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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de febrero de 2012 461601 Que, mediante el Acta de Constitución Vistos, se acordó la constitución de la Mancomunidad Municipal del Valle Jequetepeque, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las municipalidades provinciales de Pacasmayo y Chepén, y las municipalidades distritales de Pacasmayo, Jequetepeque, San José, Guadalupe, Pacanga y Pueblo Nuevo, aprueban la constitución de la Mancomunidad Municipal del Valle Jequetepeque; ratifi cando el contenido del Acta de Constitución y el Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe de Vistos, en la elaboración de los documentos presentados para la inscripción del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 11º del Reglamento de la Ley y en el artículo 6° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la constitución de la Mancomunidad Municipal del Valle Jequetepeque, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 046- 2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la Mancomunidad Municipal del Valle Jequetepeque; mancomunidad municipal provincial integrada por las municipalidades provinciales de Pacasmayo y Chepén, y las municipalidades distritales de Pacasmayo, Jequetepeque, San José, Guadalupe, Pacanga y Pueblo Nuevo, reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal del Valle Jequetepeque, como sigue: Presidente: Hugo Frederihs Buchelli Torres, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Pacasmayo. Director: Ofronio Wilfredo Quesquén Terrones, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Chepén. Director: Oscar Luperio Honorio Horna, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pacasmayo. Director: Pablo Martín Álvarez Castañeda, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Jequetepeque. Director: César Augusto Chávez Paz, Alcalde de la Municipalidad Distrital de San José. Directora: Lourdes Isabel Plasencia Zapata, Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Guadalupe. Director: Santos Apolinar Cerna Quispe, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pacanga. Director: Segundo Alberto Aguirre Calderón, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitución de la Mancomunidad Municipal del Valle Jequetepeque, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Oficial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion. gob.pe. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO MUÑOZ-NÁJAR FRIEDRICH Secretario de Descentralización 757833-4 AMBIENTE Anexo de la R.M. Nº 035-2012-MINAM, mediante la cual se reconoció el Área de Conservación Privada San Juan Bautista ubicado en la provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios (La R.M. Nº 035-2012-MINAM se publicó en la edición del día 28 de febrero de 2012) ANEXO RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 035-2012-MINAM MEMORIA DESCRIPTIVA Nombre : Área de Conservación Privada San Juan Bautista Área : Veintitrés hectáreas con mil cuatrocientos metros cuadrados (23,14 ha) Ubicación política : Se realizó en base a la información elaborada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática-INEI. Distrito Provincia Departamento Inambari Tambopata Madre de Dios NORTE Partiendo del punto Nº 1, el límite continúa mediante líneas rectas en dirección sureste hasta el punto N° 2, en dirección noreste hasta el punto N° 3, en dirección noroeste hasta el punto N° 4, en dirección noreste hasta el punto N° 5 y en dirección sureste hasta el punto N° 6. ESTE Desde el último punto mencionado, se prosigue mediante líneas rectas en dirección sur hasta el punto N° 7, en dirección noroeste hasta el punto N° 8 y en dirección suroeste hasta el punto N° 9. SUR El límite continúa del último punto mencionado en dirección suroeste mediante una línea recta hasta el punto N° 10. OESTE Del último lugar en mención el límite prosigue en dirección norte mediante una línea recta hasta alcanzar el punto Nº 1, inicio de la presente memoria descriptiva. Listado referencial de puntos PUNTO ESTE NORTE PUNTO ESTE NORTE 1 380 800.5738 8 574 484.0777 6 381 167.5768 8 574 368.0082 2 380 930.3695 8 574 376.1544 7 381 200.3223 8 573 948.8756 3 380 977.1973 8 574 395.0574 8 381 081.9332 8 574 037.6718 4 380 883.5416 8 574 507.1864 9 380 926.2445 8 573 570.3018 5 380 948.4132 8 574 557.4512 10 380 861.6509 8 573 551.3671 Las coordenadas están expresadas en proyección UTM, El Datum de referencia es el WGS 84, la zona de proyección es 19S. El límite del Área de Conservación Privada se ha elaborado a partir de la información alcanzada por el Sr. Nemesio Barrientos Ortiz y la Sra. Herminia Cerón; por lo que deberá ser tomada con carácter referencial.