Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2012 (17/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES

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"4. El area encargada de manifiestos evalua las solicitudes de rectificacion y de incorporacion de documentos de transporte al manifiesto de carga sujetas a evaluacion previa y aplica las sanciones de corresponder. En caso de mercancias que cuentan con destinacion aduanera, el area encargada de manifiestos, de ser necesario, solicita via electronica al area encargada del regimen la informacion correspondiente. Cuando los errores son detectados de oficio por: 4.1. El area encargada de manifiestos, esta evalua, y rectifica o incorpora los documentos de transporte al manifiesto de carga. 4.2. El area encargada del regimen, esta informa via electronica al area encargada de manifiestos para que evalue y rectifique o incorpore los documentos de transporte al manifiesto de carga." Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas 829036-1

Que, la Gerencia Registral de la SUNARP, la Gerencia de Informatica de la SUNARP y Gerencia de Personas Juridicas de la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede MORDAZA han presentado sus propuestas de formatos; Que, en ese sentido, de las coordinaciones efectuadas por dichas Gerencias se han elaborado los diversos formatos sobre los certificados de publicidad, lo que permitira a los Registrados Publicos o Abogados Certificadores expedir la publicidad registral compendiosa con ambito nacional; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 047-2012JUS, publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 30 de marzo de 2012, se designa el cargo de Superintendente Nacional de los Registros Publicos; Contando con el visado de la Gerencia Legal, Gerencia Registral y Gerencia de Informatica de la Sede Central de la SUNARP; Estando a lo acordado y de conformidad con la facultad conferida por el literal v) del articulo 7 del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002JUS; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar los formatos para la expedicion de los certificados compendiosos que regula el Reglamento de Inscripciones de los Registros de Testamentos y de Sucesiones Intestadas, los mismos que forman parte integrante de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLARI ZERPA Superintendente Nacional de los Registros Publicos

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Aprobar los formatos para la expedicion de los certificados compendiosos que regula el Reglamento de Inscripciones de los Registros de Testamentos y de Sucesiones Intestadas
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS N° 218-2012-SUNARP/SN MORDAZA, 16 de agosto de 2012 Vistos, el Informe Nº 220-2012-SUNARP-GR, del 15 de agosto de 2012, emitido por la Gerencia Registral de la Sede Central de la SUNARP y; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP, es un organismo tecnico especializado del Sector Justicia creado mediante Ley N° 26366, que tiene por objeto dictar las politicas y normas tecnico-administrativas de los Registros Publicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripcion y publicidad de los actos y contratos en los Registros Publicos que integran el Sistema Nacional, en el MORDAZA de un MORDAZA de simplificacion, integracion y modernizacion de los Registros; Que, la SUNARP tiene a su cargo los Registros de Testamentos y de Sucesiones Intestadas, los mismos que forman parte del Registro de Personas Naturales de conformidad con el literal a) del articulo 2 de la mencionada ley; Que, mediante Resolucion N° 156-2012-SUNARP/SN publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 20 de junio de 2012, se aprobo el Reglamento de Inscripciones de los Registros de Testamentos y de Sucesiones Intestadas, que preve una regulacion especial para los alcances y expedicion sobre determinada publicidad registral compendiosa; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria y Final del aludido Reglamento establece que el certificado compendioso positivo o negativo relacionado a cada registro, asi como el Certificado Registral de Sucesiones (CRES), se expediran de acuerdo a los formatos que aprobara la SUNARP;

Atencion: .........., MORDAZA ... del (fecha) CERTIFICADO NEGATIVO DE INSCRIPCION DE TESTAMENTOS EL REGISTRADOR QUE SUSCRIBE CERTIFICA: Que, de la busqueda efectuada en el Indice Nacional de Sucesiones, no aparece anotacion o inscripcion de Testamento otorgado por el nombre:..........................., en los REGISTROS DE TESTAMENTOS. Titulo(s) Pendiente(s): ............................................. En fe de lo cual se expide el presente en la MORDAZA de ...................., a las 08:00 horas del ....... de ........ de DOS MIL ......... N° de fojas del Certificado Derechos pagados Mayor derecho Total de derechos Recibo N° : : : : : ......... S/...... S/...... S/...... .....................

(FIRMA Y SELLO) - De conformidad con el articulo 139 del TUO del Reglamento General de los Registros Publicos: "cuando los certificados a que se refiere este titulo no MORDAZA conformes o acordes, segun el caso, con las partidas registrales, se estara a lo que resulte de estas..." - De conformidad con el articulo 140 del TUO del Reglamento General de los Registros Publicos: "los certificados que extienden las Oficinas Registrales acreditan la existencia o inexistencia de inscripciones o anotaciones preventivas vigentes en el Registro al tiempo de su expedicion..."

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