Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2012 (02/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, jueves 2 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES

460239

Visto el Expediente Nº 11-104958-001 que contiene el Informe Nº 122-2011-DGSP/ESN PC ITS-VIHSIDA/MINSA de la Direccion General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 263-2009/ MINSA del 23 de MORDAZA de 2009, se aprobo la NTS Nº 077-MINSA/DGSP V.01 MORDAZA Tecnica de Salud para el manejo de Infecciones de Transmision Sexual en el Peru con el objetivo de "establecer orientaciones tecnicas, basadas en evidencia a fin de fortalecer la atencion de las ITS con estrategias dirigidas hacia el tratamiento inmediato, oportuno con acciones de prevencion y promocion de la salud"; Que, el articulo 1º de la Ley Nº 26626, modificado por la Ley Nº 28243, declara de necesidad nacional e interes publico la lucha contra la infeccion por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) y el Sindrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) y las Infecciones de Transmision Sexual (ITS); Que, el articulo 1º de la Ley Nº 28983 Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres "establece el MORDAZA normativo, institucional y de politicas publicas en los ambitos nacional, regional y local, para garantizar a mujeres y hombres el ejercicio de sus derechos a la igualdad, dignidad, libre desarrollo, bienestar y autonomia"; Que, el literal i) del articulo 6, de la precitada Ley, senala que el Poder Ejecutivo, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, en todos los sectores, adoptan politicas, planes y programas, integrando los principios de la presente Ley de manera transversal y para tal efecto, entre otros lineamientos, "garantiza el derecho a la salud en cuanto a la disponibilidad, calidad, aceptabilidad y accesibilidad a los servicios, con especial enfasis en la vigencia de los derechos sexuales y reproductivos, la prevencion del embarazo adolescente, y en particular el derecho a la maternidad segura"; Que, mediante el documento del visto la Direccion General de Salud de las Personas, propone la modificatoria del acapite 5.6.4, contenido en el numeral V de la NTS Nº 077-MINSA/DGSP-V.01. MORDAZA Tecnica de Salud para el Manejo de Infecciones de Transmision Sexual en el Peru, incorporando el condon femenino como un insumo de doble proteccion y equidad de genero; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Salud de las Personas; Con el visado de la Directora General de la Direccion General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º Modificar el acapite 5.6.4, del sub numeral 5.6, del numeral V de las Disposiciones Generales de la NTS Nº 077-MINSA/DGSP-V.01. MORDAZA Tecnica de Salud para el Manejo de Infecciones de Transmision Sexual en el Peru, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 263-2009/ MINSA, en los siguientes terminos: "5.6.4. Condones. Todo MORDAZA que acude a consulta por una ITS puede volver a adquirir una igual o similar en el futuro. Los mensajes educativos y la consejeria deben lograr el cambio de conducta hacia comportamiento de menor riesgo, esto incluye la compra o adquisicion y uso del condon masculino o femenino. Es importante enfatizar que el condon masculino o femenino brinda doble proteccion: PROTEGE DE LAS ITS INCLUYENDO EL VIH Y DE EMBARAZOS NO DESEADOS O NO ESPERADOS. En cada sesion se instruira a todos los pacientes sobre el uso de condones masculinos o femeninos, para lo cual se efectuaran demostraciones utilizando dildos maquetas

pelvicas femeninas u otros materiales adecuados para luego hacerles entrega de preservativos con el fin de promocionar su uso. Este procedimiento tambien se efectuara en consultantes que no tienen evidencia clinica de una ITS debido a que desarrollaron conciencia de un riesgo potencial por haber incurrido en una conducta de riesgo, lo que motivo la consulta al establecimiento de salud. Se entregaran con aceptacion voluntaria de manera mensual: a) 20 condones masculinos por MORDAZA visto en consejeria y 100 condones masculinos por consejeria para trabajador (a) sexual; b) 10 condones femeninos para poblacion general y en planificacion familiar y 30 condones femeninos por consejeria para trabajadora sexual." Articulo 2º.- Encargar a la Direccion General de Salud de las Personas, a traves de la Estrategia Sanitaria Nacional de Prevencion y Control de ITS y VIH/SIDA la difusion, supervision, monitoreo y evaluacion del cumplimiento de la presente resolucion, asi como la asistencia tecnica para su implementacion. Articulo 3º.- Las Direcciones de Salud y las Direcciones Regionales de Salud o las que MORDAZA sus veces en el nivel regional, se encargaran de la implementacion y el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion Ministerial. Articulo 4º.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud, en la direccion: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/ dge_normas.asp Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud 748604-3

Designan Asesor de la Alta Direccion del Despacho Ministerial
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 085-2012/MINSA MORDAZA, 1 de febrero del 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 008-2011-SA de fecha 30 de junio del 2011, se aprobo el Cuadro de Asignacion de Personal del Ministerio de Salud, en el cual esta consignado, entre otros, el cargo de Asesor de la Alta Direccion en el Despacho Ministerial de Salud, Nivel F-5, cuya plaza esta vacante y cuenta con el financiamiento correspondiente; Que, por convenir al servicio resulta necesario designar al profesional propuesto en el cargo de Asesor de la Alta Direccion en el Despacho Ministerial de Salud, Nivel F-5; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; en la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en el literal I) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al medico cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Asesor

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