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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2012 (15/02/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 15 de febrero de 2012 460886 Magaly Roxana Aliaga Tutusima y Emperatriz Judith Aliaga Manassevitz: - Viáticos (US$ 260,00 x 9 días x 2 personas) : US $ 4 680,00 - Pasajes Aéreos (US $ 1 840,00 x 2 personas) : US $ 3 680,00 Gisele Idiaquez Aragones: - Viáticos (US$ 260,00 x 7 días) : US $ 1 820,00 - Pasajes Aéreos : US $ 2 260,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, las personas cuyo viaje se autoriza mediante el Artículo 1° de la presente Resolución, presentarán a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la feria a la que asistirán; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo Presidente del Consejo Directivo de PROMPERÚ 751987-2 EDUCACION Oficializan el “Procedimiento para la evaluación y certificación de competencias de profesionales titulados por Institutos y Escuelas de Educación Superior” aprobado mediante Acuerdo Nº 616-2011-CONEACES RESOLUCIÓN Nº 014-2012-SINEACE/P Lima, 6 de febrero de 2012 VISTO: El Ofi cio Nº 508-2011-CONEACES-P de 25 de setiembre del 2011, que remite el Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior No Universitaria; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28740, a través de su artículo 5° establece como fi nalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa (SINEACE), el garantizar a la sociedad que las instituciones educativas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de califi cación profesional y desarrollo laboral; Que, el artículo 44° de la Ley N° 29158 “Ley Orgánica del Poder Ejecutivo”, concordante con lo dispuesto en los artículos 8° y 9° de la Ley N° 28740, establece que el Consejo Superior del SINEACE, es el Ente Rector con autoridad técnico-normativa para dictar las normas y establecer los procedimientos en el ámbito del sistema; siendo, además, responsable del correcto funcionamiento del SINEACE, con arreglo a la función de articulador del funcionamiento de sus órganos operadores, asignada de manera expresa por el artículo 6°, inciso c, de la Ley del SINEACE; Que, el artículo 41º del Reglamento de la Ley N° 28740, aprobado con el Decreto Supremo N° 018- 2007-ED, establece que el Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior No Universitaria (CONEACES), entre otras, tiene la función de aprobar las normas que regulan la autorización y funcionamiento de las entidades evaluadoras con fi nes de acreditación, y de las entidades certifi cadores; Que, mediante Acuerdo N° 616-2011-CONEACES, Sesión N° 163 de 1 de setiembre del 2011, el Directorio del CONEACES aprueba la nueva versión del “Procedimiento para la evaluación y certifi cación de competencias de profesionales titulados por Institutos y Escuelas de Educación Superior”; Que, mediante Acuerdo N° 038-2010-SINEACE, de la Sesión N° 022-2010 de 13 de octubre del 2010, el Consejo Superior del SINEACE dispuso la ratifi cación de los Acuerdos de Directorio de los órganos operadores, a fi n de formalizarlos mediante resolución administrativa de la Presidencia del SINEACE; a tal efecto, en todos los casos, se estableció que se requiere contar con acuerdo aprobatorio del Directorio del órgano operador; el informe de la Secretaría Técnica y el acuerdo expreso del Consejo Superior; Que, con arreglo a las consideraciones establecidas en su Acuerdo N° 038-2010-SINEACE, el Consejo Superior del SINEACE, a través del Acuerdo N° 031- 2011-SINEACE, sancionado en su Sesión Nº 28 de 24 de octubre del 2011, acordó ratifi car el Acuerdo de Directorio del CONEACES N° 616-2011-CONEACES; Que, en Sesión Nº 25, Acuerdo Nº 007-2011, el Consejo Superior del SINEACE eligió como su Presidenta a la señora Peregrina Morgan Lora, Presidenta de Directorio del IPEBA; De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 28740, del SINEACE y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 018-2007-ED, la Ley N° 29158, del Poder Ejecutivo y el Acuerdo N° 038-2010-SINEACE, estando a lo opinado en el Informe N° 021-2011-ST/SINEACE. SE RESUELVE.- Artículo 1°.- Ofi cializar el “Procedimiento para la evaluación y certifi cación de competencias de profesionales titulados por Institutos y Escuelas de Educación Superior” aprobado por el Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior No Universitaria - CONEACES mediante Acuerdo Nº 616-2011-CONEACES; documento que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- Publicar el “Procedimiento para la evaluación y certifi cación de competencias de profesionales titulados por Institutos y Escuelas de Educación Superior” aprobado, en el portal institucional del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior No Universitaria: http://www.coneaces.gob.pe/, en la misma fecha en que sea publicada esta resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3°.- Encargar al Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior No Universitaria - CONEACES realizar la más amplia difusión a nivel nacional del “Procedimiento para la evaluación y certifi cación de competencias de profesionales titulados por Institutos y Escuelas de Educación Superior”. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del SINEACE 750965-6 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Designan Director de Sistema Administrativo II de la Oficina de Abastecimiento y Servicios de la Oficina General de Administración RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0044-2012-JUS Lima, 9 de febrero de 2012