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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 15 de enero de 2012 459290 a regulación de tarifas, los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario proporcionados por las entidades prestadoras de servicios de saneamiento. El artículo 96º del Decreto Supremo Nº 023-2005- VIVIENDA, Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, señala que la SUNASS defi nirá y aprobará la fórmula tarifaria que corresponde a cada EPS, para cada quinquenio, en función al Plan Maestro Optimizado que presenten las EPS. Mediante Resolución de Consejo Directivo N° 041- 2010-SUNASS-CD, se aprobó (i) la publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en la página web de la SUNASS, del proyecto de resolución que apruebe la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias, metas de gestión, así como de su exposición de motivos y la relación de informes que constituyen el sustento de la referida resolución, y (ii) la convocatoria a audiencia pública para que la SUNASS exponga el Estudio Tarifario. Mediante Resolución Nº 062-2011-SUNASS-CD se aprueban los Lineamientos para el Periodo de Transición Relativo a las EPS no comprendidas en la Modifi cación de las Condiciones de Aplicación del Modelo Regulatorio de SUNASS. II ANALISIS La separación de las metas de gestión de la EPS EPSSMU se realiza en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 062-2011-SUNASS-CD, así de acuerdo al cronograma aprobado por la Gerencia General de la SUNASS. En tal sentido, la Gerencia de Regulación Tarifaria ha procedido a evaluar las metas de gestión de la mencionada EPS, separando dichas metas de acuerdo a la fuente de fi nanciamiento que permite que puedan ser cumplidas. Asimismo, se establecen los porcentajes que deberán transferirse al Fondo de Inversiones, teniendo en cuenta la separación de las metas. Es importante, destacar que en ningún caso la separación de las metas de gestión implica la modifi cación de la tarifa media, ni de la estructura tarifaria. III. CONSIDERACIONES LEGALES.- III.1 Facultades del Organismo Regulador De acuerdo con el literal b), inciso 3.1 del artículo 3° de la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Pública en los Servicios Públicos, y los artículos 24° y 26° del Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, Reglamento General de la SUNASS, este Organismo Regulador es competente para establecer la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión correspondiente a EPS públicas y privadas que prestan servicios de saneamiento. El artículo 30° de la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento establece que corresponde a la SUNASS establecer la normatividad, los procedimientos y las fórmulas para el cálculo de las tarifas. El artículo 85º del Decreto Supremo Nº 023-2005- VIVIENDA, Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, establece que la Superintendencia es el organismo encargado de conducir el Sistema Tarifario, regulando y controlando su aplicación a las EPS municipales, públicas, privadas y mixtas. Mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 061- 2011-SUNASS-CD se incorporó al Reglamento General de Tarifas el artículo 6A que establece las condiciones de aplicación del régimen tarifario. IV IMPACTO ESPERADO.- La aprobación de la separación de las metas de gestión de EPSSMU S.R.L. contribuye a diferenciar la tarifa básica que considera los costos e ingresos relacionados a aquellos proyectos que la empresa puede fi nanciar con recursos internamente generados, la tarifa condicionada que incluye los costos e ingresos relacionados a aquellos proyectos fi nanciados y/o ejecutados con recursos de terceros, con el objeto de que la EPS no se vea afectada al no alcanzar un incremento tarifario producto del incumplimiento de metas de gestión vinculadas a proyectos costeados y/o ejecutados con recursos de terceros. DOCUMENTOS QUE SUSTENTAN LA SEPARACION DE METAS DE GESTION DE LA EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO MUNICIPAL DE UTCUBAMBA – EPSSMU S.R.L. Informe Nº 001-2012-SUNASS-110 emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria, que presenta la propuesta de modifi cación del cronograma de metas de gestión y disgregación de los incrementos tarifarios según correspondan a proyectos fi nanciados con recursos no reembolsables, proyectos fi nanciados con las demás fuentes de fi nanciamiento y atribuibles al Programa de Medidas de Rápido Impacto, comprendidos dentro de los alcances de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión de EPSSMU S.R.L. 741189-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Asignan Gerente Público al cargo de Gerente Regional de Administración del Gobierno Regional de La Libertad RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 013-2012-SERVIR-PE Lima, 13 de enero de 2012 VISTOS, el Informe Nº 003-2012-SERVIR/GDCGP de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos y el Acta de Comité de Gerentes Nº 02-2012, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1024 se crea y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos, al que se incorporan profesionales altamente capaces, seleccionados en procesos competitivos y transparentes, para ser destinados a entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que así lo requieran a la Autoridad Nacional del Servicio Civil; Que, el artículo 12º del Reglamento del Régimen Laboral del Cuerpo de Gerentes Públicos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM, dispone que los candidatos que se hubieren incorporado al Cuerpo de Gerentes Públicos serán asignados a un cargo de destino siempre que cuenten con vacantes; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 163-2011-SERVIR-PE, el señor José Luis Zavaleta Pinedo fue incorporado al Cuerpo de Gerentes Públicos; Que, mediante los Ofi cios Nº 0317 y Nº 207 -2011- GRLL/PRE, el Gobierno Regional de La Libertad, requiere la asignación de un Gerente Público para ocupar el cargo de Gerente Regional de Administración, dicho cargo de destino fue aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 012-2012 –SERVIR-PE; Que, el Consejo Directivo en su sesión Nº 02- 2012 aprobó la asignación del Gerente Público José Luis Zavaleta Pinedo al cargo de Gerente Regional de Administración del Gobierno Regional de La Libertad; Con la visación de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica;