Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2012 (15/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 15 de enero de 2012

Articulo 3°.- Condonar en un cien por ciento (100%) el saldo de la Multa Administrativa, a los administrados que hayan suscrito convenio de fraccionamiento o realizado pago a cuenta de la misma, y que hubieren subsanado, regularizado y/o cesado de hecho en la infraccion incurrida, MORDAZA de la entrada en vigencia de la presente ordenanza. Articulo 4°.- Rebajar en un noventa por ciento (90%) el pago de las Multas Administrativas impuestas en aplicacion de la Ordenanza Nº 03-2001-C/MC, su modificatoria Ordenanza Nº 116-C/MC y la Ordenanza Nº 275-C/MC, Incluyendo los reajustes, costos y gastos de cobranza generados en la via ordinaria y coactiva; a los administrados que, durante la vigencia de la presente ordenanza, subsanen, regularicen y/o hayan cesado de hecho la infraccion incurrida. Estan comprendidas las multas administrativas que se encuentren en MORDAZA de cobranza coactiva. Articulo 5°.- Las multas condonadas o canceladas en aplicacion de la presente Ordenanza, se declararan extinguidas en la via ordinaria o coactiva, mediante Resolucion de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Control Municipal o la Gerencia de Administracion Tributaria, segun corresponda. Articulo 6°.- No se encuentran comprendidas en los beneficios senalados en los articulos anteriores, las Multas Administrativas siguientes: · Las impuestas por los Codigos de Infraccion: 1001, 1002, 1003, 1004, 1006, 1007, 1009, 1020, 1023, 1024, 1026, 1027, 1028, 1039, 1041, 1042, 1045, 1046, 1047, 1048, 1049, 1050, 1051, 2004, 2006, 2012, 2018, 2021, 2023, 2024, 2025, 2026, 2027, 2028, 3003, 4004, 4005, 5001 y 6003 de la Ordenanza N° 116-C/MC; y 06-0101, 08-0101 y 08-0201 de la Ordenanza Nº 275-C/MC. Articulo 7°.- Establecer que todos aquellos que se encuentren comprendidos y se acojan a la presente Ordenanza, se les tendra por desistido el recurso impugnatorio que hayan interpuesto, remitiendose los mismos al archivo definitivo correspondiente. Asimismo, no seran sujeto de devolucion los montos parciales o totales pagados por las Multas Administrativas MORDAZA de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Articulo 8°.- No estan comprendidas en los beneficios senalados en los articulos precedentes, las sanciones Administrativas que se encuentren en la Via Judicial y los que se encuentren en MORDAZA de cobranza coactiva con medida cautelar en ejecucion. Articulo 9°.- La presente Ordenanza regira a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, y tendra una vigencia de sesenta (60) dias habiles. Cumplido el plazo, la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Control Municipal, evaluara los resultados de la misma. Articulo 10°.- Encargar la implementacion, difusion y cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Control Municipal, Gerencia de Administracion Tributaria, Gerencia de Administracion y Finanzas, y a la Secretaria General. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal, a los veintiseis dias del mes de diciembre del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA KUSUNOKI FUERO MORDAZA 736883-2

El Concejo Municipal del Distrito de Comas en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 11.01.2012; y, CONSIDERANDO: Que, los Articulos 194º de la Constitucion Politica del Estado modificados por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 28607, concordantes con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, senala que los Organos de Gobierno Local son las Municipalidades Provinciales y Distritales, las cuales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomia que debe ser ejercida con sujecion al ordenamiento juridico imperante; Que, de conformidad con el articulo 9º numeral 15) de la Ley Organica de Municipalidades senala constituir comisiones ordinarias y especiales, conforme a su reglamento; Que, el articulo 82º del Reglamento Interno de Concejo Municipal aprobado mediante Ordenanza Nº 118-C/MC, publicado en el diario oficial El Peruano el 26.05.04 y sus modificatorias Ordenanza Nº 182-C/MC y Ordenanza Nº 256-C/MC, publicada en el diario oficial El Peruano el 15.02.06 y el 17.02.08 respectivamente, establece el numero de Comisiones Permanentes con el que cuenta el Concejo Municipal de Comas, las mismas que corresponderan a las competencias, atribuciones y funciones de la Municipalidad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 055-2010-MTC, se aprueba el Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Motorizados o No Motorizados el cual establece en su septima disposicion complementaria final, que cada Municipio Distrital cuenta con una Comision Tecnica Mixta, la cual es autonoma y esta integrada por los regidores de la Comision de Transporte o por la Comision que haga sus funciones, por representantes acreditados de la PNP y de las Organizaciones de Transportadores del servicio especial. A la fecha constatandose la inexistencia de una Comision de Transporte o de alguna que haga sus funciones, se hace necesario la implementacion de una Comision Permanente de Transporte de la Municipalidad Distrital de Comas; Que, mediante Informe Nº 052-2011-GDU/MC de fecha 24 de febrero del 2011, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA opina que se hace necesario la constitucion de una Comision Permanente de Transporte de la Municipalidad Distrital de Comas, la misma que deberia tener las siguientes funciones: la de elaborar, actualizar y revisar las politicas generales del Concejo en el area de transporte, acorde a lo dispuesto en el articulo 81º de la Ley Organica de Municipalidades y demas normas pertinentes, y proponer las normas necesarias al Concejo y la Alcaldia; evaluar el plan de trabajo del area de transporte, proponiendo correctivos y cambios pertinentes; dictaminando los proyectos de Ordenanza, Acuerdos o Resoluciones que se pongan a su consideracion, participar en la formulacion de proyectos y planes de desarrollo destinados a fomentar el orden del MORDAZA y el transporte publico en la jurisdiccion del distrito de Comas, las demas que prevea el Reglamento Interno del Concejo o que les encargue el Concejo municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 327-MDC de fecha 25.02.2011, se aprobo la modificacion del articulo 82º del Reglamento Interno del Concejo Municipal de Comas, quedando constituida las siguientes Comisiones: 1.- La Comision de Administracion, Planificacion, Economia y Finanzas. 2.- La Comision de Asuntos Juridicos. 3.La Comision de Desarrollo Urbano. 4.- La Comision de Participacion vecinal. 5.- La Comision de Desarrollo Ambiental. 6.- La Comision de Desarrollo Humano. 7.- La Comision del Programa de Vaso de Leche y Programa de Asistencia Social y Alimentaria. 8.- La Comision de Fiscalizacion. 9.- La Comision de Desarrollo Economico y 10.- La Comision de Transporte, las mismas que fueron constituidas acorde a la Estructura Organica registrada en la Ordenanza Nº 288-C/MC de fecha 19.05.2009, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones ROF ano 2009;

Modifican el Reglamento Interno del Concejo Municipal aprobado mediante Ordenanza Nº 327-MDC
ORDENANZA Nº 353-MDC EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS

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