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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (10/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 10 de agosto de 2012 472497 a través de la conformación de una Comisión Técnica de Trabajo que canalice las propuestas de mejoramiento; Que, asimismo, para facilitar el trabajo de la Comisión Técnica de Trabajo a que se refi ere el considerando anterior resulta conveniente suspender temporalmente la Ordenanza Regional Nº 000012 de fecha 19.04.2012; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido en los artículos 37, inciso a), y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao ha aprobado, por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE SUSPENDE LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA REGIONAL Nº 000012-2012 y CONFORMACIÓN DE COMISIÓN TÉCNICA DE TRABAJO Artículo Primero.- Suspéndase la vigencia de la Ordenanza Regional Nº 000012, de fecha 19 de abril 2012, por un período de ciento cincuenta (150) días calendario, contemplados a partir del día siguiente de publicada la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- Confórmese la Comisión Técnica de Trabajo, que estará integrada por los sectores representativos vinculados al servicio de transporte de carga o mercancías de la Provincia Constitucional del Callao, los mismos que deberán acreditarse ante el Gobierno Regional del Callao, dentro del plazo de 30 días calendario contados a partir del día siguiente de publicada la presente Ordenanza Regional. La comisión referida en el párrafo precedente será constituida mediante Resolución Gerencial General. Artículo Tercero.- La comisión a que se refi ere el Artículo Segundo de la presente Ordenanza Regional, una vez constituida, tendrá un plazo de ciento veinte (120) días calendario para remitir sus aportes a la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, entrando en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Quinto.- Encargar a la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Portal Web del Gobierno Regional del Callao; www.regioncallao.gob.pe; en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe; así como en el Portal del Ministerio de Justicia. Artículo Sexto.- Facúltese al Presidente del Gobierno Regional del Callao para que mediante Decreto Regional, pueda prorrogar el plazo establecido en el Artículo Primero de la presente Ordenanza Regional. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIX MORENO CABALLERO Presidente 825238-1 Autorizan transferencia de recursos financieros para el cofinanciamiento de la ejecución de proyectos de inversión en el distrito de Bellavista ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 000137 Callao, 26 de junio del 2012 El Consejo del Gobierno Regional del Callao, en sesión celebrada el 26 de junio del 2012, con el voto UNÁNIME de los Consejeros Regionales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao; VISTOS: El Ofi cio Nº 081-2012-MDB/ALC dirigido por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Bellavista al Presidente del Gobierno Regional del Callao; el Memorándum Nº 1493-2012-GRC-GRPPAT de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; el Informe Nº 1457-2012-GRC/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, el Pedido de la Consejera Delegada del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao; CONSIDERANDO: Que, el Gobierno Regional del Callao, es una persona jurídica de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, que tiene como uno de sus objetivos previstos en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, aplicar coherente y efi cazmente las políticas e instrumentos de desarrollo económico, social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armónico, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades; Que, la Municipalidad Distrital de Bellavista, es una persona jurídica de Derecho Público con autonomía política, administrativa y económica conferida por la Constitución Política del Perú, cuya fi nalidad es promover el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, en el Artículo 43º de la Constitución Política del Perú, se establece que el Estado es uno e indivisible, su gobierno es unitario, representativo y descentralizado, y se organiza según el principio de la separación de poderes. Asimismo, en conformidad con el principio de integración, desarrollado en el numeral 14 del Artículo 8º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la gestión regional promueve la integración intrarregional e interregional, fortaleciendo el carácter unitario de la República. De acuerdo con este principio, la gestión debe orientarse a la formación de acuerdos macrorregionales que permitan el uso más efi ciente de los recursos, con la fi nalidad de alcanzar una economía más competitiva; Que, el Artículo 77º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que las entidades están facultadas para dar estabilidad a la colaboración interinstitucional mediante convenios de colaboración, en los cuales se establecen acuerdos de naturaleza obligatoria para las partes con cláusula expresa de libre adhesión y separación; Que, como parte de las políticas de gestión, constituye prioridad del Gobierno Regional del Callao la suscripción de Convenios con las diferentes entidades del Sector Público, con el objeto de coordinar esfuerzos y coadyuvar a la realización de los fi nes y objetivos regionales, en benefi cio del desarrollo armónico de la Provincia Constitucional del Callao; Que, de conformidad con la Directiva Nº 002-2007- GRC-GGR, Directiva para la elaboración y tramitación de convenios, los proyectos de convenios propuestos, cuentan con el pronunciamiento sustentatorio, de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el mismo que informa mediante Memorándum Nº 1493-2012-GRC-GRPPAT que a la fecha existen recursos disponibles por el monto de S/. 282,000.00 (Doscientos ochenta y dos mil y 00/100 Nuevos Soles) en la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, para el cofi nanciamiento de los tres (03) proyectos declarados viables, de acuerdo a la distribución señalada en el numeral 1.2. del citado Memorándum; Que, mediante el Ofi cio Nº 081-2012-MDB/ALC la Municipalidad Distrital de Bellavista solicita la celebración de un convenio específi co que tenga como objeto que el Gobierno Regional del Callao efectúe la transferencia de la suma de S/. 432,770.57 (cuatrocientos treinta y dos mil setecientos setenta con 57/100 Nuevos Soles) para la ejecución de los proyectos de inversión pública, declarados viables, los mismos que detallamos a continuación: a) Mejoramiento del Parque Héroes del Cenepa, ubicado en el Distrito de Bellavista, Provincia Constitucional del Callao, con código SNIP Nº 221229.