Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2012 (19/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

473004

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 19 de agosto de 2012

ENERGIA Y MINAS
Reconocen servidumbre convencional de acueducto, obras hidroelectricas y de MORDAZA a favor de concesion definitiva de generacion con recursos energeticos renovables de la que es titular Peruana de Inversiones en Energias Renovables S.A.C.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 361-2012-MEM/DM
MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2012 VISTO: El Expediente Nº 11220511 presentado por Peruana de Inversiones en Energias Renovables S.A.C., persona juridica inscrita en la Partida Nº 12332609 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA, sobre solicitud de reconocimiento de servidumbre convencional de acueducto, obras hidroelectricas y de MORDAZA para la Bocatoma, MORDAZA de Aduccion, Camara de Carga, Tuberia de Presion y MORDAZA de Maquinas de la Central Hidroelectrica Manta; CONSIDERANDO: Que, Peruana de Inversiones en Energias Renovables S.A.C., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica con Recursos Energeticos Renovables en la central hidroelectrica Manta, en merito de la Resolucion Ministerial Nº 035-2011-MEM/ DM publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 de enero de 2011, solicito el reconocimiento de la servidumbres convencional de acueducto, obras hidroelectricas y de MORDAZA para la Bocatoma, MORDAZA de Aduccion, Camara de Carga, Tuberia de Presion y MORDAZA de Maquinas de la Central Hidroelectrica Manta, sobre predios privados ubicados en los distritos de Corongo, MORDAZA y La MORDAZA, provincia de Corongo, departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en los predios senalados en el primer considerando de la presente resolucion, se ha constituido la servidumbre convencional de acueducto, obras hidroelectricas y de MORDAZA para la Bocatoma, MORDAZA de Aduccion, Camara de Carga, Tuberia de Presion y MORDAZA de Maquinas de la Central Hidroelectrica Manta, conforme consta en el documento de Constitucion de Servidumbre sobre Predios de fecha 27 de junio de 2011 y su Primera Adenda certificada con fecha 07 de diciembre de 2011, cuyas copias obran en el Expediente; Que, el articulo 217 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas, pueden solicitar al Ministerio de Energia y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 217 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, emitio el Informe Nº 296-2012-DGE-DCE recomendando reconocer la aludida servidumbre convencional; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y el visto MORDAZA del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE:

documento de Constitucion de Servidumbre sobre Predios de fecha 27 de junio de 2011 y su Primera Adenda certificada con fecha 07 de diciembre de 2011, en los terminos y condiciones estipulados en los mismos, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Cod. Exp. Descripcion de la Servidumbre Servidumbre de obras hidroelectricas: Bocatoma: Area Nº 1 Area: 156 758,27 m2 Area de Servidumbre Propietario

11220511 CH Manta:

Area: 4 773,42 m2 Coordenadas UTM (PSAD 56): Punto 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 Norte 9 047 364.3540 9 047 363.3968 9 047 362.3606 9 047 360.2611 9 047 358.1616 9 047 356.1259 9 047 353.9334 9 047 352.4894 9 047 351.1278 9 047 347.0473 9 047 344.3073 9 047 340.8481 9 047 334.8520 9 047 325.1671 9 047 313.2121 9 047 302.0878 9 047 293.5286 9 047 284.8845 9 047 278.5739 9 047 278.4212 9 047 240.6974 9 047 240.0074 9 047 230.4053 9 047 234.1565 9 047 238.2885 9 047 241.1201 9 047 243.1621 9 047 247.8585 9 047 252.8275 9 047 268.9748 9 047 285.2306 9 047 299.2580 9 047 307.3186 9 047 315.5137 9 047 324.7500 9 047 332.1667 9 047 341.3824 9 047 349.3792 9 047 354.8013 9 047 359.3496 9 047 360.2868 9 047 360.6663 9 047 361.9927 9 047 361.5153 9 047 360.4085 9 047 361.0813 9 047 361.5584 9 047 363.5467 Este 182 690.8236 182 690.9907 182 691.2207 182 691.4044 182 691.2207 182 690.6752 182 689.5868 182 688.5757 182 687.2363 182 681.3941 182 674.5077 182 664.9925 182 658.5300 182 654.9140 182 657.5805 182 663.1241 182 669.6494 182 678.0211 182 686.7044 182 686.9973 182 676.4665 182 675.8520 182 666.9962 182 662.9289 182 656.5056 182 651.2538 182 649.9060 182 640.6515 182 634.7969 182 632.6475 182 635.9455 182 635.3183 182 631.9424 182 630.3598 182 629.2459 182 629.2969 182 632.5063 182 635.9138 182 637.2894 182 639.5313 182 641.4337 182 643.7193 182 650.2085 182 659.7271 182 670.0137 182 676.9574 182 682.6646 182 687.8424

Privado

Articulo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesion definitiva de generacion con Recursos Energeticos Renovables de la que es titular Peruana de Inversiones en Energias Renovables S.A.C., la servidumbre convencional de acueducto, obras hidroelectricas y de MORDAZA para la Bocatoma, MORDAZA de Aduccion, Camara de Carga, Tuberia de Presion y MORDAZA de Maquinas de la Central Hidroelectrica Manta, sobre predios privados ubicados en los distritos de Corongo, MORDAZA y La MORDAZA, provincia de Corongo, departamento de MORDAZA, constituida mediante el

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