Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2012 (15/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 15 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

459297

Articulo 4º.- PUBLICAR la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano", a cargo de la administrada, dentro de los 30 dias siguientes de notificada la misma. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo MORDAZA 740823-1

ORDENANZA QUE CREA EL VOLUNTARIADO JUVENIL DEL DISTRITO DE CHACLACAYO Articulo Primero.- CREAR el Voluntariado Juvenil del Distrito de Chaclacayo. Articulo Segundo.- APROBAR el Reglamento que regula el Voluntariado Juvenil de Chaclacayo el mismo que como anexo forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Unidad de Tecnologia de la Informacion y Comunicaciones la publicacion del integro de la presente Ordenanza en la pagina web de la municipalidad www. munichaclacayo.gob.pe. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion del presente dispositivo legal de conformidad con el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM - Reglamento de la Ley Nº 29091 - Ley que modifica el parrafo 38.3 del articulo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y establece la publicacion de diversos dispositivos legales en el MORDAZA del Estado Peruano y en portales institucionales. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA E. VALCARCEL CAHEN MORDAZA 740730-1

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Crean el Voluntariado Juvenil del Distrito de Chaclacayo
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 254 Chaclacayo, 30 de noviembre de 2011 VISTO: El Informe Nº 062-2011/DPV-GDS/MDCH de la Division de Participacion Vecinal ; y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional ­ Ley Nº 27630 y la Ley Nº 28607, establece que las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 84º de la Ley Organica de Municipalidades senala como funciones exclusivas de las municipalidades distritales la planificacion de estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza fundamentalmente dirigidos hacia la ejecucion de programas locales de apoyo a la poblacion en riesgo, de ninos, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de poblacion en situacion de discriminacion y; la promocion del desarrollo integral de la juventud para el logro de su bienestar fisico, psicologico, social, moral y espiritual, asi como la participacion activa en la MORDAZA politica, social, cultural y economica del gobierno local; Que, mediante Ley Nº 28238 se aprobo la Ley del Voluntariado, a traves de la cual se declara de interes nacional la labor que realizan los voluntarios a nivel nacional en lo referido al servicio social que brindan a la comunidad de manera altruista y solidaria; Que, el servicio de voluntariado consiste en la actividad realizada sin fines de lucro, en forma gratuita y sin vinculos ni responsabilidad contractual. El Voluntariado comprende actividades de interes general para la poblacion, como: actividades asistenciales, de servicios sociales, civicas, de capacitacion, culturales, cientificas, deportivas, sanitarias, de cooperacion al desarrollo, de defensa del medio ambiente, de defensa de la economia o de la investigacion, de desarrollo de la MORDAZA asociativa, entre otros; Que, en el distrito se observa que existe la necesidad de contar con el apoyo de la ciudadania, con el objeto de apoyar y beneficiar a ninos, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores y otros segmentos de la poblacion que se encuentren en estado de necesidad eventual. En ese sentido es imprescindible instaurar la figura del voluntariado municipal de jovenes como elemento esencial y de valor insustituible en el desarrollo de labores sociales, y de colaboracion permanente con sus ciudadanos; Que, en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades y con el MORDAZA unanime de los miembros del concejo municipal, con dispensa de lectura y aprobacion se actas, se aprueba la siguiente:

Aprueban el Reglamento Interno de Trabajo bajo modalidad de Contrato Administrativo de Servicios (C.A.S.) de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 256 Chaclacayo, 29 de diciembre de 2011 VISTO: En Sesion de Concejo de fecha, el Informe Nº 230-2011-GGM/MDCH de la Gerencia General Municipal e Informe Nº 217-2011-GAJ/MDCH de la Gerencia de Asesoria Juridica; y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, senala que las Municipalidades, son organos que representan al vecindario de una MORDAZA o localidad, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales, fomentando el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral de su localidad; por ende gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los actos de su competencia, tal como lo indica el Articulo II, del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que, el Contrato Administrativo de Servicios (C.A.S.) es una modalidad contractual de la Administracion Publica, privativa del Estado, que vincula a una entidad publica con una persona natural que presta servicios de manera no autonoma. Se rige por normas del derecho publico y confiere a las partes unicamente los beneficios y las obligaciones que establece el Decreto Legislativo Nº 1057 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM, no estando sujeto a las disposiciones del Decreto Legislativo Nº 276 ­ Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de remuneraciones del Sector Publico, ni al regimen laboral de la actividad privada, ni otro regimen de MORDAZA especial; Que, asimismo, el regimen que regula el Contrato Administrativo de Servicios (C.A.S.) establece un nivel de ordenamiento y reconocimiento de derechos, los mismos que requieren de ciertas precisiones a efectos de garantizar su pleno ejercicio; Que, en ese sentido, el presente Reglamento regula los procesos y acciones para el control de asistencia, permanencia, disciplina y puntualidad del personal CAS que laboral en esta entidad MORDAZA, por ello, mediante Informe Nº 217-2011-GAJ/MDCH la Gerencia de Asesoria Juridica luego de efectuar la revision y analisis de la propuesta del proyecto, encontrando que se encuentra acorde a lo

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