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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 10 de agosto de 2012 472496 Que, según Nº Informe 1430-2012-GRC/GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica la, considera en primer término, se modifi que la Ordenanza Regional Nº 000020 de fecha 22 de mayo de 2012, por cuanto, dicha norma no precisó, que a partir de su vigencia toda referencia hecha a la Gerencia Regional de Salud, debe entenderse referida a la Dirección Regional de Salud; por ello, la modifi cación debe ser realizada en tal extremo incluyéndose la precisión señalada, quedando subsistente en lo demás que contiene; previo Acuerdo del Consejo Regional, en atención a lo previsto por el inciso a) del Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, concordante con el inciso 1º del Artículo 16º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Callao, aprobado con Ordenanza Regional Nº 000028 de fecha 20 de diciembre de 2011; Que, asimismo, en Informe referido en el considerando anterior, la Gerencia de Asesoría Jurídica indica que en el numeral 2 de la parte resolutiva de la Ordenanza Regional Nº 000021 de fecha 31 de mayo de 2012, se consignó: “Encárguese a la Gerencia Regional de Salud del Gobierno Regional del Callao, la formulación del Plan Estratégico Multisectorial para la Vigilancia, Prevención y Control del Dengue en la Región Callao 2012, con acciones que favorezcan la atención integral de la población, articulando actores públicos, a la sociedad civil organizada y a las instituciones involucradas en el tema”, ello amerita ser modifi cado por cuanto, en la Ordenanza Regional Nº 000020 de fecha 22 de mayo de 2012, en el Artículo 1º se eliminó de la estructura orgánica del Gobierno Regional del Callao a la Gerencia Regional de Salud; Que, por Dictamen Nº 102-2012-GRC/CR-CA de la Comisión de Administración Regional se recomienda al Consejo Regional aprobar la modifi cación de la Ordenanza Regional Nº 000020 del 22 de mayo de 2012, debiendo precisarse, que, a partir de su vigencia toda mención hecha a la Gerencia Regional de Salud, debe entenderse referida a la Dirección Regional de Salud, quien asume funciones como órgano desconcentrado, incluyéndose la precisión señalada, quedando subsistente en lo demás que contiene; previo Acuerdo del Consejo Regional; y, aprobar la modifi cación del numeral 2 de la parte resolutiva de la Ordenanza Regional Nº 000021 del 31 de mayo de 2012, en el extremo de encargarse a la Dirección Regional de Salud, la formulación del Plan Estratégico Multisectorial para la Vigilancia, Prevención y Control del Dengue en la Región Callao 2012, quedando subsistente en lo demás que contiene, previo Acuerdo del Consejo Regional; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido en los artículos 37, inciso a), y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao ha aprobado, por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA LAS ORDENANZAS REGIONALES Nº 000020-2012 Y 000021-2012 Artículo Primero.- Modifi car la Ordenanza Regional Nº 000020 del 22 de mayo de 2012, debiendo precisarse, que, a partir de su vigencia toda mención hecha a la Gerencia Regional de Salud, debe entenderse referida a la Dirección Regional de Salud, quien asume funciones como órgano desconcentrado, incluyéndose la precisión señalada, quedando subsistente en lo demás que contiene. Artículo Segundo.- Modifi car el numeral 2 de la parte resolutiva de la Ordenanza Regional Nº 000021 del 31 de mayo de 2012, en el extremo de encargarse a la Dirección Regional de Salud la formulación del Plan Estratégico Multisectorial para la Vigilancia, Prevención y Control del Dengue en la Región Callao 2012, quedando subsistente en lo demás que contiene. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, entrando en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Cuarto.- Encargar a la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Portal Web del Gobierno Regional del Callao; www.regioncallao.gob.pe; en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe; así como en el Portal del Ministerio de Justicia. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIX MORENO CABALLERO Presidente 825236-1 Suspenden vigencia de la Ordenanza Regional Nº 000012 y conforman Comisión Técnica de Trabajo ORDENANZA REGIONAL Nº 000025 Callao, 26 de junio del 2012 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO; POR CUANTO: El Consejo Regional del Callao del Gobierno Regional del Callao, en sesión celebrada el 26 de junio del 2012; CONSIDERANDO: Que, en el marco del proceso de descentralización contemplando en el Artículo 188º de la Constitución Política, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediante Resolución Ministerial Nº 627-2008-MTC/01 de fecha 21 de agosto de 2008, transfi rió al Gobierno Regional del Callao funciones sectoriales específi cas en materia de transportes, como las facultades de autorizar servicios de transporte interprovincial de pasajeros y carga de su competencia dentro del ámbito regional, se supervisar y fi scalizar la prestación de servicios de transportes de pasajeros y carga; y, de gestionar registros administrativos regionales relacionados con transporte y tránsito por carretera prevista en el literal g) del artículo 56º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y en concordancia con el Reglamento Nacional de Administración de Transportes; Que, la Matriz de Delimitación de Competencias y Distribución de Funciones de los Sectores Transportes y Comunicaciones en los niveles de Gobierno Nacional, Regional y Local, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 019-2011-MTC de fecha 13 de mayo de 2011, contempla en su anexo, sector transporte, competencias II, servicios de transporte, proceso esencial-servicios de transporte terrestre; que los Gobiernos Regionales gozan de atribuciones de administración y ejecución de los servicios de transporte, tales como: “autorizar la prestación de los servicios de transporte de pasajeros de ámbito regional y transfronterizo internacional de su competencia, transporte de mercancías y actividades complementarias y fi scalizar y controlar la prestación de los servicios de transporte terrestre de ámbito regional y transfronterizo de su competencia y actividades complementarias”; Que, en el ejercicio de las competencias y funciones sectoriales específi cas antes señaladas, se expidió la Ordenanza Regional Nº 000012 de fecha 19.04.2012, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 14.05.2012, cuyo objetivo fundamental es el ordenamiento del servicio de transportes de mercancías de ámbito regional y contribuir en aminorar los impactos negativos que sobre el espacio público generan las actividades relacionadas o asociadas al transporte de mercancías o carga; Que, sectores representativos vinculados al transporte de carga o mercancías han presentado diversas comunicaciones y planteamientos que tienen como fi nalidad mejorar las regulaciones establecidas en la Ordenanza Regional Nº 000012 de fecha 19.04.2012, procurando de esta forma que las mismas refl ejen la solución de la problemática de la carga en la Provincia Constitucional del Callao; por lo que es necesario se reciban sus aportes