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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 2 de diciembre de 2012 479843 Modifican los Términos de Referencia para la formulación del Plan de Manejo Forestal (PMF) de la especie forestal no maderable Caesalpinia spinosa (“tara”) aprobados mediante Res. N° 301-2006- INRENA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0453-2012-AG Lima, 30 de noviembre de 2012 VISTO: El Memorándum Nº 1365-2012-AG- DGFFS(DGEFFS), por el cual la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre, recomienda la modificación de los Términos de Referencia para la formulación del Plan de Manejo Forestal (PMF), del recurso forestal no maderable de la especie Caesalpinia spinosa (“tara”), aprobados mediante Resolución Jefatural N° 301-2006-INRENA, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre - en adelante la Ley Forestal; cuya vigencia fue restituida por el artículo 2 de la Ley Nº 29376; en el artículo 3 numeral 3.4 establece que el Instituto Nacional de Recursos Naturales, INRENA, es el órgano encargado de la gestión y administración de los recursos forestales y de fauna silvestre a nivel nacional; Que, la Ley Forestal en el artículo 15, numeral 15.2 prevé que cualquier modalidad y aprovechamiento de los recursos forestales con fi nes comerciales o industriales, requiere de un Plan de Manejo Forestal aprobado por el INRENA, y en el numeral 15.4, que los términos de referencia y la ejecución de los planes de manejo forestal deben tener en consideración las características específi cas de los diferentes tipos de bosque; Que, por Decreto Supremo N° 030-2008-AG, el INRENA se fusiona en el Ministerio de Agricultura, siendo éste último el ente absorbente; Que, el Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, aprobado por el Decreto Supremo Nº 014- 2001-AG - en adelante el Reglamento, establece en el Subcapítulo V “Del Aprovechamiento en asociaciones vegetales de productos forestales diferentes a la madera”, del Capítulo VI, que dichas asociaciones comprenden, entre otros, especies arbustivas y plantas medicinales que se encuentren en otros tipos de formaciones vegetales no boscosas, comprendiendo según lo manifestado en el Informe N° 1472-2012-AG-DGFFS-DGEFFS de fecha 09 de mayo de 2012, de la Dirección de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre, DGEFFS, unidad orgánica de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre, DGFFS, dentro del concepto “Asociaciones Vegetales”, mencionado en el citado Reglamento, a la especie Caesalpinia spinosa (“tara”), como recurso forestal diferente a la madera; Que, el Reglamento, en el artículo 56, establece que el INRENA, aprueba mediante Resolución Jefatural, entre otros, los términos de referencia, para la elaboración de los planes de manejo; Phylum Arthropoda (taxidermizados) (*) Nombre Científi co Derecho de Aprovechamiento por ejemplar S/. Ámbito Geográfi co, Fuera de las ANP (**) Época de Caza o Captura Clase Insecta Amazonas Ancash Apurímac Arequipa Ayacucho Cajamarca Cusco Huancavelica Huánuco Ica Junín La Libertad Lambayeque Lima Loreto Madre de Dios Moquegua San Martin Pasco Piura Puno Tacna Tumbes Ucayali Todo el año Orden Lepidoptera “mariposas” Especies: Morpho hecuba, Morpho menelaus, Morpho cisseis, Morpho rethenor, Morpho absoloni, Agrias amydon, Agrias claudina y Agrias hewitsoni 2.08 Demás lepidópteros 0.70 Orden Coleoptera “escarabajos” (***) Especies: Titanus giganteus, Macrodontia cervicornis, Dynastes hercules y Megasoma sp. 2.13 Demás coleópteros 0.70 Otras Ordenes de la Clase Insecta 0.70 Clase Arachnida Orden Araneae “arañas, tarántulas” 1.03 Orden Scorpiones “alacranes” 1.03 Clase Diplopoda “milpiés” y Clase Chilopoda “ciempiés” y 0.70 (*) Excepto bosques de neblina; (**) ANP: Áreas Naturales Protegidas por el Estado; (***) Solo adultos. ANEXO Nº 2 Formato de los despachos efectuados y del pago recaudado por el derecho de aprovechamiento. TITULAR Documento que aprobó la extracción Nº Nº GTFS FECHA DE EMISION DE GTFS Nombre Científi co / Clase / Familia Cantidad Derecho de Aprovechamiento (S/.) 873540-1