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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE FEBRERO DEL AÑO 2012 (29/02/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de febrero de 2012 461608 de América (USSOUTHCOM), tiene disponible la cantidad adicional de CIENTO CINCUENTA MIL SEISCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 150,650.00), a favor de la Marina de Guerra del Perú, para ser usados en el apoyo de los Ejercicios UNITAS PACIFICO-11, para el año 2011; Que, el Artículo 69º de la Ley 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las donaciones dinerarias provenientes de Instituciones Nacionales o Internacionales, públicas o privadas diferentes a las provenientes de los Convenios de Cooperación Técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos, la misma que deberá ser publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”, cuando el monto de la donación supere las CINCO (5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT); Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, la donación dineraria efectuada por el Comando Sur de los Estados Unidos de América (USSOUTHCOM), a través del Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de ese país, a favor del Ministerio de Defensa – Marina de Guerra del Perú, por un monto adicional de CIENTO CINCUENTA MIL SEISCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 150,650.00), para ser usados en el apoyo de los Ejercicios UNITAS PACIFICO-11, para el año 2011. Artículo 2°.- Agradecer al Gobierno de los Estados Unidos de América y al Grupo Consultivo y de Ayuda Militar del mencionado país, por su importante contribución. Artículo 3°.- Encargar a la Dirección General de Relaciones Internacionales del Viceministerio de Políticas para la Defensa, la supervisión de la ejecución de la donación dineraria de aprobación por parte de la Marina de Guerra del Perú. Artículo 4°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 757391-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 230-2012-DE/MGP Lima, 27 de febrero de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 608/MAAG/NAVSEC, de fecha 5 de agosto de 2011, el Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América, hace de conocimiento que el Comando Sur de los Estados Unidos de América (USSOUTHCOM), tiene disponible la cantidad de CIENTO DIEZ MIL CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 110,000.00), a favor de la Marina de Guerra del Perú, para ser usados en el apoyo de los Ejercicios UNITAS PACIFICO-11, para el año 2011; Que, el Artículo 69º de la Ley 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las donaciones dinerarias provenientes de Instituciones Nacionales o Internacionales, públicas o privadas diferentes a las provenientes de los Convenios de Cooperación Técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos, la misma que deberá ser publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”, cuando el monto de la donación supere las CINCO (5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT); Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar y aprobar, la donación dineraria efectuada por el Comando Sur de los Estados Unidos de América (USSOUTHCOM), a través del Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de ese país, a favor del Ministerio de Defensa – Marina de Guerra del Perú, por un monto de CIENTO DIEZ MIL CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 110,000.00), para ser usados en el apoyo de los Ejercicios UNITAS PACIFICO-11, para el año 2011. Artículo 2°.- Agradecer al Gobierno de los Estados Unidos de América y al Grupo Consultivo y de Ayuda Militar del mencionado país, por su importante contribución. Artículo 3°.- Encargar a la Dirección General de Relaciones Internacionales del Viceministerio de Políticas para la Defensa, la supervisión de la ejecución de la donación dineraria de aprobación por parte de la Marina de Guerra del Perú. Artículo 4°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 757391-2 Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar del Ejército Ecuatoriano para participar en encuentro presidencial Perú-Ecuador RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 239-DE/SG-2012 Lima, 28 de febrero de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 0150 de fecha 27 de febrero 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso al territorio nacional de personal militar de la República de Ecuador, sin armas de guerra; Que, en el marco de la “III Reunión de la Comisión Binacional Peruano-Ecuatoriana” sobre medidas de confi anza mutua y seguridad, se acordó la visita de personal militar del Comando de Desminado del Cuerpo de Ingenieros del Ejército Ecuatoriano, para participar en los actos ofi ciales del encuentro presidencial Perú- Ecuador, en la ciudad de Chiclayo; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley N° 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización, señala la norma, debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. Asimismo, dispone que en los casos en que corresponda se solicitara opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, contando la opinión favorable de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa y de conformidad con la Ley Nº 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cada por la Ley Nº 28899;