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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ENERO DEL AÑO 2012 (15/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 15 de enero de 2012 459299 POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Comas, en Sesión Ordinaria del Concejo de fecha 26.12.2011; el Dictamen Nº 001-2011-CF-MDC emitido por la Comisión de Fiscalización; el Informe Nº 104-2011-GSCCM/MC y su Ampliación, emitido por la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Control Municipal; el Informe Nº 779-2011- GAJ-MDC de fecha 12.10.2011, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, respecto del Proyecto de Ordenanza que Otorga Benefi cios de Condonación y Rebajas del Pago de las Multas Administrativas; y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, las municipalidades son órganos de Gobierno Local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y conforme al Artículo 9° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde al Concejo Municipal: “Aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”, asimismo “Crear, modifi car o exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley”; Que, las Normas Municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes; determinándose mediante Ordenanza el régimen de sanciones administrativas y la escala de multas de acuerdo a la gravedad de las faltas; así como la imposición de las medidas complementarias; Que, es política de la actual gestión promover que los administrados logren el cambio voluntario y adecuen sus conductas que pueden tipifi carse como infracciones, al cumplimiento de las disposiciones municipales administrativas; asimismo, cumplan con formalizar sus actividades, sobre las cuales los Gobiernos Locales tienen competencia de regulación y control, para lo cual se deben brindar las facilidades y benefi cios conforme a Ley; Que, mediante Informe Nº 104-2011-GSCCM/ MC, y su Ampliación, formulado por la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Control Municipal, se propone el Otorgamiento de Benefi cios de Condonación y Rebajas del Pago de las Multas Administrativas a las personas naturales y jurídicas que hayan cumplido o que cumplan con subsanar o regularizar su conducta de acción u omisión constitutiva de infracción, y que hayan sido objeto de sanción administrativa. Asimismo, mediante Informe Nº 779-2011-GAJ/MDC, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es viable la aprobación del Proyecto de Ordenanza; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y demás normas pertinentes, con el voto mayoritario de los señores regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIOS DE CONDONACIÓN Y REBAJAS DEL PAGO DE LAS MULTAS ADMINISTRATIVAS Artículo 1°.- Condonar en un cien por ciento (100%) el pago de las Multas Administrativas impuestas en aplicación de la Ordenanza Nº 023-99-C/MC, incluyendo los reajustes, costos y gastos de cobranza generados en la vía ordinaria y coactiva. Artículo 2°.- Condonar en un cien por ciento (100%) el pago de Multas Administrativas impuestas en aplicación de la Ordenanza Nº 03-2001-C/MC y su modifi catoria Ordenanza Nº 116-C/MC, incluyendo los reajustes, costos y gastos de cobranza generados en la vía ordinaria y coactiva, a los administrados que hayan subsanado, regularizado y/o cesado de hecho en la infracción incurrida, antes de la entrada en vigencia de la presente ordenanza. Excepto los Códigos de Infracción 101, 102, 310, 1005, 1010 y 1011 de la Ordenanza en mención. REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES CON O SIN ANEXOS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, lo que deben tener en cuenta para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos: 1.- Junto a toda disposición, con o sin anexos, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete o cd rom con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. 2.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 3.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car, si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 4.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de alto x 24 cm. de ancho. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de Helvetica-Narrow 7 puntos. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete o cd rom o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL