Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2012 (02/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 2 de diciembre de 2012

Fauna MORDAZA del Ministerio de Agricultura, para lo cual deberan establecerse los mecanismos de coordinacion con los Gobiernos Regionales que hayan asumido las funciones en materia forestal y de fauna silvestre. El derecho de aprovechamiento previsto en el presente articulo se efectuara por kilogramo en el caso de la especie Helix aspersa. Articulo 6.- Las Administraciones Tecnicas Forestales y de Fauna MORDAZA y los Gobiernos Regionales, segun sea el caso, mediante las oficinas a cargo de la materia forestal y de fauna MORDAZA, deberan remitir informes trimestrales en formato digital a la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA del Ministerio de Agricultura acerca de los despachos efectuados, y el derecho de aprovechamiento recaudado provenientes del Calendario de Caza Comercial de Especies de Fauna MORDAZA No Amenazadas de Invertebrados Terrestres de las Clases Insecta, Arachnida, Diplopoda, Chilopoda y Gastropoda para el periodo 2012-2013, de acuerdo al formato establecido en el Anexo Nº 2. Articulo 7.- Los cazadores y/o comerciantes de fauna MORDAZA presentaran a las Administraciones Tecnicas Forestales y de Fauna MORDAZA y a los Gobiernos Regionales, mediante las oficinas a cargo de la materia forestal y de fauna MORDAZA, en un plazo no mayor de quince (15) dias de publicada la presente Resolucion Ministerial, una declaracion jurada informando las Guias de Transporte de Fauna MORDAZA que tienen en su poder y que corresponden al Calendario de Caza Comercial de Especies No Amenazadas de Invertebrados Terrestres 2009-2010. Dichas Guias de Transporte de Fauna MORDAZA deberan ser verificadas por la Autoridad competente en los almacenes o centros de acopio. Articulo 8.- Las Guias de Transporte de Fauna MORDAZA no declaradas de acuerdo al articulo precedente, no tendran validez para realizar tramites de comercio interno o externo. Articulo 9.- Los saldos de las Guias de Transporte de Fauna MORDAZA correspondiente al Calendario de Caza Comercial de Especies No Amenazadas de Invertebrados Terrestres de las Clases Insecta, Arachnida, Diplopoda, Chilopoda y Gastropoda, para el periodo 2009-2010, no tendran validez para realizar tramites para permisos de exportacion con fines comerciales. Articulo 10.- En un plazo no mayor de quince (15) dias a partir del termino de la vigencia del Calendario de Caza Comercial de Especies No Amenazadas de Invertebrados Terrestres de las Clases Insecta, Arachnida, Diplopoda, Chilopoda y Gastropoda, para el periodo 2012-2013, los cazadores o los comerciantes de fauna MORDAZA deberan presentar una declaracion jurada informando las Guias de Transporte de Fauna MORDAZA que tienen en su poder. Dichas Guias deberan ser verificadas por la Autoridad competente en los almacenes o centros de acopio. Articulo 11.- La comercializacion de invertebrados terrestres de las Clases Insecta, Arachnida, Diplopoda y

Chilopoda procedentes de la caza comercial se realiza en estado disecados, a excepcion de las correspondientes al Phyllum Mollusca, Clase Gastropoda. Articulo 12.- Para el caso de especimenes vivos, el transporte aereo se realizara en cumplimiento de la Resolucion Directoral Nº 099-2002-MTC/15.16, de fecha 10 de MORDAZA de 2002, la misma que aprueba la incorporacion a las Regulaciones Aeronauticas del Peru Nº 110 denominada "Mercancias Peligrosas y Transporte de Animales Vivos"; asi como de las tecnicas para el transporte aereo senaladas en la reglamentacion para el transporte de animales vivos de la Asociacion de Transporte Aereo Internacional ­ IATA; para el caso del traslado por transporte terrestre se realizaran las modificaciones y/o adaptaciones a las que hubiera lugar, el cual garantice tecnicamente el bienestar de la especie transportada. Articulo 13.- La Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA del Ministerio de Agricultura, en calidad de Autoridad Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA, autoriza la exportacion de invertebrados terrestres de las Clases Arachinda e Insecta, tales como artesanias hechas con ejemplares taxidermizados, con valor agregado, en una cantidad MORDAZA de cinco (05) MORDAZA por turista, los cuales no deberan exceder en su composicion por un total de veinte (20) ejemplares; tramite que consistira en la MORDAZA de la boleta y/o factura emitida por un deposito y/o establecimiento comercial de especimenes y productos de fauna MORDAZA autorizado para tal fin. Articulo 14.- La Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA del Ministerio de Agricultura en coordinacion con los Gobiernos Regionales, sera la encargada de continuar con la promocion del aprovechamiento sostenible de los invertebrados terrestres. Articulo 15.- Facultar a la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA del Ministerio de Agricultura, la aprobacion de las medidas complementarias que resulten necesarias para la aplicacion de lo dispuesto en la presente Resolucion Ministerial. Articulo 16.- Transcribir la presente Resolucion al Organismo de Supervision de los Recursos Forestales y de Fauna MORDAZA - OSINFOR, al Ministerio Publico, a la Direccion de Turismo y Proteccion del Medio Ambiente de la Policia Nacional del Peru, a la Direccion de Policia de Carreteras de la Policia Nacional del Peru, a la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administracion Tributaria, a la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA del Ministerio de Agricultura, a las Administraciones Tecnicas Forestales y de Fauna MORDAZA, y a los Gobiernos Regionales comprendidos dentro de los alcances de la Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura

ANEXO Nº 1 Calendario de Caza Comercial de Especies No Amenazadas de Invertebrados Terrestres de las Clases Insecta, Arachnida, Diplopoda, Chilopoda y Gasteropoda, para el periodo 2012-2013. INVERTEBRADOS TERRESTRES NO AMENAZADOS Phyllum Mollusca Clase Gastropoda Nombre Cientifico Derecho de Aprovechamiento Ambito Geografico, Fuera de Epoca de Caza o por kg. S/. las ANP (**) Captura MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, Ica, MORDAZA, La MORDAZA, 0.56 Todo el ano MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, MORDAZA, Tacna, Tumbes

Helix aspersa "caracol de tierra"

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