Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ENERO DEL AÑO 2012 (15/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 15 de enero de 2012 459282 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, y el Decreto Supremo N° 135-2010/RE, norma que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, se ha adecuado la estructura orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, es necesario actualizar la composición del Consejo Superior de la Academia Diplomática del Perú, al que se refi eren los literales c) y e) del artículo 6° del Reglamento Orgánico de la Academia Diplomática del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0013-84/ RE, modifi cado por el Decreto Supremo N° 0006-92/RE; De conformidad con el inciso 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú y la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1°.- Disposición Modifi catoria Sustitúyase los literales c) y e) del artículo 6° del Reglamento Orgánico de la Academia Diplomática del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0013-84/ RE, modifi cado por el Decreto Supremo N° 0006-92/RE, por los siguientes textos: “c. El Consejo Superior está constituido por siete miembros: dos natos y cinco designados. Son miembros natos el Viceministro de Relaciones Exteriores, quien lo presidirá y el Rector de la Academia Diplomática del Perú. Son miembros designados, los Embajadores del Servicio Diplomático de la República del Perú, en situación de Actividad o Retiro, que sean nombrados por Resolución Ministerial”. “e. El Consejo Superior se reunirá a iniciativa del Viceministro de Relaciones Exteriores o del Rector de la Academia Diplomática del Perú. El quórum para las reuniones será de cuatro miembros. Sus decisiones se tomarán por mayoría simple”. Artículo 2°- Del Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la casa de Gobierno, en Lima a los catorce días del mes de enero del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 741374-1 Dan por terminada la designación de Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 006-2012-RE Lima, 14 de enero de 2012 VISTO: Que, mediante Carta s/n, de fecha 09 de enero de 2012, el señor Félix Grández Moreno presentó su renuncia al cargo de Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI); CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 27692 se creó la Agencia Peruana de Cooperación Internacional -APCI, como Organismo Público Descentralizado, ahora Organismo Público Ejecutor conforme la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y, ente rector de la cooperación técnica internacional adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, mediante Resolución Suprema N° 469-2011-RE, del 29 de diciembre de 2011, se designó al señor Félix Grández Moreno como Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI); De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, que regula el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional -APCI, y modifi catorias, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 028-2007-RE; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por terminada, a partir de la fecha, la designación del señor Félix Grández Moreno, como Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional -APCI, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 741374-4 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Declaran fundado recurso de reconsideración interpuesto contra la R.D. Nº 3705-2011-MTC/15 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 4678-2011-MTC/15 Lima, 5 de diciembre de 2011 VISTOS: el recurso de reconsideración interpuesto por la empresa EFE AUTOMOTRIZ S.A, contra la Resolución Directoral Nº 3705-2011-MTC/15 ingresado con Expediente de Registro Nº 2011-050142, ampliado con Expediente de Registro Nº 2011-050142-A; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 3705- 2011-MTC/15 de fecha 30 de septiembre de 2011, la Dirección General de Transporte Terrestre resolvió declarar la caducidad de la autorización de la empresa EFE AUTOMOTRIZ S.A, como Entidad Verifi cadora encargada de realizar la inspección física y documentaria de los vehículos usados dentro del procedimiento de su nacionalización por los regímenes de importación regular y de CETICOS, en las zonas de reconocimiento físico CETICOS Matarani, Ilo y Paita, por encontrarse incursa en las causales de caducidad establecidas en los literales a) “no mantener las condiciones o requisitos que motivaron el otorgamiento de la autorización o por haberse verifi cado que a la fecha de solicitarla, existía algún impedimento para ser autorizado” y e) “por no remitir la información o presentar la documentación a que estuviera obligada, conforme a las exigencias establecidas en las respectivas Directivas que regulan su funcionamiento” del Reglamento Nacional de Vehículos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y modifi catorias; al haberse determinado lo siguiente: a) Los equipos (alineador de paso, detector de holguras, luxómetro, frenómetro y plato giratorio señalado en las actas de verifi cación 394 y 397) se encontraron inoperativos al momento de la inspección;