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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (10/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 66

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 10 de agosto de 2012 472508 4.3.2 Convocar, presidir y dar por concluidas las sesiones del Concejo Municipal. 4.3.3 Ejecutar los Acuerdos del Concejo Municipal bajo responsabilidad. 4.3.4 Informar en forma mensual al Concejo Municipal Provincial de Huancabamba y al Consejo Distrital de Huarmaca, respecto a la ejecución de la recaudación de los ingresos municipales y los egresos, incluyendo los montos transferidos, dentro de los cinco (05) días calendario del mes siguiente. 4.3.5 Autorizar los egresos conforme a Ley y el Presupuesto Municipal. 4.3.6 Celebrar los Actos, Contratos y Convenios para el ejercicio de sus funciones. 4.3.7 Someter a aprobación del Concejo Municipal el Balance General y la Memoria del ejercicio Económico fenecido. 4.3.8 Contratar, cesar y sancionar a los servidores de la Municipalidad. 4.3.9 Autorizar las licencias solicitadas por los servidores Municipales. 4.3.10 Delegar sus atribuciones políticas y administrativas en un Regidor hábil. 4.3.11 Supervisar la recaudación municipal, el buen funcionamiento de las obras ejecutadas en su jurisdicción y los servidores públicos municipales. 4.3.12 Proponer al Concejo Municipal los espacios de concertación y participación vecinal. 4.3.13 Atender y resolver los pedidos que formulen los vecinos en forma individual o colectiva. 4.3.14 Las demás atribuciones que le correspondan de acuerdo a ley. 4.4.- Órganos de Coordinación, las Juntas de Desarrollo Vecinal y aquellos espacios de participación y consulta vecinal que, a propuesta del Alcalde, apruebe el Concejo Municipal. Artículo 5º.- DE LAS FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO: 5.1 Funciones Delegadas: 5.1.1 En Materia de Organización del Estado Físico y Uso del Suelo: 5.1.1.1 Nomenclatura de calles, parques y vías de su jurisdicción. 5.1.1.2 Autorizaciones para su ubicación de anuncios y avisos publicitarios y propaganda política. 5.1.2 En Materia de Saneamiento, Salubridad y Salud: 5.1.2.1 Regular y controlar la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y del ambiente. 5.1.2.2 Administrar y reglamentar directamente el servicio de agua potable, alcantarillado y limpieza pública, ubicando el lugar apropiado para su acumulación y tratamiento de residuos sólidos, evitando la contaminación y deterioro del medio ambiente. 5.1.2.3 Coordinar con la Municipalidad Distrital y Provincial la realización de campañas de control de epidemias y control de sanidad animal. 5.1.2.4 Controlar el aseo, higiene y salubridad en los locales de expendio de alimentos y bebidas, de uso público, así como escuelas y viviendas de su ámbito territorial. 5.1.3 En Materia de Transito, Vialidad y Transporte Público: 5.1.3.1 Mantenimiento de los caminos rurales que se encuentran en la jurisdicción. 5.1.4 En Materia de Educación Cultura y Deporte: 5.1.4.1 Promover el desarrollo humano sostenible en su jurisdicción. 5.1.4.2 Apoyar la incorporación y el desarrollo de nuevas tecnologías para el mejoramiento del sistema educativo. 5.1.4.3 Fortalecer el espíritu solidario y el trabajo colectivo orientado hacia el desarrollo de la convivencia social, armoniosa y productiva, a la prevención de desastres naturales y a la seguridad ciudadana. 5.1.4.4 Organizar bibliotecas en su jurisdicción. 5.1.4.5 Promover la protección y difusión del patrimonio cultural dentro de su jurisdicción y la defensa y conservación de los monumentos arqueológicos, históricos y artísticos, colaborando con los organismos locales, regionales y nacionales competentes para su identifi cación, registro, control, conservación y restauración. 5.1.4.6 Promover una cultura de prevención mediante la educación para la preservación del medio ambiente. 5.1.4.7 Impulsar una cultura cívica de respeto a los bienes comunales, de mantenimiento, limpieza y de conservación y mejora del ornato local. 5.1.4.8 Promover espacios de recreación, así como fomentar el deporte y la recreación de la niñez y del vecindario en general. 5.1.4.9 Promover actividades culturales, de desarrollo de capacidades y de fortalecimiento del capital humano y social en el ámbito de su jurisdicción. 5.1.4.10 Promover la consolidación de una cultura de ciudadanía democrática, participativa y responsable, así como fortalecer la identidad cultural de la población campesina. 5.1.5 En Materia de Abastecimiento y Comercialización de Productos y Servicios: 5.1.5.1 Apoyar la creación de mecanismos de comercialización y consumo de productos propios de la localidad, mediante la organización de los productos. 5.1.5.2 En coordinación con la Municipalidad Distrital, controlar el cumplimiento de las normas de higiene y ordenamiento del acopio, distribución, almacenamiento y comercialización de alimentos y bebidas dentro de su jurisdicción. 5.1.5.3 Realizar el control de pesas y medidas, así como el de acaparamiento, la especulación y la adulteración de productos y servicios. 5.1.5.4 Otorgar licencias para la apertura de establecimientos comerciales y de servicios. 5.1.6 En Materia de Programas Sociales, Defensa y Promoción de los Derechos. 5.1.6.1 Facilitar y participar en los espacios de concertación y participación ciudadana para la planifi cación, gestión y vigilancia de los programas locales de desarrollo social, así como de apoyo a la población en riesgo. 5.1.6.2 Organizar e implementar, en coordinación con la Municipalidad Distrital el servicio de Defensoría Municipal de los Niños y Adolescentes, de acuerdo a la legislación sobre la materia. 5.1.6.3 Promover el desarrollo integral de la juventud para el logro de su bienestar físico, psicológico, social, moral y espiritual, así como su participación activa en la vida política, social, cultural y económica de su localidad y distrito. 5.1.6.4 Promover la igualdad de oportunidades con criterio de equidad y género. 5.1.7 En Materia de Seguridad Ciudadana: 5.1.7.1 Establecer, en coordinación con la Policía Nacional del Perú, un sistema de seguridad ciudadana con participación de la sociedad civil. 5.1.7.2 Ejercer la labor de coordinación para las tareas de defensa civil en el distrito, así como las acciones necesarias para la atención de poblaciones de su jurisdicción damnifi cadas por desastres naturales o de otra índole, con sujeción a las normas establecidas en lo que respecta a los comités de Defensa Civil Distritales.