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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 17 de diciembre de 2012 481030 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Crean el Consejo Regional de Competitividad de la Región Arequipa - CORECOA ORDENANZA REGIONAL Nº 193-AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, conforme al Artículo 192° de la Constitución Política del Perú, los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, y dentro de ese marco son competentes para fomentar la competitividad. De igual manera la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización en su Artículo 6º literal a) ha reconocido como uno de los objetivos a nivel económico el desarrollo económico, auto sostenido y de la competitividad de las diferentes regiones y localidades del país, con base en su vocación y especialización productiva. En ese sentido la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en el numeral 13) de su Artículo 8º, establece como principio rector de las políticas y gestión estratégica regional, a la competitividad, siendo que para alcanzar ésta, el Gobierno Regional debe promover un entorno de innovación, impulsar alianzas y acuerdos entre los sectores público y privado, fortalecer las redes de colaboración entre empresas, instituciones y organizaciones sociales, junto con el crecimiento de eslabonamientos productivos, facilitando el aprovechamiento de oportunidades para la formación de ejes de desarrollo y corredores económicos, la ampliación de mercados y la exportación. Que, la propia Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como atribución del Consejo Regional la aprobación del Plan de Competitividad Regional, y como funciones específi cas de los Gobiernos Regionales, entre otras: ((a)) en materia de educación: integrar los distintos niveles educativos regionales en una política integral orientada, en lo económico, a la mejora en la productividad y competitividad de la región; ((b)) en materia de empleo: promover la formación ocupacional, técnica y profesional, así como la capacitación y reconversión laboral en concordancia con el mercado de trabajo como mecanismo de mejoramiento de los ingresos, la productividad y competitividad, provisión de información y transferencia tecnológica; ((c)) en materia de industria: mejorar la productividad y competitividad de sus unidades económicas y el aprovechamiento de las potencialidades regionales; y, ((d)) en materia de comercio: impulsar el desarrollo de los recursos humanos regionales y la mejora en la productividad y competitividad de las unidades económicas de la región, a través de actividades de capacitación, provisión de información y transferencia tecnológica. Que, conforme lo ha establecido el Ministerio de Economía y Finanzas, el crecimiento potencial del Perú se desacelerará en tanto no se adopten medidas para incrementar la productividad y competitividad de la economía peruana, nuestra situación favorable de crecimiento continuo, a pesar de la crisis internacional, podría verse desfavorecida por nuestra fuerte dependencia de las actividades extractivas, siendo nuestro desafío la mejora sustancial del capital humano dentro del marco de la competitividad global bajo parámetros de buen funcionamiento de sus empresas, reducción de la brecha de infraestructura a través de Asociación Público-Privadas; Simplifi cación Administrativa para fomentar la inversión al facilitar la formalización y el desarrollo empresarial; el impulso a la innovación tecnológica y tecnologías de la información ; la diversifi cación de la oferta productiva en base a una estrategia de mayor valor agregado, fomento de la calidad, uso de nuevos instrumentos de desarrollo productivo. En ese sentido, una condición necesaria para ello es la existencia, en cada país, de un ambiente institucional y macroeconómico estable, que transmita confi anza, atraiga capitales y tecnología, y un ambiente nacional (productivo y humano) que permita a las empresas absorber, transformar y reproducir tecnología, adaptarse a los cambios en el contexto internacional y exportar productos con mayor agregado tecnológico. Que, con el objetivo de identifi car los niveles y determinantes de la competitividad de los países, el Foro Económico Mundial ha establecido indicadores de competitividad a nivel