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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2012 (04/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 77

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de enero de 2012 458567 fecha de entrada en vigencia de la presente Ley cuente con más de tres (03) años de servicios consecutivos ocupen plaza presupuestada vacante bajo la modalidad de servicios personales, así como reúnan los requisitos establecidos en las leyes de carrera correspondientes. Dicho nombramiento no demandará recursos adicionales al tesoro público y se efectúa previo concurso público de meritos, cuya organización será realizada por la Autoridad Nacional del Servicio-SERVIR. Que, mediante Decreto Supremo Nº 111-2010-PCM, se aprueba los lineamientos para el Nombramiento del personal contratado, se considera la formulación de tres listas, debiendo estar comprendidos en la lista 1, por Proceso Abreviado, los servidores contratados que hayan participado de Concurso Público de Meritos y que cumplan los demás requisitos establecidos en la norma. Que, el artículo 3º de la citada norma dispone que solo podrán, participar en el Concurso de Nombramiento por Concurso o Abreviado el personal contratado por servicios personales de todas las entidades de la administración pública, en el marco de los dispuesto por el inciso h) del artículo 8º de la Ley Nº 29289 Ley del Presupuesto del Año Fiscal 2009 ampliada, por las Leyes 29465 y 29626; que en base a los lineamientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 111-2010-PCM Y Decreto de Urgencia 113-2009; se encuentren ocupando plaza de personal contratado por servicios personales con más de tres años de servicios al primero de Enero del año 2010, realizando labores de naturaleza permanente. Que, el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y Decreto Supremo Nº 005-90-PCM-Reglamento de la Carrera Administrativa, constituyen los dispositivos de carácter general aplicables a los Servidores Públicos que con carácter estable prestan servicios de naturaleza permanente en la Administración Pública. Que, mediante Resolución Gerencial Nº 060-2011- GAF/MDI, se considera a la servidora en la Lista 1, de Nombramiento Abreviado porque viene laborando en esta entidad edil hace más de tres años consecutivos al 1 de Enero del año 2010, ocupando plaza presupuestada en el Cuadro de Asignación de Personal-CAP, en la condición de Servicios Personales, efectuando labores de naturaleza permanente y por haber participado en un Concurso Público de Méritos. Que, la Sub. Gerencia de Personal mediante el Informe Nº 1539-2011-SGP/GAF/MDI, fundamenta las razones por la cual la Servidora ROCIO DEL PILAR SANCHEZ VALVERDE, reúne los requisitos para ser nombrada mediante PROCESO ABREVIADO, por haber participado en el año 1999 en un proceso por Concurso Público de Méritos para ocupar la plaza de Auxiliar Coactivo, en la condición de contratada por servicios Personales. De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 111-2010-PCM, Decreto de Urgencia Nº 113- 2009-PCM así como lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en el Pleno ejercicio de las facultades establecidas por los numerales 6 y 28 del artículo 20º de la Ley Nº 27972 de la Ley Orgánica de Municipalidades y en concordancia con las consideraciones precedentes. SE RESUELVE: Artículo Primero.- NOMBRAR en calidad de Personal Permanente comprendida en la Carrera Pública sujeta al Decreto Legislativo Nº 276, a ROCIO DEL PILAR SANCHEZ VALVERDE, comprendiéndola desde el 1º de Enero del año 2012 en la Planilla Única de Pagos del Personal Nombrado de la Municipalidad Distrital de Independencia. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y la Sub. Gerencia de Personal el fi el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución y la Secretaría General su notifi cación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 736234-2 MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 371-MDJM Mediante Ofi cio Nº 001-2012-MDJM/A, la Municipalidad Distrital de Jesús María solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 371-MDJM publicada en la edición del día 28 de diciembre de 2011. En la Parte Resolutiva Artículo Cuarto: DICE: “... del señor Alfredo de Cárdenas Leguía, en el cargo de Gerente General de la Mancomunidad Municipal ... DEBE DECIR: “... del señor Jorge Alfredo de Cárdenas Leguía, en el cargo de Gerente General de la Mancomunidad Municipal ... 735887-1 MUNICIPALIDAD DE LINCE Modifican el procedimiento administrativo Nº 14.01 “Suspensión de Cobranza Coactiva de Deudas Tributarias y No Tributarias” de la Unidad de Ejecución Coactiva DECRETO DE ALCADIA Nº 18-2011-ALC-MDL Lince, 29 de diciembre del 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE: VISTOS: El Informe Nº 896-2011-MDL-OAJ de fecha 19 de Diciembre del 2011, remitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y: CONSIDERANDO: Que, la constitución Política del Perú en su Art. 194°, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ofi cio Nº 206-2011-MDL-OCI de fecha 30 de Noviembre del 2011, el Órgano de Control Institucional (OCI) remite la Hoja de Evaluación Nº 020- 2011-OCI/MDL correspondiente al Informe Resultante de la Actividad de Control Nº 2-2156-2011-006 – “Informe sobre el Estado de los Procedimientos Administrativos del TUPA de la Municipalidad Distrital de Lince, en cumplimiento de la Ley Nº 29060 – Ley del Silencio Administrativo- Periodo Noviembre del 2011”; Que, el Órgano de Control Institucional formula la Recomendación Nº 2 contenida en el instrumento citado precedentemente, en los siguientes términos: “Que la Gerencia Municipal disponga que la Secretaria General en coordinación con la Ofi cina de Asesoría Jurídica, meritúen la corrección en el TUPA de la Municipalidad, respecto al rubro 14.01 concerniente a: “Solicitud de Suspensión de Cobranza Coactiva de Deuda No Tributaria”, considerando el Artículo 16º a cambio del Artículo 31º” del Texto Único