Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2012 (02/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 2 de febrero de 2012

de la Alta Direccion del Despacho Ministerial de Salud, Nivel F-5. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud 748604-4

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Renuevan autorizaciones otorgadas a personas natural y juridica para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en localidades de los departamentos de MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 031-2012-MTC/03 MORDAZA, 19 de enero de 2012 VISTO, el Expediente Nº 2011-034184, presentado por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre renovacion de autorizacion de una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de MORDAZA, departamento de Moquegua; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Viceministerial Nº 904-2001MTC/15.03 del 16 de octubre de 2001, se otorgo a la empresa RADIO LIDER S.R.LTDA., autorizacion y permiso de instalacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de MORDAZA, con fecha de vencimiento al 29 de MORDAZA de 2012; Que, por Resolucion Viceministerial Nº 502-2009MTC/03 del 21 de octubre de 2009, se aprobo la transferencia de la autorizacion otorgada a la empresa RADIO LIDER S.R.LTDA., por Resolucion Viceministerial Nº 904-2001-MTC/15.03 a favor de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de MORDAZA, departamento de Moquegua; asi como el permiso, la licencia y autorizacion de enlaces auxiliares al servicio de radiodifusion correspondientes relacionados a la citada autorizacion; Que, mediante Expediente Nº 2011-034184 del 22 de MORDAZA de 2011, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicito la renovacion de la autorizacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en la localidad de MORDAZA, departamento de Moquegua; Que, conforme al articulo 15º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, concordado con los articulos 21º y 67º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los articulos 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovacion de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion; Que, el articulo 19º de la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, establece entre otros, que el plazo MORDAZA para resolver solicitudes de autorizacion o renovacion es de ciento veinte (120) dias;

Que, mediante Memorando Nº 4811-2011-MTC/29.02 del 12 de setiembre de 2011 la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones comunica los resultados de la inspeccion tecnica realizada a la estacion el 24 de agosto de 2011, se verifico que la estacion de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se encuentra prestando el servicio de radiodifusion sonora en FM, conforme a las caracteristicas tecnicas autorizadas y las normas tecnicas de radiodifusion, siendo en consecuencia el resultado de la inspeccion favorable; asimismo, senala que cumple con el objetivo y programacion de su proyecto de comunicacion; Que, la estacion de radiodifusion se encuentra ubicada en el distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de MORDAZA, encontrandose comprendida en la localidad de MORDAZA, de acuerdo con el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de Frecuencia Modulada (FM) para las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA, aprobado con Resolucion Viceministerial Nº 083-2004MTC/03 y sus modificatorias; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 0009-2012MTC/28, opina que corresponde renovar la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 9042001-MTC/15.03, al haberse cumplido con la MORDAZA de los requisitos previstos para tal efecto y verificar que no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la renovacion de la autorizacion contemplados en la Ley de Radio y Television y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005MTC, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 904-2001MTC/15.03 a favor de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el plazo de diez (10) anos, el mismo que vencera el 29 de MORDAZA de 2022, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de MORDAZA, departamento de Moquegua. Articulo 2º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio expedira la resolucion que deje sin efecto la autorizacion respectiva, de conformidad con el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 3º.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 748035-1

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