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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de febrero de 2012 461623 De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, y la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, hasta por la suma de S/. 1 342 000,00 (UN MILLON TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL Y 00/100 Nuevos Soles), a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Huaral S.A., para ser destinada de las acciones de mantenimiento de los sistemas de agua potable y desagüe. Artículo 2º.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo a los recursos aprobados en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2012 del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, actividad 5.002406: Plan de Mantenimiento de Infraestructura y Equipos. Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia autorizada por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4º.- Monitoreo La Dirección Nacional de Saneamiento es responsable de la supervisión, monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras, para los cuales se realiza la presente transferencia, de acuerdo a las disposiciones contenidas en el Convenio entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Huaral S.A., y en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2012. Regístrese, comuníquese y publíquese. RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 757743-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 042-2012-VIVIENDA Lima, 28 de febrero de 2012 VISTO, el Memorándum N° 295-2012/VIVIENDA- OGPP, el Memorándum N° 216-2012-VIVIENDA/VMCS. DNS y el Informe Técnico N° 009-2012-VIVIENDA/VMCS- DNS-DPP; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 025-2012- EF, se autorizó la incorporación de recursos, vía crédito suplementario, en el presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de S/. 135 153 474,00 (CIENTO TREINTA Y CINCO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 Nuevos Soles), para continuar las acciones de mantenimiento de los sistemas de agua potable y desagüe a cargo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, así como para garantizar la continuidad de proyectos de inversión pública a cargo de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, mediante el artículo 1 del mencionado Decreto Supremo N° 025-2012-VIVIENDA, se autorizó vía Crédito Suplementario, la incorporación de recursos en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, a favor del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hasta por la suma de S/. 15 656 000,00 (QUINCE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL Y 00/100 Nuevos Soles), destinados a continuar con las acciones de mantenimiento de los sistemas de agua potable y desagüe a cargo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, con fecha 17 de febrero de 2012, se suscribió el Convenio N° 080-2012-VIVIENDA, entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Pisco S.A., para el fi nanciamiento de las acciones de mantenimiento de los sistemas de agua potable y desagüe, hasta por la suma de S/. 1 500 000,00; Que, mediante el artículo 12 de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, se autorizó en el presente año fi scal la realización de manera excepcional, las transferencias fi nancieras, entre otros, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento; asimismo, dicha norma legal establece que las citadas transferencias se realizan, en el caso de las entidades del gobierno nacional, mediante resolución del Titular del Pliego, la misma que se publica en el diario ofi cial El Peruano; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, y la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, hasta por la suma de S/. 1 500 000,00 (UN MILLON QUINIENTOS MIL Y 00/100 Nuevos Soles), a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Pisco S.A., para ser destinada a las acciones de mantenimiento de los sistemas de agua potable y desagüe. Artículo 2º.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo a los recursos aprobados en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2012 del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, actividad 5.002406: Plan de Mantenimiento de Infraestructura y Equipos. Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia autorizada por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4º.- Monitoreo La Dirección Nacional de Saneamiento es responsable de la supervisión, monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras, para los cuales se realiza la presente transferencia, de acuerdo a las disposiciones contenidas en el Convenio entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Pisco S.A., y en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2012. Regístrese, comuníquese y publíquese. RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 757743-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 043-2012-VIVIENDA Lima, 28 de febrero de 2012 VISTO, el Memorándum N° 295-2012/VIVIENDA- OGPP, el Memorándum N° 216-2012-VIVIENDA/VMCS- DNS, y el Informe Técnico N° 011-2012-VIVIENDA/VMCS- DNS-DPP; y,