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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ENERO DEL AÑO 2012 (15/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 15 de enero de 2012 459295 ii) Cierre de la Agencia ubicada en la Av. Oscar R. Benavides Nº 3866, Urb. El Águila, distrito de Bellavista, Provincia Constitucional del Callao. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 740791-1 UNIVERSIDADES Aprueban expedición de duplicado del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con Mención en Ingeniería Estadística de la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1868 Lima, 29 de diciembre de 2011 Visto el expediente SIGA: 2011-27227 presentado por el señor Fabricio Gabriel Peña Collantes, quien solicita duplicado de su diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Estadística; CONSIDERANDO: Que, el señor Fabricio Gabriel Peña Collantes, identifi cado con DNI N° 41543520, egresado de la Facultad de Ingeniería Económica y Ciencias Sociales de esta Casa de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedición del duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Estadística, por pérdida de dicho documento, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral N° 0122, del 18 de enero del 2008; Que, la Ofi cina de Trámite Documentario, Grados y Títulos de la Secretaría General de la Universidad, mediante informe de fecha 28-11-2011 precisa que el diploma del señor Fabricio Gabriel Peña Collantes, se encuentra registrado en el Libro de Bachilleres N° 10, página 300, con el número 29593-B; teniéndose en cuenta la documentación que acompaña según el Ofi cio N° 937-2011-1er. VR, de fecha 28 de noviembre del 2011, del Primer Vicerrector, Geól. José S. Martínez Talledo y la recomendación de la Comisión Académica y de Investigación en su sesión N° 50-2011 realizada el 19-12-2011; y, Que, el Consejo Universitario en su sesión extraordinaria N° 42 del 21 de diciembre del 2011 acordó aceptar lo solicitado y la expedición del duplicado del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Estadística; De conformidad con las facultades conferidas en el inciso c), artículo número 52° del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la expedición de duplicado del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención Ingeniería Estadística al señor Fabricio Gabriel Peña Collantes, otorgado el 01 de abril de 2009, anulándose el diploma otorgado anteriormente. Regístrese, comuníquese y archívese. AURELIO M. PADILLA RÍOS Rector 740706-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN Aprueban Reglamento de la Ordenanza Regional Nº 108-2011-GRJ/CR, que declara de interés, utilidad pública y necesidad regional la inversión privada, estableciendo compromisos para el desarrollo de sus actividades en la Región Junín DECRETO REGIONAL Nº 010-2011-GR-JUNÍN/PR Huancayo, 29 de diciembre de 2011 EL PRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN VISTOS: La Ordenanza Regional N° 108-2011-GRJ/CR, de fecha 22 de febrero de 2011, El Reporte N° 211-2011- GRJ/ORAJ, de fecha 28 de diciembre de 2011, y el Acta de Reunión de Gerentes del Gobierno Regional de Junín, de fecha 29 de diciembre de 2011. CONSIDERANDO: Que, el artículo 4° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala: ”Los gobiernos regionales tienen por fi nalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, el artículo 46° y 48° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece: “Las funciones específi cas que ejercen los Gobiernos Regionales se desarrollan en base a las políticas regionales, las cuales se formulan en concordancia con las políticas nacionales sobre la materia” y las “Funciones en materia de trabajo, promoción del empleo y la pequeña y microempresa”; Que, el Gobierno Regional Junín, viene desarrollando sus ejes estratégicos para el desarrollo regional, con el compromiso de respetar todas las libertades ciudadanas conculcadas en la Constitución del Estado, a efectos de elevar el desarrollo individual y colectivo de la sociedad. Por lo que, mediante Ordenanza Regional Nº 108-2011- GRJ/CR, que, “Declara de Interés, Utilidad Pública, y Necesidad Regional la Inversión Privada, estableciendo compromisos para el Desarrollo de sus Actividades en la Región Junín”; Que, el artículo 40º de la Ley, N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que “Los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias para la ejecución de las Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano”; Que, de conformidad con las atribuciones que le confi ere los artículos 20º, 21º literal d) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867, el literal e) del artículo 21º, y el artículo 27º del Reglamento de Organización y Funciones – ROF, vigente, contando el Acuerdo de los Gerentes Regionales, con la conformidad de la Gerencia General Regional y la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, el Presidente del Gobierno Regional Junín: DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el REGLAMENTO de la Ordenanza Regional N° 108-2011-GRJ/CR, que