativo que corresponde después de efectuar la evaluación técnica y veri fi car el cumplimiento de planes urbanos en lo que respecta a zoni fi cación, vías y aportes reglamentarios, de conformidad de la Resolución de Alcaldía Nº 113-2010/MDSMP; Que, con Informe Nº 076-2012-GRND-SGCyHU-GDU- MDSMP, e Informe Nº 234-2012-SGCyHU-GDU-MDSM, la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones informa que el administrado ha cumplido en subsanar las observaciones señaladas en la Resolución Nº 169-2006-MML-GDU-SPHU, lo que cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Desarrollo Urbano a través de su Informe Nº 108-2012-GDU-MDSMP, así como de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante su Informe Nº 143-2012-GAJ/MDSMP; Con la visación de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Desarrollo Urbano; De conformidad con los artículos 20, inciso 6), 39 y 43 de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; artículo 201º, incisos 1) y 2) de la Ley Nº 27444 – del Procedimiento Administrativo General; Ley Nº 26878 - Ley General de Habilitaciones Urbanas, así como el Texto Único Ordenado del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-98-MTC; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “R4” del terreno 16,500.00 m2, constituido por la Parcela 10219 del Ex Fundo Santa Rosa, inscrito en la Ficha Registral Nº 443954 y su continuación en Partida Electrónica Nº 49045746 del Registro de Propiedad Inmueble, sobre el cual se desarrolla el Programa de Vivienda Las Alamedas de Santa Rosa, de conformidad con el Plano signado con el Nº 016-2010-SGCyHU-GDU-MDSMP y su respectiva Memoria Descriptiva, ubicado en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía Nº 113-2010/MDSMP (28.ABRIL.2010), que deja sin efecto la Resolución de Alcaldía Nº 829-2003-AL/MDSMP, así como resuelve tener por levantadas las observaciones contenidas en la Resolución Nº 169-MML-GDU-SPHU (26.OCTUBRE.2010), de conformidad con el plano signado con Nº 016-2010-SGCyHU-GDU-MDSMP y su respectiva Memoria Descriptiva, cali fi cado con zoni fi cación de Uso Residencial de Densidad Media R-4, del terreno de 16,500.00 m2, constituido por la Parcela Nº 10219 del Ex Fundo Santa Rosa, ubicado en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, por motivo de haberse omitido aprobar la habilitación urbana. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la empresa INVERSIONES Y CONSTRUCTORA DIAMANTE S.R.L. ejecutar en un plazo de treinta y seis (36) meses computados a partir de la fecha de noti fi cación de la presente resolución, las Obras de Habilitación Urbana como son las obras de agua potable y alcantarillado, pavimentación de pistas y veredas, ornamentación del parque y señalización de la Habilitación Urbana del terreno de 16,500.00 m2, debiendo sujetarse al plano fi rmado y sellado por la Gerencia de Desarrollo Urbano y la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, de acuerdo a las especi fi caciones siguientes: Diseño.- Se basará en el cuadro de áreas siguientes: CUADRO GENERAL DE AREAS DESCRIPCIÓN AREA (m2) Área bruta del terreno 16,500.00 Área Útil 8,770.12Área de Recreación Pública 1,253.05Área de Compensación 1,710.34Área de Vías 4,766.49 AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO: Obras Sanitarias .- Serán ejecutadas de conformidad con el Proyecto de Obras Generales del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado del Esquema San Juan Masías, debiendo elaborar sus proyectos de redes secundarias de agua potable y alcantarillado de acuerdo a los lineamientos generales establecidos en dicho esquema; correspondiendo además, tomar conocimiento, SEDAPAL, sobre la fecha de inicio y término de las obras. ALUMBRADO PÚBLICO Y CONEXIONES DOMICILIARIAS: Obras Eléctricas .- Los interesados ejecutarán las obras de acuerdo al proyecto que apruebe la empresa concesionaria EDELNOR debiendo poner en conocimiento la fecha de inicio y término de las mismas. TELECOMUNICACIONES: Instalaciones Telefónicas .- Para las instalaciones telefónicas, el interesado deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de Telefónica del Perú S.A., para la instalación de ductos, cámaras y la reserva de áreas para centrales. PAVIMENTOS: Las características de las obras de pavimentación serán las siguientes: Sub Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de subrasante, será necesario efectuar una evaluación de la super fi cie del terreno natural, eliminando el que contenga restos orgánicos, escari fi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riegos sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modi fi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base a fi rmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1 ½”, fi nos y ligantes en proporciones adecuadas). La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modi fi cado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurará una super fi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor.