Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2012 (19/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES
1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. General de Division Contralmirante Contralmirante Brigadier General MORDAZA MORDAZA MORDAZA Capitan de Navio Mayor

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 19 de agosto de 2012

Estando a lo opinado por la MORDAZA de MORDAZA del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, del personal militar de la Republica de Colombia detallado a continuacion, del 20 al 23 de agosto de 2012, a fin que participen en el Programa de Entrenamiento en Operaciones Especiales de Interdiccion Maritima. 1. 2. 3. 4. MORDAZA de Corbeta MORDAZA de Corbeta Suboficial Jefe Suboficial Primero MORDAZA DUQUE Benjumea Harold MORDAZA MORDAZA Cesid MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

MORDAZA GARZON MORDAZA MORDAZA MONCAYO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA BANDERAS Duenas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA E. MORDAZA R. MORDAZA BURBANO MORDAZA MORDAZA GAVILANEZ Barsallo MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el Articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el Articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

830060-4 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 928-2012-DE/SG
MORDAZA, 17 de agosto de 2012 CONSIDERANDO:

830060-3 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 927-2012-DE/SG
MORDAZA, 17 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 673 del 16 de agosto de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica del Ecuador, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 1806-2012-VPD/B/b del 17 de agosto de 2012, el Director General de Relaciones Internacionales de este Ministerio, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica del Ecuador; Que, el personal militar MORDAZA senalado, ingresara a territorio de la Republica del 19 al 24 de agosto de 2012, a fin de participar en la XVII Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas del Peru y las Fuerzas Armadas del Ecuador; Que, el Articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el Articulo Unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Direccion General de Relaciones Internacionales de este Ministerio; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, del personal militar de la Republica del Ecuador detallado a continuacion, del 19 al 24 de agosto de 2012, a fin que participen en la XVII Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas del Peru y las Fuerzas Armadas del Ecuador.

Que, con Facsimil (DSD) Nº 593 del 19 de MORDAZA de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio G.500-3279 del 17 de agosto de 2012, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA por encargo del Comandante General de la MORDAZA, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica de Chile; Que, el personal militar MORDAZA senalado, ingresara a territorio de la Republica del 19 al 24 de agosto de 2012, a fin de participar en el Juego Bilateral de Manejo de Crisis, a realizarse en la MORDAZA de Lima; Que, el Articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el Articulo Unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la MORDAZA de MORDAZA del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, del personal militar de la Republica de MORDAZA detallado a continuacion, del 19 al 24 de agosto de 2012, a fin que participen en el Juego Bilateral de Manejo de Crisis, a realizarse en la MORDAZA de Lima. 1. Capitan de Navio 2. Capitan de Fragata 3. Capitan de Fragata JT MORDAZA BAASCH Barberis MORDAZA MORDAZA Cabrejos MORDAZA FIGARI Oxley

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se

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