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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 2 de diciembre de 2012 479856 a) Recepción de expedientes hasta el 12 de diciembre de 2012. b) Publicación de plazas vacantes del 10 al 14 de diciembre de 2012. c) Evaluación de expedientes a través del comité de evaluación del 03 al 21 de diciembre de 2012. d) Publicación del Cuadro de Méritos 26 y 27 de diciembre de 2012. e) Adjudicación del 28 de diciembre de 2012 al 03 de enero de 2013, conforme al orden de precedencia del Cuadro de Méritos, con vigencia a partir del 01 de marzo de 2013. Artículo 3.- Suspender las acciones administrativas de permuta, reasignación por salud, evacuación por emergencia, representación sindical y por necesidad del servicio.” Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 873542-1 INTERIOR Encargan funciones de Directora de Procesos de Personal y Remuneraciones de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1244-2012-IN Lima, 30 de Noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 1164-2011-IN de fecha 09 de noviembre de 2011, se designó al Ingeniero Orlando Alberto Edgar Ramírez en el cargo público de confi anza de Director de Sistema Administrativo II Nivel F-3 de la Ofi cina de Remuneraciones y Benefi cios de la Ofi cina General de Personal del Ministerio del Interior; Que, por razones del servicio se ha visto por conveniente dar por concluida la designación del Ingeniero Orlando Alberto Edgar Ramírez en el cargo para el cual fue designado, debiendo emitirse el acto administrativo correspondiente y encargarse las funciones de dicho cargo; Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2012-IN de fecha 22 de junio de 2012, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, denominándose a la Ofi cina de Remuneraciones y Benefi cios, como Dirección de Procesos de Personal y Remuneraciones de la Dirección General de Gestión en Recursos Humanos del Ministerio del Interior; Que, sin perjuicio de dar por concluida la designación del Ingeniero Orlando Alberto Edgar Ramírez, ello no implica en modo alguno eximirlo de responsabilidad por cualquier hecho que pudiera ser materia de investigación y que se hubiera producido durante el ejercicio de sus funciones como Director de Procesos de Personal y Remuneraciones de la Dirección General de Gestión en Recursos Humanos del Ministerio del Interior; De conformidad a la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; Ley N° 29334, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organizaciones y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2012-IN. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida la designación del Ingeniero Orlando Alberto Edgar Ramírez en el cargo público de confi anza de Director de Sistema Administrativo II Nivel F-3 de la Dirección de Procesos de Personal y Remuneraciones de la Dirección General de Gestión en Recursos Humanos del Ministerio del Interior, sin perjuicio de lo expuesto en el cuarto considerando de la presente Resolución. Artículo 2°.- Encargar a la Licenciada Karina Lizette Apaza Mini, Directora General de la Dirección General de Gestión en Recursos Humanos del Ministerio del Interior, las funciones de Director de Procesos de Personal y Remuneraciones de la Dirección General de Gestión en Recursos Humanos del Ministerio del Interior, con retención de las funciones propias de su cargo. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior 873543-1 PRODUCE Autorizan al IMARPE la ejecución de la Operación Merluza XVIII RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 509-2012-PRODUCE Lima, 30 de noviembre de 2012 VISTOS: El Ofi cio N° PCD-100-586-2012-PRODUCE/ IMP del Instituto del Mar del Perú – IMARPE; el Informe N°036-2012-PRODUCE/DGP-Diropa de la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero, el Informe N° 015-2012-PRODUCE/DGCHD de la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo y el Informe N°032-2012-PRODUCE/ OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 de la Ley General de Pesca, aprobada por Decreto Ley Nº 25977, establece que son patrimonio de la Nación, los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú, y que corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional; Que, los artículos 9 y 13 de la Ley General de Pesca, establecen que la investigación pesquera está orientada a obtener y proporcionar permanentemente las bases científi cas que sustentan el desarrollo integral y armónico del proceso pesquero, y que el Ministerio de la Producción sobre la base de evidencias científi cas disponibles y de factores socioeconómicos, determinará, según el tipo de pesquerías, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos; Que, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2003-PRODUCE (en adelante, Ordenamiento de la Merluza), en el numeral 3.1 de su artículo 3, establece que el Instituto del Mar del Perú – IMARPE, es la entidad responsable de efectuar investigaciones sobre la biología, pesquería y dinámica de las poblaciones de la merluza y su fauna acompañante, bajo un enfoque eco sistémico, poniendo énfasis en el efecto que tienen sobre dichos recursos, la pesca y la variabilidad ambiental a distinta escala espacial y temporal; Que, el Ordenamiento de la Merluza, en su numeral 3.3, también prevé que la investigación de este recurso y su fauna acompañante realizada mediante pescas exploratorias o experimentales señaladas en el Reglamento de la Ley General de Pesca, puede ser efectuada sólo por empresas que cuenten con licencia para la operación de plantas de procesamiento de productos congelados y/o permisos de pesca vigentes para la extracción de merluza. La investigación debe contar con la opinión técnica previa del IMARPE, en lo referente al plan de operaciones y, en especial, a los objetivos y metodología y validación de resultados esperados que se apliquen en la investigación; debiendo dicha investigación ser autorizada