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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ENERO DEL AÑO 2012 (15/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 15 de enero de 2012 459277 exijan votación calificada o sean considerados como competencia exclusiva del Pleno del Congreso. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dada en el Palacio Legislativo, en Lima, a los cuatro días del mes de enero de dos mil doce, DANIEL ABUGATTÁS MAJLUF Presidente del Congreso de la República YEHUDE SIMON MUNARO Segundo Vicepresidente del Congreso de la República 741372-1 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Aceptan renuncia de Consejero Presidencial en asuntos económicos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 016-2012-PCM Lima, 14 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 247-2011- PCM, de fecha 22 de agosto de 2011, se designó al señor Oscar Alfonso Dancourt Masías, como Consejero Presidencial en asuntos económicos; Que, el referido funcionario ha presentado su renuncia al mencionado cargo, por lo que resulta pertinente emitir la resolución correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Oscar Alfonso Dancourt Masías, al cargo de Consejero Presidencial en asuntos económicos, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros 741374-2 ECONOMIA Y FINANZAS Aceptan renuncia y designan miembro del Directorio del Banco Agropecuario - AGROBANCO, en representación del Ministerio de Económia y Finanzas RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2012-EF Lima, 14 de enero de 2012 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL