Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2012 (23/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 23 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

481931

Que, en el MORDAZA de los dispositivos MORDAZA citados es necesario aprobar la nueva escala remunerativa del Pliego 050: Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP; De conformidad con lo dispuesto por la Vigesima Septima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29812 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y el numeral 3 del articulo 11º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1°.- Del objeto de la MORDAZA Apruebese la nueva Escala Remunerativa del Pliego 050 Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP para el personal comprendido al regimen laboral privado regulado por el Decreto Legislativo N° 728, conforme al Anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica tambien en el MORDAZA institucional del SERNANP (www.sernanp. gob.pe) en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2°.- De la aplicacion de la escala remunerativa En ningun caso la remuneracion fijada para cada trabajador podra ser diferente al monto establecido en la escala remunerativa aprobada en el articulo precedente. El Titular del SERNANP velara por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en el presente articulo. El Pliego 050: Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP solo reconocera a los trabajadores a su servicio doce (12) remuneraciones anuales mas dos gratificaciones, una por MORDAZA Patrias y otra por Navidad, asi como la bonificacion por escolaridad, en el MORDAZA de lo establecido en la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley N° 28411. Articulo 3°.- De la prohibicion Prohibase la percepcion por parte del personal del SERNANP sujeto a la escala remunerativa aprobada en la presente MORDAZA de cualquier otro ingreso, subvencion o asignacion por cualquier concepto o fuente de financiamiento, en especie o dineraria, en forma adicional al monto MORDAZA establecido en la referida escala remunerativa, salvo los aprobados por la MORDAZA legal respectiva. Articulo 4°.- Del financiamiento La Escala Remunerativa se financiara con cargo a los recursos asignados al Pliego 050: Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, sin demandar recursos adicionales del Tesoro Publico. Articulo 5°.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de diciembre del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 881944-10

Autorizan Transferencias de Partidas a favor de los pliegos Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012
DECRETO SUPREMO Nº 300-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Que, mediante Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012 se ha aprobado, entre otros, el presupuesto institucional del Pliego 007 Ministerio del Interior y del Pliego 026 Ministerio de Defensa; Que, a traves de los articulos 1° y 2° del Decreto Legislativo N° 1132, se establece la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policia Nacional del Peru con una unica y nueva escala; definiendose que dicha estructura de ingresos comprende el conjunto de principios, normas y procedimientos que tienen como proposito regular y ordenar el pago de las remuneraciones, bonificaciones y beneficios del personal militar y policial, estableciendo una unica y nueva escala de ingresos que considera el alto riesgo en el desarrollo de sus labores, el trabajo efectivo y la responsabilidad de sus funciones; Que, asimismo la Primera Disposicion Complementaria y Transitoria del citado Decreto Legislativo dispone que el financiamiento de la implementacion de lo establecido en dicha MORDAZA durante el Ano Fiscal 2012, se efectua mediante modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior con cargo a los recursos a los que se refiere el articulo 44° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las que se aprueben mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas a propuesta del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior, segun corresponda; Que, mediante los Oficios Nºs. 927-2012-IN-DM y 2273-2012-MINDEF/DM, los Ministerios del Interior y de Defensa han solicitado transferencia de recursos para financiar la aplicacion de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1132 por la suma total de CINCUENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL SETENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 59 876 070,00), correspondiendo al pliego 007 Ministerio del Interior la suma de TREINTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS VEINTE MIL NOVENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 35 720 098,00) y al pliego 026 Ministerio de Defensa la suma de VEINTICUATRO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES ( S/. 24 155 972,00); Que, de acuerdo a la informacion registrada en el Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico y en aplicacion del Decreto Supremo N° 246-2012EF, Decreto Supremo que establece el Procedimiento de implementacion progresiva de la Estructura de Ingresos aplicable al Personal Militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policia Nacional del Peru, la demanda para financiar la aplicacion de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1132 asciende a CINCUENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y UN MIL QUINIENTOS OCHENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 53 551 583,00), correspondiendo al pliego 007 Ministerio del Interior la suma de TREINTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 33 459 841,00) y al pliego 026 Ministerio de Defensa la suma de VEINTE MILLONES NOVENTA Y UN MIL SETECIENTOS CUARENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES ( S/. 20 091 742,00); Que, los requerimientos efectuados por los Ministerios del Interior y de Defensa, se atenderan con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas, siendo necesario autorizar una Transferencia de Partidas por la suma total de CINCUENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y UN MIL QUINIENTOS OCHENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 53 551 583,00), correspondiendo al pliego 007 Ministerio del Interior la suma de TREINTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 33 459 841,00) y al pliego 026 Ministerio de Defensa la suma de VEINTE MILLONES NOVENTA Y UN MIL SETECIENTOS CUARENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 20 091 742,00), para cubrir el financiamiento

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