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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ENERO DEL AÑO 2012 (15/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 15 de enero de 2012 459289 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Aprueban separación de las Metas de Gestión de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Municipal Utcubamba y disgregación de incrementos tarifarios a que se refiere la Res. Nº 001-2011-SUNASS-CD RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 003-2012-SUNASS-CD Lima, 13 de enero de 2012 VISTO: El Informe Nº 001-2012-SUNASS-110 emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria en aplicación de la Resolución de Consejo Directivo Nº 062-2011-SUNASS- CD, mediante el cual presenta la propuesta de separación de las metas de gestión y disgregación de los incrementos tarifarios aprobados para la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Municipal de Utcubamba (en adelante EPSSMU S.R.L.), mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 001-2011-SUNASS-CD; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 001-2011-SUNASS-CD, se aprobó la Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión que serán de aplicación por EPSSMU S.R.L. para el próximo quinquenio; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 062-2011-SUNASS-CD se aprobaron los “Lineamientos para el Período de Transición Relativo a las EPS no comprendidas en la Modifi cación de las Condiciones de Aplicación del Modelo Regulatorio de SUNASS” (en adelante los Lineamientos); Que, el numeral 3.1 del artículo 3º de los Lineamientos establece que la Gerencia de Regulación Tarifaria a través de la Gerencia General propondrá al Consejo Directivo, para su aprobación, una separación del segmento de las metas de gestión que corresponden a recursos no reembolsables de aquellos atribuibles a las demás fuentes de fi nanciamiento, correspondiendo a su vez la disgregación de los incrementos tarifarios relacionados con dichas metas; Que, el artículo 2º de los Lineamientos señala que sus disposiciones serán de aplicación para el caso de los proyectos fi nanciados con recursos involucrados en el Programa de Medidas de Rápido Impacto (PMRI) y similares; Que, mediante el informe de vistos, la Gerencia de Regulación Tarifaria ha presentado la propuesta de separación de metas de gestión aprobadas para EPSSMU S.R.L., así como la correspondiente disgregación de los incrementos tarifarios asociados a (i) proyectos fi nanciados con recursos no reembolsables y (ii) proyectos fi nanciados con otras fuentes de fi nanciamiento; contemplados en el Estudio Tarifario Final que sustenta la Resolución de Consejo Directivo Nº 001-2011-SUNASS-CD; El Consejo Directivo en su sesión del 11/01/2012; HA RESUELTO: Artículo 1°.- APROBAR la separación de las Metas de Gestión de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Municipal Utcubamba, aprobadas mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 001-2011-SUNASS- CD, según las fuentes de fi nanciamiento (i) recursos no reembolsables y (ii) otras fuentes de fi nanciamiento, conforme al detalle consignado en el Anexo Nº 1 de la presente Resolución. Artículo 2º.- APROBAR la disgregación de los incrementos tarifarios previstos en la Resolución de Consejo Directivo Nº 001-2011-SUNASS-CD, de acuerdo al detalle siguiente: A. Incremento tarifario correspondiente a la tarifa básica Para el caso aquellos proyectos ejecutados y fi nanciados con recursos internamente generados por EPSSMU S.R.L., los incrementos sobre las tarifas medias por volumen (S/. / m3) a aplicarse para los primeros cinco años son: 1. Por el Servicio de Agua Potable 2. Por el Servicio de Alcantarillado T1 = To (1 + 0,065) (1 + ĭ) T1 = To (1 + 0,065) (1 + ĭ) T2 = T1 (1 + 0,078) (1 + ĭ) T2 = T1 (1 + 0,060) (1 + ĭ) T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ĭ) Donde: To : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente T1 : Tarifa media que corresponde al año 1 T2 : Tarifa media que corresponde al año 2 T3 : Tarifa media que corresponde al año 3 T4 : Tarifa media que corresponde al año 4 T5 : Tarifa media que corresponde al año 5 ĭ : Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor B. Incrementos tarifarios condicionados Para el caso de aquellos proyectos que son ejecutados y/o fi nanciados con recursos no reembolsables del Gobierno Regional de Amazonas, se establecerán incrementos tarifarios iguales a 9,5% para el servicio de agua potable y 8,7% para el servicio de alcantarillado y su aplicación estará sujeta al cumplimiento de las metas de gestión asociadas a los proyectos fi nanciados. Artículo 3°.- APROBAR la modifi cación del porcentaje de ingresos que deben ser destinados al fondo para fi nanciar las inversiones con recursos propios creado por Resolución de Consejo Directivo Nº 001-2011-SUNASS- CD, de acuerdo a lo previsto en el Anexo Nº 2 de la presente Resolución. Artículo 4°.- DISPONER que EPSSMU S.R.L. continúe aplicando la Estructura Tarifaria aprobada mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 001-2011-SUNASS- CD. Artículo 5°.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Los Anexos Nº 1 y 2, así como el Informe Nº 001-2012-SUNASS-110 de la Gerencia de Regulación Tarifaria, serán publicados en la página web de la SUNASS: www.sunass.gob.pe. Con la intervención de los señores consejeros José Salazar Barrantes, Jorge Olivarez Vega, Marlene Inga Coronado y Julio Durand Carrión. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ SALAZAR BARRANTES Presidente Consejo Directivo EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DE LA RESOLUCIÓN QUE APRUEBA LA SEPARACIÓN DE LAS METAS DE GESTIÓN DE LA EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO MUNICIPAL UTCUBAMBA EPSSMU S.R.L., APROBADAS MEDIANTE RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 001-2011-SUNASS-CD I. ANTECEDENTES El artículo 28º de la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, establece que están sujetos