Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2012 (04/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 80

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de enero de 2012 458570 SON: TRES MILLONES CIENTO TREINTA Y SIETE MIL, TRESCIENTOS TREINTA Y UNO CON 68/100 DÓLARES AMERICANOS. Artículo 2º.- Ratifi car en sus demás extremos el Acuerdo Municipal Nº 172-2011-MPA de fecha 22 de noviembre de 2011. Artículo 3º.- Encomendar a la Sub Gerencia de Relaciones Públicas y Prensa la publicación del presente Acuerdo Municipal en el Diario Ofi cial de la localidad así como en el Diario Ofi cial El Peruano, y a la Sub Gerencia de Informática y Estadística, la publicación en el portal institucional (www.muniarequipa.gob.pe). Artículo 4º.- Disponer que el presente Acuerdo Municipal sea puesto en conocimiento de los interesados conforme a Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALFREDO ZEGARRA TEJADA Alcalde de Arequipa 735884-1 Designan responsable de la elaboración y actualización del portal de transparencia de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1651-2011-MPA Arequipa, 28 noviembre 2011 VISTOS: El Ofi cio Nº 399-2011-MPA/OCI referente a la implementación de recomendaciones y el memorando Nº 1373-2011-MPA/GM sobre designación del responsable de la elaboración del portal de Internet, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, señala que dicha Ley tiene como fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información, consagrado en el numeral 5) del artículo 2º de la Constitución Política; Que, de conformidad con el principio de publicidad regulado en la Ley citada en el considerando precedente, todas las actividades y disposiciones de las entidades de la Administración Pública están sometidas al principio de publicidad; Que, de acuerdo al artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, el Estado adoptará medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pública, y tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en la aplicación del principio de publicidad; Que, para tal efecto, el último párrafo del artículo señalado, establece que la entidad pública designará al funcionario responsable de entregar la información solicitada. Asimismo, el artículo 8º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, dispone que todas las entidades obligadas a brindar información, identifi carán bajo responsabilidad de su máximo representante, al funcionario responsable de brindar información solicitada en virtud a la referida Ley y en caso de que no se le hubiera designado las responsabilidades administrativas y penales recaerán en el secretario general de la institución o quien haga sus veces; Que, el artículo 5º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, establece que las entidades de la Administración Pública establecerán progresivamente, de acuerdo a su presupuesto, la difusión a través de Internet de información referida a información presupuestal, adquisiciones de bienes y servicios y actividades ofi ciales que desarrollarán o desarrollaron los altos funcionarios de la respectiva entidad, entre otras; Que, dicha norma señala además que la entidad pública deberá identifi car al funcionario responsable de la elaboración de los portales de Internet; Que, en ese sentido, resulta necesario designar al funcionario responsable de brindar información a que se refieren los artículos 3º y 5º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, y al funcionario responsable de la elaboración del portal de Internet a que se refiere el artículo 5º de la norma antes mencionada; Esta Alcaldía, de conformidad a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972; RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor JAIME ARNALDO SÁNCHEZ ZEBALLOS, como servidor responsable de la elaboración y actualización del portal de transparencia de la Municipalidad Provincial de Arequipa a que se refi ere el artículo 5º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM. Artículo 2º.- Disponer que todas las dependencias de la Municipalidad Provincial de Arequipa, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, proveerán en los plazos establecidos, la información que les soliciten las Ofi cinas de Secretaría General y la Sub Gerencia de Informática y Estadística. Artículo 3º.- Disponer que en cumplimiento del Artículo 7º “Coordinación interna para el cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública” de la Directiva N° 001-2010-PCM-SGP, cada unidad orgánica responsable del procesamiento de la información deberá designar un coordinador para la actualización del portal de transparencia. Artículo 4º.- Disponer a las Gerencias, Sub Gerencias y Jefaturas de Ofi cina, bajo responsabilidad, remitan la información necesaria, a fi n de mantener actualizado el portal de transparencia de la Municipalidad Provincial de Arequipa a través de sus coordinadores. Artículo 5º.- Disponer se evalúe la procedencia de delegar funciones bajo responsabilidad, a las unidades orgánicas responsables del procesamiento de la información, a fin de que estas ingresen directamente la información que se encuentra bajo su responsabilidad a través de gestores de contenidos diseñados por la Sub Gerencia de Informática y Estadística, en coordinación y supervisión directa del responsable de la elaboración y actualización del portal de transparencia de la Municipalidad Provincial de Arequipa. Artículo 6º.- Disponer que en cumplimiento del Artículo 6o “Funcionario o servidor poseedor de la información” del Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, el Sub Gerente de Logística, cumpla con remitir en un plazo perentorio la información solicitada por el Sub Gerente de Informática y Estadística, a fi n de actualizar el portal de transparencia de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALFREDO ZEGARRA TEJADA Alcalde de Arequipa 735882-1