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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 15 de enero de 2012 459280 INTERIOR Aprueban el “Plan Anual de Reducción del Espacio Cocalero Ilegal en el Perú 2012” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0018-2012-IN/1101 Lima, 12 de enero de 2012 VISTO: El Informe N° 27-2011-IN/1108 de fecha 28 de diciembre del 2011, con el que el Director General de la Ofi cina Ejecutiva de Control de Drogas del Ministerio del Interior- OFECOD solicita la aprobación del “Plan Anual de Reducción del Espacio Cocalero Ilegal en el Perú 2012”, formulado por la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial “Control y Reducción del Cultivo de la Coca en el Alto Huallaga” - CORAH; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 1° del Decreto Ley N° 22095 - Ley de Represión del Tráfi co Ilícito de Drogas, establece que la reducción de los cultivos de la planta de coca es uno de los objetivos de dicha Ley; Que, el artículo 31° del precitado dispositivo legal prescribe que queda terminantemente prohibido el cultivo de coca y almácigos en nuevas áreas del territorio nacional; prohibición que incluye renovaciones y recalces en los cultivos existentes; Que, por Decreto Supremo N° 043-82-AG del 22 de Abril de 1982 se creó el Organismo Ejecutivo del Proyecto Especial “Control y Reducción del Cultivo de la Coca en el Alto Huallaga” CORAH, como órgano responsable de proyectar, ejecutar y controlar las medidas y acciones de reducción del cultivo de coca; Que, mediante Resolución Ministerial N° 055-88- IN/OFECOD del 22 de agosto de 1988, ratifi cada por Decreto Supremo N° 004-2005-IN del 22 de julio de 2005, el Proyecto Especial “CORAH” fue incorporado en la estructura orgánica del Ministerio del Interior dependiendo de la Ofi cina Ejecutiva de Control de Drogas OFECOD; Que, por Resolución Ministerial N° 0889-94-IN- 011100000000 de 27 de diciembre de1994 se amplió el accionar del Proyecto Especial “CORAH” a todo el ámbito nacional; Que, por Decreto Supremo N° 044-2003-PCM del 23 de abril de 2003, se dispone la intervención del “Proyecto Especial CORAH en la eliminación de las pozas de maceración, almácigos y plantaciones nuevas de hoja de coca no registradas en la Empresa Nacional de Comercialización de la Coca – ENACO y la participación de los productores agropecuarios y el Cuerpo de Asistencia para el Desarrollo Alternativo -CADA en los programas de reducción gradual y concertada: Que, habiendo culminado la vigencia de la Resolución Ministerial N° 052-2011-IN/1101 del 17 de enero del 2011, que aprueba el “Plan Anual de Reducción del Espacio Cocalero Ilegal en el Perú 2011”, resulta pertinente evaluar el diseño del nuevo Plan y su dispositivo de aprobación para el periodo 2012; Que, la actual situación de Orden y Seguridad en las zonas cocaleras existentes y en las que se vienen generando en el país por el accionar del narcotráfi co y el terrorismo, hacen aconsejable el monitoreo, seguimiento y evaluación permanente de la ejecución del Plan Anual, planes complementarios, específi cos o alternos y especiales que se ejecuten a fi n de determinar en función a la fl exibilidad de los mismos, las necesidades de reorientación, previstas y/o imprevistas que sean necesarias en cada coyuntura para alcanzar los objetivos y meta propuesta; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 29334 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2005- IN, y modifi cado por Decreto Supremo N° 003-2007-IN; y estando a lo propuesto por el Director General de la Ofi cina Ejecutiva de Control de Drogas y a lo opinado por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el “Plan Anual de Reducción del Espacio Cocalero Ilegal en el Perú 2012”, que constituye el documento normativo, ejecutivo y de actividades que debe desarrollar el Proyecto Especial “CORAH”, durante el período operativo correspondiente al año 2012, el cual forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- La ejecución y cumplimiento de las actividades contenidas en el “Plan Anual de Reducción del Espacio Cocalero Ilegal en el Perú 2012”, aprobado por el articulo precedente, serán evaluadas mensualmente por la Ofi cina Ejecutiva de Control de Drogas del Ministerio del Interior- OFECOD, en base a los reportes diarios e informes mensuales emitidos por la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial “CORAH”, a fi n de determinar el grado de avance e identifi car los problemas que difi culten y/o impidan su ejecución, para adoptar las medidas adecuadas y correctivas del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese DANIEL E. LOZADA CASAPIA Ministro del Interior 740974-1 PRODUCE Prorrogan plazo de vigencia a que se refiere el artículo 4º del Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 023-2012-PRODUCE Lima, 13 de enero de 2012 VISTOS: El Memorando Nº 3927-2011-PRODUCE/ DIGSECOVI de la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia que remite el Informe Técnico denominado “Prórroga de proceso de califi cación de empresas proveedoras del Sistema de Seguimiento Satelital” de la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia y el Informe Nº 002-2012-PRODUCE/OGAJ- wgomez de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 66 de la Constitución Política del Perú establece que los recursos naturales renovables y no renovables son patrimonio de la Nación y que el Estado es soberano en su aprovechamiento; Que, el Ministerio de la Producción es competente en Pesquería y de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero. Tiene entre sus funciones rectoras la de dictar normas y lineamientos técnicos, para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas, la gestión de los recursos del sector, así como para el otorgamiento, reconocimiento de derechos, el establecimiento de sanciones, fi scalización y ejecución coactiva; en concordancia con el artículo 3 y numeral 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; Que, el artículo 2 del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación; y, estando a que la