Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2012 (17/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, lunes 17 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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d) No ingresar a los depositos documentales, ni hacer uso de los equipos y materiales sin previa autorizacion del personal encargado de LA BIBLIOTECA. e) MORDAZA de ingresar a las areas de consulta y de lectura, los usuarios deben depositar los objetos y materiales personales en los "guarda objetos" ubicados en el Hall Principal de la Sede Central del Ministerio de Cultura. f) Ingresar a las areas de consulta y de lectura unicamente con apuntes y elementos indispensables para el estudio (papel, lapices, lapiceros, computadora personal y otros similares), La custodia de los mismos es de exclusiva responsabilidad del usuario. Cuando porten libros, revistas, diarios, publicaciones y otros similares, para estudio, estos se registran MORDAZA de su ingreso a la sala de lectura. Articulo 12°.- El usuario que necesite ingresar con algun instrumento digital o electronico para realizar MORDAZA de imagenes del interior de LA BIBLIOTECA, debera contar con autorizacion de la Oficina de Comunicacion e Imagen Institucional.

CAPITULO IV DE LA PERMANENCIA EN LA SALA DE LECTURA
Articulo 13°.- El usuario mientras permanezca en la sala de lectura, debe sujetarse a los siguientes lineamientos de conducta: a) Acatar las disposiciones de seguridad establecidas por LA BIBLIOTECA y las establecidas en el presente Reglamento. b) Hacer buen uso de las instalaciones, equipo y mobiliario de LA BIBLIOTECA; por lo que queda prohibido escribir, marcar, maltratar, dibujar o calcar apoyando el lapiz o lapicero sobre el libro, documento o publicacion prestada. Se prohibe el desglose de hojas o laminas y humedecerse los dedos para pasar las hojas. Asimismo se prohibe acostarse o recargarse en los libros, o manchar

los mismos; asi como introducir plumas o lapices entre las paginas. c) Esta prohibido hablar en voz alta en las mesas de lectura, intercambiar entre lectores las publicaciones o documentos prestados. d) Esta prohibido el uso de telefono movil o celular, o cualquier otro medio digital o electronico que altere el orden establecido en la sala de lectura. El telefono movil o celular permanece en modo de vibrador y se hace uso de este fuera de la sala de estudio y/o lectura de LA BIBLIOTECA. e) Esta prohibido ingerir alimentos, bebidas y/ o liquidos de cualquier clase, en el ambito de LA BIBLIOTECA. f) Devolver la totalidad del material bibliografico o documental recibido en prestamo, MORDAZA de retirarse de la sala de lectura y registrar la hora de salida. g) Esta restringido el acceso a los depositos de almacenamiento de materiales por LA BIBLIOTECA. h) Esta terminantemente prohibido el uso de los equipos en general y otros que se encuentran a disposicion del usuario para fines distintos a los servicios que brinda LA BIBLIOTECA. Asimismo, esta prohibido usar la sala de lectura como lugar de descanso.

CAPITULO V DE LOS SERVICIOS
Articulo 14°.- El horario de LA BIBLIOTECA sera el siguiente: a) LA BIBLIOTECA brinda sus servicios de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 5:00 p.m. (horario corrido). b) Los pedidos de los materiales documentales y bibliograficos se efectuan hasta media hora MORDAZA del cierre y los mismos deberan ser devueltos al personal encargado de LA BIBLIOTECA MORDAZA a las 4:45 p.m. Articulo 15°.- Para la consulta del material bibliografico y hemerografico, se siguen las siguientes reglas:

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