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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 10 de agosto de 2012 472493 de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros ha califi cado a los postulantes a corredores de seguros persona natural, concluyéndose el proceso de evaluación y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modifi catorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 842-2012 del 27 de enero de 2012 y Resolución SBS Nº 4408-2012 de 9 de julio de 2012. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción de la señorita Liliana Benita Palomino Romero con matrícula Nº N-4141 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas, que lleva esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIO SANCHEZ CHAVEZ Superintendente Adjunto de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros (a.i.) 825186-1 Autorizan a la EDPYME Solidaridad y Desarrollo Empresarial SAC el traslado de agencia ubicada en el departamento de Huánuco RESOLUCIÓN SBS Nº 5191-2012 Lima, 1 de agosto de 2012 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la EDPYME Solidaridad y Desarrollo Empresarial SAC, para que se le autorice el traslado de una Agencia ubicada en el Jr. Dámaso Beraún Nª 749, distrito, provincia y departamento de Huánuco, al local ubicado en el Jr. Dámaso Beraún Nª 741, distrito, provincia y departamento de Huánuco; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución SBS Nº 9975-2009 de fecha 10 de agosto de 2009, se autorizó la apertura de su Agencia ubicada en el Jr. Dámaso Beraún Nº 749, distrito, provincia y departamento de Huánuco; y Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar a esta Superintendencia la documentación pertinente para el traslado de la Agencia solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “A”; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de Apertura, conversión traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante la Resolución SBS Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 del 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la EDPYME Solidaridad y Desarrollo Empresarial SAC el traslado de su Agencia ubicada en el Jr. Dámaso Beraún Nº 749, distrito, provincia y departamento de Huánuco, al local ubicado en el Jr. Dámaso Beraún Nº 741, distrito, provincia y departamento de Huánuco. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 825115-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Disponen publicar relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados durante el mes de julio de 2012 GERENCIA REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS RESOLUCIÓN DE GERENCIA REGIONAL Nº 337-2012-GRA/GREM Arequipa, 3 de agosto de 2012 VISTOS: El Informe Legal Nº 527-2012-GRA/GREM/ OAJ de fecha 3 de agosto de 2012 y la relación de Títulos Mineros otorgados por la Gerencia Regional de Energía y Minas de Arequipa en el mes de agosto de 2012, conforme lo informado por la Ofi cina de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO: Que, Mediante Ordenanza Regional Nº 10-AREQUIPA se aprobó la modifi cación de la estructura orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Arequipa, lo cual ha determinado la creación de la Gerencia Regional de Energía y Minas conforme el artículo 83º de la norma antes acotada, el cual establece su naturaleza y funciones; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 677- 2007-GRA/PR de fecha 27 de agosto de 2007, se delegó en el Gerente Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Arequipa la competencia de otorgamiento de concesiones para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional; Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 179- 2006-EM/DM y Nº 121-2008-EM/DM se declaró entre otros, que el Gobierno Regional de Arequipa concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de energía y minas, siendo a partir de la fecha de sus publicaciones competente para ejercer entre otras, la función de otorgar concesiones mineras para Pequeña Minería y Minería Artesanal de alcance regional. De conformidad con el artículo 124º del D.S. 014-92- EM – TUO de la Ley General de Minería, el artículo 24º del D.S. 018-92-EM – Reglamento de Procedimientos Mineros y el inciso n) del artículo 10º del Decreto Supremo 084-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- PUBLÍQUESE en el Diario Ofi cial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de julio de 2012, de acuerdo a la Nomenclatura siguiente: A) NOMBRE DE LA CONCESIÓN; B) CÓDIGO; C) NOMBRE DEL TITULAR; D) NÚMERO Y FECHA DE LA RESOLUCIÓN; E) ZONA; F) COORDENADAS UTM DE LOS VÉRTICES EXPRESADOS EN KILÓMETROS; 1.-A)MAURICIO 100 B)050005108 C)MINERA RAMICS S.A.C. D)272- 2012-GRA/GREM 31/07/2012 E)19 F)V1:N8189.38254 E201.70992 V2:N8186.72022 E204.42508 V3: N8185.29119 E203.02387 V4:N8187.72851 E200.53816 V5:N8188.31801 E201.81254 V6:N8189.11243