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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 11 de enero de 2012 458937 representante del Ministerio de Defensa como miembro del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial; Que, se ha estimado conveniente dejar sin efecto dicha designación, por lo que resulta necesario designar a la persona que llevará a cabo tal representación; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 21021 – Ley de Creación de la Caja de Pensiones Militar Policial, modifi cado por las Leyes Nº 28541y Nº 28962, la Ley Nº 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, la Ley Nº 29605 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y el Decreto Supremo Nº 001- 2011-DE/, mediante el cual se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto el artículo 2° de la Resolución Ministerial Nº 010-2012-DE/SG, quedando subsistente en sus demás extremos. Artículo 2.- Designar al señor General de División (R) EP Wilver Alfredo Calle Girón, como miembro del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial, en representación del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 739612-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 DECRETO SUPREMO Nº 002-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS, la cual determina su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, estableciendo que es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público y constituye un pliego presupuestal; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la citada Ley dispone la adscripción al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, de los programas sociales que actualmente se encuentran en los Pliegos 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES y 001: Presidencia del Consejo de Ministros – PCM; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final de la referida Ley establece que el Poder Ejecutivo propondrá las modifi caciones presupuestarias, en el ámbito institucional, que sean necesarias como consecuencia de las adscripciones, fusiones y transferencia de funciones que se realicen para la implementación del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 29812 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, vigente a partir del día siguiente de la publicación de la referida Ley, señala que las modifi caciones presupuestarias indicadas en la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29792, se realizarán mediante Decreto Supremo; Que, la Cuarta Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Supremo Nº 001-2011- MIDIS, precisa que los programas y funciones a los que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29792, quedarán formalmente adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social a partir del 01 de enero de 2012; Que, el fi nanciamiento de los programas señalados en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29792, en lo que corresponde a los programas provenientes del MIMDES, se efectuará con cargo a los recursos que se transfi eren de la Reserva de Contingencia por el monto de UN MIL TRESCIENTOS TRECE MILLONES QUINIENTOS VEINTITRES MIL QUINIENTOS SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 313 523 506,00) a favor del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS; Que, asimismo, el fi nanciamiento del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres “JUNTOS”, señalado en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29792, se efectuará con cargo a los recursos programados en la U.E. 010 de dicho Programa, en el Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, por la suma de OCHOCIENTOS VEINTIDOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 822 000 000,00), los mismos que se encuentran previstos en la Ley Nº 29812 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, conforme se muestra en los Anexos de la citada Ley; Que, el artículo 23º de Ley Nº 29792 señala la composición del Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social, dentro del cual se encuentra la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS), cuya Secretaría Técnica recae en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, el fi nanciamiento de la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS), se efectuará con cargo a los recursos programados en la U.E. 003 Secretaría General – PCM, en el Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, por la suma de DOS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 754 791,00); Que, resulta necesario aprobar la transferencia de partidas a favor del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS, para fi nanciar las actividades de los programas sociales adscritos al MIDIS, así como de la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales – CIAS; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el artículo 45º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 29812 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; DECRETA: Artículo 1º.- Transferencia de Partidas 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de UN MIL TRESCIENTOS TRECE MILLONES QUINIENTOS VEINTITRES MIL QUINIENTOS SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 313 523 506,00), de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ACTIVIDAD 5.000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 1 313 523 506,00 _______________ TOTAL EGRESOS 1 313 523 506,00 ============== A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 040 : Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios