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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2012 (04/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 79

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de enero de 2012 458569 Predial, señala en el último párrafo del artículo 140º que la actualización de los valores de predios por las municipalidades sustituye la obligación de presentar Declaración Jurada Anual; Que, la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre actualiza el valor de los predios con la información contenida en las Declaraciones Juradas presentadas por los contribuyentes; considerando los Valores Arancelarios, el Cuadro de Valores Unitarios Ofi ciales de Edifi caciones para la Región de la Costa, las tablas de depreciación por antigüedad y estado de conservación que formula la Dirección Nacional de Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, mediante Resolución Ministerial; Que, las otras instalaciones constituyen uno de los factores que se toman en consideración para obtener la valuación de los predios urbanos; en consecuencia, al no existir una norma que contemple su valorización actual, resulta necesario que la Administración Municipal disponga la expedición de la misma; Que, dicha valorización constituye parte de la base imponible que se utilizará para determinar el Impuesto Predial; Que, para la elaboración de la Tabla que considera el valor de las otras instalaciones se ha tomado en cuenta lo previsto en el artículo ll. A.07,y ll. A.08 del Reglamento Nacional de Tasaciones del Perú, vigente con Resolución Ministerial Nº 126-2007-VIVIENDA; Que, mediante Memorándum Nº 901-2011-MPL- GDD de fecha 20 de diciembre del 2011, emitido por la Gerencia de Desarrollo Distrital, se señala la conformidad del Informe Técnico que sustenta la Tabla de Valorización de las otras instalaciones fi jas y permanentes, por haberse establecido los valores conforme lo normado en el Reglamento Nacional de Tasaciones; Que, mediante Informe Nº 146-2011-MPL-GAT-SRFT de fecha 27 de diciembre del 2011, la Sub Gerencia de Registro y Fiscalización Tributaria, opina por la procedencia de la aplicación de la Tabla de Valores de Otras instalaciones fi jas y permanentes, por estar conforme lo estipulado por la normatividad vigente; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972: DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR la Tabla que contiene la valorización de otras instalaciones fi jas y permanentes que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto; toda instalación fi ja o permanente que no se encuentre contemplada en la Tabla deberá de ser valorizada conforme lo establecido en el Reglamento Nacional de Tasaciones. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto en el Diario Ofi cial “El Peruano”, a la Gerencia de Informática y Gobierno Electrónico su inclusión en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre (www. muniplibre.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano.gob.pe). Artículo Tercero.- DISPONER que de conformidad con el Artículo 4º del Reglamento de la Ley Nº 29091, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, el presente dispositivo legal, sin sus anexos, sea publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Informática y Gobierno Electrónico y Gerencia de Desarrollo Distrital, el cumplimiento de la presente norma en lo que fuere de su competencia. Artículo Quinto.- DISPONER que el presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL SANTOS NORMAND Alcalde 736642-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA Modifican el Anexo 1 del Acuerdo Nº 172-2011-MPA, en lo relativo al valor comercial de bien inmueble ACUERDO MUNICIPAL N° 175-2011-MPA Arequipa, 2011 noviembre 29 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 29 de noviembre de 2011, el Ofi cio Nº 1312-2011/ VIVIENDA-VMCS-DNC, el informe Nº 319-2011-GTUCV/ MPA y el Dictamen Legal Nº 1116-2011-GAJ-MPA referente a la modifi cación del Acuerdo Municipal Nº 172-2011-MPA referido aprobación del inicio del proceso de expropiación del predio denominado “Quinta Salas”, y; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial de Arequipa, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley N° 27680 de Reforma Constitucional, es una entidad de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y se rige por la Ley N° 27972 Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Acuerdo Municipal Nº 172-2011-MPA de fecha 22 de Noviembre de 2011 se aprueba dar inicio a las acciones de expropiación del predio denominado Quinta Salas, en cuyo anexo 01 que integra dicho Acuerdo Municipal se estableció como valor comercial por metro cuadrado US $ 75.00 dólares americanos; Que, del expediente Nº 78790-2011 recibido el día 23 de noviembre de 2011 remitido por la Dirección Nacional de Construcción se tiene que la valuación comercial actualizada del predio denominado “Quinta Salas” localizado en la calle Puente Grau Nº 500 del cercado de Arequipa determina un valor comercial actualizado por metro cuadrado de US $ 76.00 dólares americanos, haciendo un total de US $ 3 137 331.68 dólares americanos valor del predio; Que, se requiere que el Concejo Municipal modifi que el Acuerdo Municipal Nº 172-2011-MPA para que proceda legalmente a la ejecución del mismo y el cumplimiento de la Ley 29457 Ley que declara de Necesidad Pública la Construcción de un Parque Ecológico en el Terreno Urbano denominado “Quinta Salas” y autoriza su expropiación para la ejecución de la obra; Estando a lo acordado por el Pleno del Concejo Municipal Provincial de Arequipa en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, realizada el 29 de noviembre de 2011 y conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades por Unanimidad; ACUERDA: Artículo 1°.- Modifi car el Anexo 1 del Acuerdo Municipal Nº. 172-2011-MPA respecto del valor de Tasación Comercial actualizado por metro cuadrado fi jado por la Dirección Nacional de Construcción el cual asciende a US $ 76.00 dólares americanos por metro cuadrado, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: ANEXO I VALOR COMERCIAL DEL BIEN: VT = 41,280.68M2 X us$ 76.00 / m2 VT = US $ 3´137,331.68