mundial, generando anualmente un escalafón por países. Dicho índice se basa en doce pilares: ((a)) instituciones, ((b)) infraestructura, ((c)) estabilidad macroeconómica, ((d)) salud y educación primaria, ((e)) educación secundaria y formación, ((f)) efi ciencia de los mercados de los productos, ((g)) efi ciencia en el sector laboral, ((h)) la sofi sticación del mercado fi nanciera, ((h)) preparación tecnológica, ((i)) tamaño del mercado, ((j)) la sofi sticación de los negocios, y, ((k)) la innovación. Que, en el caso del Perú, dentro del Acuerdo Nacional se ha establecido como objetivo la competitividad del país, y dentro de éste se busca: ((a)) consolidar una administración efi ciente, promotora, transparente, moderna y descentralizada; ((b)) garantizar un marco legal que promueva la formalización y la competitividad de la actividad económica; ((c)) procurar una simplifi cación administrativa efi caz y continua, y eliminar las barreras de acceso y salida al mercado; ((d)) proveer infraestructura adecuada; ((e)) promover una mayor competencia en los mercados de bienes y servicios, fi nancieros y de capitales; ((f)) propiciar una política tributaria que no grave la inversión, el empleo y las exportaciones; ((g)) promover el valor agregado de bienes y servicios e incrementar las exportaciones, especialmente las no tradicionales; ((h)) garantizar el acceso a la información económica; ((i)) fomentar la investigación, creación, adaptación y transferencia tecnológica y científi ca; ((j)) facilitar la capacitación de los cuadros gerenciales y de la fuerza laboral; y ((k)) construir una cultura de competitividad y de compromiso empresarial con los objetivos nacionales. Asimismo en esa línea, mediante Decreto Supremo 057- 2005-PCM se aprobó el Plan Nacional de Competitividad que tiene como objetivos estratégicos el fortalecimiento institucional; el establecimiento de una política económica, de mercados fi nancieros y de capitales; de infraestructura; de articulación empresarial; de innovación tecnológica; de educación; y de medio ambiente. Que, durante los últimos años, el país, ha presentado signifi cativos avances en Índice de Competitividad Global que elabora el Foro Económico Mundial desde 1979, siendo que en la clasifi cación 2011 – 2012 ocupa el octavo lugar en América Latina y el puesto 67 a nivel mundial con una califi cación de 4.21, superando el noveno lugar y el puesto 73 ocupados en el año anterior. Que, en el caso de Arequipa, está en proceso de elaboración el Plan Regional de Competitividad 2012-2017 de la Región Arequipa, a cargo de la Comisión Técnica constituida mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 201-2012-GRA/PR; siendo que el Índice de Competitividad Regional 2011, elaborado por el Centro de Estudios de Competitividad y Mercados - CENTRUM Católica, en su resultado general lo ubica en el tercer lugar con una puntuación de 44.73, después de Lima y Callao conforme al siguiente detalle: ((a)) en economía (exportaciones, diversifi cación de oferta, capacidad de generar empleo) ocupó el cuarto lugar, ((b)) en empresas (habilidades gerenciales, clima empresarial, productividad y generación de empleo) el quinto lugar, ((c)) en gobierno (recursos de los que dispone la región, nivel de autonomía fi scal, calidad del gasto, sistema de seguridad y justicia) el lugar 21, ((d)) en infraestructura el tercer lugar, y ((e)) en personas (desarrollo del capital humano) la segunda ubicación. Que, en ese sentido, es necesario incorporar como prioridad en la Agenda regional la competitividad, a efecto de potenciar las fortalezas y mitigar las debilidades; con especial incidencia en el desarrollo del capital humano público y privado. Que, por lo antes expuesto y al amparo de lo regulado en la Ley Nº 27783, de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por Leyes Nº 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y Nº 29053 y lo dispuesto en la Ordenanza Regional Nº 001- AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010-Arequipa y la Ordenanza Regional Nº 154-AREQUIPA. SE ORDENA: Artículo 1º.- Priorización del desarrollo de la Competitividad Regional Declarar de prioridad e interés regional el desarrollo de la Competitividad de la Región Arequipa, y en consecuencia la elaboración y posterior aprobación de su Plan de Competitividad Regional.