Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2012 (18/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 18 de febrero de 2012

Establecen disposiciones para la transferencia a titulo gratuito de bienes y activos obtenidos de la ejecucion de proyectos a las Municipalidades Provincial de MORDAZA de MORDAZA y Distrital de Sanagoran
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 057-2012-MEM/DM MORDAZA, 8 de febrero de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 996, se incorpora los recursos de los programas de caracter social provenientes de los procesos de promocion de la inversion privada, en la fuente de Financiamiento, Donaciones y Transferencias, y los transfiere a un "Fondo Social" constituido por una persona juridica sin fines de lucro; Que, al MORDAZA de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 996, el 05 de junio del 2009 se suscribio el Convenio de Transferencia de Recursos y Otros entre la Persona Juridica sin Fines de Lucro Asociacion Civil Fondo Social Alto Chicama, como titular del Fondo Social, derivado de las actividades relacionadas con los procesos de promocion de la inversion privada; y el Estado Peruano, debidamente representado por la Agencia de Promocion de la Inversion Privada -- PROINVERSION; Que, el Decreto Legislativo Nº 996 establece el regimen aplicable a la utilizacion de los recursos provenientes de los procesos de promocion de la inversion privada destinados a la ejecucion de programas de caracter social, consistentes en proyectos de desarrollo sostenible en beneficio de la poblacion ubicada en la MORDAZA de influencia del proyecto promovido; Que, el articulo 8º, numeral 1, literales a) y b) del Decreto Supremo Nº 082-2008-EF, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 996, establece como primera prioridad del destino de los recursos del Fondo el desarrollo de capacidades humanas y provision de servicios basicos que contribuyan a reducir los niveles de desnutricion en la poblacion infantil, elevar los estandares de calidad de la educacion y la salud, aumentar la provision de servicios de saneamiento, entre otros, mediante a) la implementacion de obras de infraestructura basica en educacion, salud, energia electrica, agua y saneamiento; y, b) equipamiento, mantenimiento, reparacion y rehabilitacion de centros de salud y educativos; Que, el articulo 5º del Decreto Legislativo Nº 996, concordante con el articulo 22º del Decreto Supremo Nº 082-2008-EF, establece que concluida la ejecucion del respectivo proyecto de caracter social, se procedera a su transferencia en favor de las entidades beneficiarias publicas y privadas sin fines de lucro. Indica asimismo que, en tales casos, dichas entidades seran determinadas mediante Resolucion Ministerial del sector al que la persona juridica mencionada MORDAZA identificado que le corresponda dicha transferencia; Que, la Asociacion Civil Fondo Social Alto Chicama, mediante Carta Nº 1182-2011/ACFSACH de fecha 15 de agosto de 2011, ha comunicado que el proyecto "Instalacion del sistema de electrificacion en media tension MRT 22.9 KV y sistema de medicion domiciliaria para los caserios de Chuna Alta, Chuna Baja, Kakamarka y Sincon, provincia de MORDAZA de MORDAZA, La Libertad" se encuentra culminado y liquidado y que dicho proyecto sera transferido en favor de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, solicitando sea emitida la Resolucion Ministerial que resuelva la aprobacion de dicha transferencia, de conformidad con lo establecido en el articulo 5º del Decreto Legislativo Nº 996; Que, mediante Oficio Nº 152-2011-A-MPSCH del 28 de noviembre de 2011, la Municipalidad Provincial de MORDAZA de MORDAZA ha expresado al Ministerio de Energia y Minas su conformidad respecto de la transferencia del proyecto: "Instalacion del sistema de electrificacion en media tension MRT 22.9 KV y sistema de medicion domiciliaria para los caserios de Chuna Alta, Chuna Baja, Kakamarka y Sincon, provincia de MORDAZA de MORDAZA, La Libertad";

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 996, Decreto Legislativo que aprueba el regimen aplicable a la utilizacion de los recursos provenientes de los procesos de promocion de la inversion privada en la ejecucion de programas sociales; el Decreto Supremo Nº 082-2008-EF, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 996; el Decreto Ley Nº 25962, Ley Organica del Sector Energia y Minas y el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, y sus normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Transferencia de Bienes y Activos La Asociacion Civil Fondo Social Alto Chicama, transferira directamente a la Municipalidad Provincial de MORDAZA de MORDAZA, los bienes y activos obtenidos de la ejecucion del proyecto: "Instalacion del sistema de electrificacion en media tension MRT 22.9 KV y sistema de medicion domiciliaria para los caserios de Chuna Alta, Chuna Baja, Kakamarka y Sincon, provincia de MORDAZA de MORDAZA, La Libertad". Articulo Segundo.- Del Registro Contable El valor de la transferencia sera el que sea establecido conforme a los registros contables de la Asociacion Civil Fondo Social Alto Chicama, el cual incluira todos los costos y gastos atribuibles al Proyecto. La referida transferencia de bienes se efectuara a titulo gratuito. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 753650-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 058-2012-MEM/DM MORDAZA, 8 de febrero de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 996, se incorpora los recursos de los programas de caracter social provenientes de los procesos de promocion de la inversion privada, en la fuente de Financiamiento, Donaciones y Transferencias, y los transfiere a un "Fondo Social" constituido por una persona juridica sin fines de lucro; Que, al MORDAZA de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 996, el 05 de junio del 2009 se suscribio el Convenio de Transferencia de Recursos y Otros entre la Persona Juridica sin Fines de Lucro Asociacion Civil Fondo Social Alto Chicama, como titular del Fondo Social, derivado de las actividades relacionadas con los procesos de promocion de la inversion privada; y el Estado Peruano, debidamente representado por la Agencia de Promocion de la Inversion Privada -- PROINVERSION; Que, el Decreto Legislativo Nº 996 establece el regimen aplicable a la utilizacion de los recursos provenientes de los procesos de promocion de la inversion privada destinados a la ejecucion de programas de caracter social, consistentes en proyectos de desarrollo sostenible en beneficio de la poblacion ubicada en la MORDAZA de influencia del proyecto promovido; Que, el articulo 8º, numeral 1, literales a) y b) del Decreto Supremo Nº 082-2008-EF, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 996, establece como primera prioridad del destino de los recursos del Fondo el desarrollo de capacidades humanas y provision de servicios basicos que contribuyan a reducir los niveles de desnutricion en la poblacion infantil, elevar los estandares de calidad de la educacion y la salud, aumentar la provision de servicios de saneamiento, entre otros, mediante a) la implementacion de obras de infraestructura basica en educacion, salud, energia electrica, agua y saneamiento; y, b) equipamiento, mantenimiento, reparacion y rehabilitacion de centros de salud y educativos;

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