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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ENERO DEL AÑO 2012 (15/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 15 de enero de 2012 459297 Artículo 4º.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, a cargo de la administrada, dentro de los 30 días siguientes de notifi cada la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MATILDE HINOSTROZA MORALES Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo Urbano 740823-1 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Crean el Voluntariado Juvenil del Distrito de Chaclacayo ORDENANZA MUNICIPAL Nº 254 Chaclacayo, 30 de noviembre de 2011 VISTO: El Informe Nº 062-2011/DPV-GDS/MDCH de la División de Participación Vecinal ; y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional – Ley Nº 27630 y la Ley Nº 28607, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 84º de la Ley Orgánica de Municipalidades señala como funciones exclusivas de las municipalidades distritales la planifi cación de estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza fundamentalmente dirigidos hacia la ejecucion de programas locales de apoyo a la población en riesgo, de niños, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de población en situación de discriminación y; la promoción del desarrollo integral de la juventud para el logro de su bienestar físico, psicológico, social, moral y espiritual, asi como la participación activa en la vida política, social, cultural y económica del gobierno local; Que, mediante Ley Nº 28238 se aprobó la Ley del Voluntariado, a través de la cual se declara de interés nacional la labor que realizan los voluntarios a nivel nacional en lo referido al servicio social que brindan a la comunidad de manera altruista y solidaria; Que, el servicio de voluntariado consiste en la actividad realizada sin fi nes de lucro, en forma gratuita y sin vínculos ni responsabilidad contractual. El Voluntariado comprende actividades de interés general para la población, como: actividades asistenciales, de servicios sociales, cívicas, de capacitación, culturales, científi cas, deportivas, sanitarias, de cooperación al desarrollo, de defensa del medio ambiente, de defensa de la economía o de la investigación, de desarrollo de la vida asociativa, entre otros; Que, en el distrito se observa que existe la necesidad de contar con el apoyo de la ciudadanía, con el objeto de apoyar y benefi ciar a niños, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores y otros segmentos de la población que se encuentren en estado de necesidad eventual. En ese sentido es imprescindible instaurar la fi gura del voluntariado municipal de jóvenes como elemento esencial y de valor insustituible en el desarrollo de labores sociales, y de colaboración permanente con sus ciudadanos; Que, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades y con el voto unánime de los miembros del concejo municipal, con dispensa de lectura y aprobación se actas, se aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE CREA EL VOLUNTARIADO JUVENIL DEL DISTRITO DE CHACLACAYO Artículo Primero.- CREAR el Voluntariado Juvenil del Distrito de Chaclacayo. Artículo Segundo.- APROBAR el Reglamento que regula el Voluntariado Juvenil de Chaclacayo el mismo que como anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Unidad de Tecnología de la Información y Comunicaciones la publicación del íntegro de la presente Ordenanza en la página web de la municipalidad www. munichaclacayo.gob.pe. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del presente dispositivo legal de conformidad con el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM - Reglamento de la Ley Nº 29091 - Ley que modifi ca el párrafo 38.3 del artículo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y establece la publicación de diversos dispositivos legales en el portal del Estado Peruano y en portales institucionales. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN Alcalde 740730-1 Aprueban el Reglamento Interno de Trabajo bajo modalidad de Contrato Administrativo de Servicios (C.A.S.) de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 256 Chaclacayo, 29 de diciembre de 2011 VISTO: En Sesión de Concejo de fecha, el Informe Nº 230-2011-GGM/MDCH de la Gerencia General Municipal e Informe Nº 217-2011-GAJ/MDCH de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, señala que las Municipalidades, son órganos que representan al vecindario de una ciudad o localidad, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales, fomentando el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral de su localidad; por ende gozan de autonomía política, económica y administrativa en los actos de su competencia, tal como lo indica el Artículo II, del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el Contrato Administrativo de Servicios (C.A.S.) es una modalidad contractual de la Administración Pública, privativa del Estado, que vincula a una entidad pública con una persona natural que presta servicios de manera no autónoma. Se rige por normas del derecho público y confi ere a las partes únicamente los benefi cios y las obligaciones que establece el Decreto Legislativo Nº 1057 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM, no estando sujeto a las disposiciones del Decreto Legislativo Nº 276 – Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de remuneraciones del Sector Público, ni al régimen laboral de la actividad privada, ni otro régimen de carrera especial; Que, asimismo, el régimen que regula el Contrato Administrativo de Servicios (C.A.S.) establece un nivel de ordenamiento y reconocimiento de derechos, los mismos que requieren de ciertas precisiones a efectos de garantizar su pleno ejercicio; Que, en ese sentido, el presente Reglamento regula los procesos y acciones para el control de asistencia, permanencia, disciplina y puntualidad del personal CAS que laboral en esta entidad edil, por ello, mediante Informe Nº 217-2011-GAJ/MDCH la Gerencia de Asesoría Jurídica luego de efectuar la revisión y análisis de la propuesta del proyecto, encontrando que se encuentra acorde a lo