TEXTO PAGINA: 22
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 15 de enero de 2012 459296 declara de Interés, Utilidad Pública y Necesidad Regional la Inversión Privada, estableciendo compromisos para el Desarrollo de sus Actividades en el Departamento de Junín, que consta de VIII Títulos, 28 artículos y cuatro Disposiciones Complementarias y Finales. Artículo Segundo.- ENCARGAR a las Gerencias y Direcciones Regionales, Direcciones Regionales Sectoriales la aplicación y cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento señalado en el Artículo Primero del presente Decreto Regional. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VLADIMIR ROY CERRON ROJAS Presidente 740804-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Establecen conformidad de la Res. Nº 093-2011/GDUR-MDC expedida por la Municipalidad de Carabayllo, que resuelve aprobar regularización de habilitación urbana ejecutada de terreno RESOLUCIÓN Nº 242-2011-MML-GDU-SPHU Lima, 14 de diciembre de 2011 LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Expediente Nº 196069-2011, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Carabayllo, remite los actuados administrativos, conteniendo la Resolución de Gerencia Nº 093-2011/GDUR-MDC de fecha 14 de febrero de 2011, aprobando la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada, del “Programa de Vivienda Residencial La Planicie de Carabayllo para los usos Residencial de Densidad Media “RDM” y Comercio Zonal “CZ”, del terreno de 31,500.00 m², solicitada por INMOBILIARIA CONSTRUCTORA TAIPE SAC; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Gerencia Nº 093- 2011/GDUR-MDC de fecha 14 de febrero de 2011 (fs. 105 al 113 ), que resuelve aprobar la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada, denominada “Programa de Vivienda Residencial La Planicie de Carabayllo, para los usos Residencial de Densidad Media “RDM” y Comercio Zonal “CZ”, del terreno de 31,500.00 m², constituido por la Parcela Nº 57, Código Catastral Nº 10500, Proyecto Punchauca-Lima Norte Valle Chillón, Distrito de Carabayllo, Provincia y Departamento de Lima, de conformidad al Plano signado con el Nº 002- 2011/GDUR-MDC y Memoria Descriptiva, con el fi n de obtener la conformidad correspondiente; Que, con Informe Nº 397-2011-MML-GDU-SPHU- DCO, de fecha 13 de diciembre de 2011 (fs.119 al 122), la División de Control de Obras de esta Subgerencia manifi esta, que la presente Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada, denominada “Programa de Vivienda Residencial La Planicie de Carabayllo”, para los usos Residencial de Densidad Media “RDM” y Comercio Zonal “CZ”, del terreno de 31,500.00 m², constituido por la Parcela Nº 57, Código Catastral Nº 10500, Proyecto Punchauca-Lima Norte Valle Chillón, Distrito de Carabayllo, aprobada mediante la Resolución de Gerencia Nº 093-2011/GDUR-MDC de fecha 14 de febrero de 2011, cumple con los Planes Urbanos respecto a zonifi cación, por cuanto el predio materia de evaluación respeta las dos zonifi caciones con las que se encuentra califi cado el terreno Comercio Zonal – CZ (con frente a la Av. Universitaria) y Residencial de Densidad Media - RDM (en la parte posterior), de conformidad a lo establecido en la Ordenanza Nº 1015-MML; a vías por cuanto el terreno se encuentra afecto a una vía perteneciente al Sistema Vial Metropolitano: la Avenida Universitaria califi cada como vía Arterial de sección A-160 es de 66.00 ml; la cual se está proponiendo con una sección de 68.80 ml, teniendo en cuenta la aprobación otorgada al colindante Programa de Vivienda Residencial Montecarlo en la cual se defi nió esta sección, determinando para la vereda un ancho de 3.00 ml y para la berma de estacionamiento de 3.40 ml. en virtud de lo dispuesto en el artículo 8º de la Norma GH.020 del Reglamento Nacional de Edifi caciones; respetando la sección y los módulos que forman parte de dicha sección de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 341-MML; y aportes reglamentarios, por cuanto éstos han sido calculados respetando las dos zonifi caciones del terreno de conformidad a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 836- MML, por lo que la propuesta resulta conforme; Que, mediante Informe Nº 317-2011-MML-GDU- SPHU-AL, de fecha 14 de diciembre de 2011 (fs. 123 al 124), el Área Legal de esta Subgerencia señala, que se encuentra acreditada la propiedad a favor de empresa INMOBILIARIA CONSTRUCTORA TAIPE SAC, del terreno de 31,500.00 m², el mismo que consta inscrito en la Partida Electrónica Nº P01008509 del Registro de Predios de Lima - Zona Registral Nº IX (fs. 70 al 78); dejando constancia que la administrada no ha adjuntado poder que acredite la representatividad de la misma, en virtud de lo cual viene tramitando el presente procedimiento administrativo de Habilitación Urbana; Que, de acuerdo a la evaluación técnica y legal, señalada en los Informes Nº 397-2011-MML-GDU- SPHU-DCO y Nº 317-2011-MML-GDU-SPHU-AL, ambas de fecha 13 y 14 de diciembre 2011, respectivamente; la presente Habilitación Urbana, cumple los Planes Urbanos, en lo referente a zonifi cación, vías y a aportes reglamentarios; por lo que en observancia de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y el Decreto de Alcaldía Nº 079, corresponde a esta Subgerencia Establecer la Conformidad de la Resolución de Gerencia Nº 093-2011/GDUR-MDC de fecha 14 de febrero de 2011, expedida por la Municipalidad Distrital de Carabayllo; Con el visto bueno de la División de Control de Obras y del Área Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y las Leyes Nº 26878, Ley Nº 27444, Reglamento Nacional de Edifi caciones - RNE, Ordenanzas Metropolitanas Nº 1105-MML, Nº 341-MML, Nº 836-MML, Decreto de Alcaldía Nº 079-05 y Resolución Nº 33-2006-MML-GDU; SE RESUELVE: Artículo 1°.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD de la Resolución de Gerencia Nº 093-2011/GDUR- MDC de fecha 14 de febrero de 2011, expedida por la Municipalidad Distrital de Carabayllo, que resuelve aprobar la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada, denominada “Programa de Vivienda Residencial La Planicie de Carabayllo, para los usos Residencial de Densidad Media “RDM” y Comercio Zonal “CZ”, del terreno de 31,500.00 m², constituido por la Parcela Nº 57, Código Catastral Nº 10500, Proyecto Punchauca-Lima Norte Valle Chillón, Distrito de Carabayllo, Provincia y Departamento de Lima, con el plano signado con el Nº 002-2011/GDUR-MDC y la Memoria Descriptiva, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a la empresa INMOBILIARIA CONSTRUCTORA TAIPE SAC; y a la Municipalidad Distrital de Carabayllo, para su conocimiento y fi nes. Artículo 3°.- DAR por agotada la vía administrativa.