Norma Legal Oficial del día 29 de febrero del año 2012 (29/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de febrero de 2012

y modificatorias, se aprobo el Procedimiento de Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones de las Unidades Supervisadas (PDJ), el cual tiene como objetivo que los responsables de las unidades supervisadas que se encuentren debidamente inscritos en el Registro de Hidrocarburos de OSINERGMIN, efectuen inspecciones periodicas de sus establecimientos, instalaciones o unidades, segun corresponda, a efectos de asegurar que su operacion este acorde con las normas tecnicas y de seguridad establecidas en el ordenamiento juridico vigente. Que, el Anexo Nº 2 de la citada Resolucion establece que durante el mes de febrero de cada ano, los Grifos, Estaciones de Servicio, Estaciones de Servicios con Gasocentro, Grifos Rurales y Grifos Flotantes ubicados en el MORDAZA, con excepcion de la unidades ubicadas en el departamento de MORDAZA y en la Provincia Constitucional del Callao, deberan presentar la respectiva Declaracion Jurada de Cumplimiento de Obligaciones. Que, mediante Resolucion de Gerencia General Nº 368-2011-OS/GG, se aprobaron los formatos que contienen las declaraciones que deben ser llenados por los responsables de Grifos, Estaciones de Servicios, Estaciones de Servicio con Gasocentro, Grifos Rurales y Grifos Flotantes ubicados en el MORDAZA, con excepcion de las unidades ubicadas en el departamento de MORDAZA y en la Provincia Constitucional del Callao, para la MORDAZA de su declaracion jurada anual correspondiente al ano 2012. Que, de otro lado, mediante Decreto Supremo Nº 0032012-PCM publicado el 04 de enero de 2012 en el diario oficial El Peruano, se prorrogo por el termino de sesenta (60) dias, a partir del 07 de enero de 2012, el Estado de Emergencia en la MORDAZA de la MORDAZA Palcacocha, ubicada en la provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, por peligro de inminente aluvion. Que, a traves del Decreto Supremo Nº 005-2012PCM publicado el 05 de enero de 2012 en el Diario Oficial El Peruano, se prorrogo por el termino de sesenta (60) dias calendario, contados a partir del 12 de enero de 2012, el Estado de Emergencia en los Balnearios de Las Delicias, Buenos Aires y Huanchaco, ubicados en los distritos de Moche, MORDAZA Larco MORDAZA y Huanchaco, respectivamente, de la provincia de MORDAZA, departamento de La MORDAZA, para la ejecucion de acciones inmediatas destinadas a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes en las zonas afectadas. Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2012-PCM publicado el 05 de enero de 2012 en el Diario Oficial El Peruano, se prorrogo por el termino de sesenta (60) dias calendario, contados a partir del 06 de enero de 2012, el Estado de Emergencia en el Centro Poblado de Cachi Baja, en el distrito de Huando, provincia de Huancavelica, departamento de Huancavelica, para la ejecucion de acciones inmediatas destinadas a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes en la MORDAZA afectada. Que, a traves del Decreto Supremo Nº 008-2012-PCM publicado el 03 de febrero de 2012 en el Diario Oficial El Peruano, se declaro el Estado de Emergencia en el Centro Poblado de MORDAZA, en el distrito de MORDAZA, provincia de Huancavelica, departamento de Huancavelica, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, para la ejecucion de acciones inmediatas destinadas a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes en la MORDAZA afectada. Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2012-PCM publicado el 03 de febrero de 2012 en el Diario Oficial El Peruano, se declaro el Estado de Emergencia en el distrito de Ica, provincia y departamento de Ica, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, para la ejecucion de acciones inmediatas destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas. Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-PCM publicado el 11 de febrero de 2012 en el diario Oficial El Peruano, se declaro el Estado de Emergencia en el departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, para la ejecucion de medidas de excepcion inmediatas necesarias destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas. Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2012-PCM publicado el 18 de febrero de 2012 en el Diario Oficial El Peruano, se declaro el Estado de Emergencia en el

distrito de Inapari, provincia de Tahuamanu, departamento de MORDAZA de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, para la ejecucion de medidas de excepcion inmediatas y necesarias destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas. Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2012-PCM publicado el 18 de febrero de 2012 en el Diario Oficial El Peruano, se declaro el Estado de Emergencia en las provincias de MORDAZA, Carhuaz, Corongo, HUarmey, Huaylas, Pallasca, Pomabamba, Casma, MORDAZA, Hauri y Del MORDAZA, departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, para la ejecucion de medidas de excepcion inmediatas y necesarias destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas. Que, como puede apreciarse, en el transcurso de los meses de enero y febrero del presente ano, se han registrado desastres naturales que vienen afectando diferentes ciudades del MORDAZA, lo cual ha motivado la declaracion del Estado de Emergencia, asi como la prorroga del mismo. Que, debe tenerse presente que la declaracion del Estado de Emergencia permite advertir que los procedimientos que OSINERGMIN ha creado para la supervision de los agentes de la cadena de comercializacion de Combustibles Liquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos, no puedan ser exigibles en tanto que los responsables de las unidades supervisadas se ubican en dichas zonas y no cuentan con los mecanismos suficientes para atender las exigencias establecidas en los mismos. Que, asimismo, advirtiendose que los desastres naturales continuan registrandose en el MORDAZA, resulta necesario considerar tal situacion a efectos de facilitar a los titulares de las unidades operativas, el cumplimiento de la obligacion establecida por OSINERGMIN respecto a la MORDAZA de la Declaracion Jurada de Cumplimiento de Obligaciones de las Unidades Supervisadas. Que, en tal sentido resulta necesario ampliar el plazo para la MORDAZA de las Declaraciones Juradas de Cumplimiento de las Obligaciones de las Unidades Supervisadas (PDJ) contenido en el Anexo Nº 2 de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 204-2006-OS/ CD, respecto de los agentes que debian presentar su Declaracion Jurada de Cumplimiento de Obligaciones de las Unidades Supervisadas en el mes de febrero del presente ano. Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 12º de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 528-2007-OS/ CD de fecha 28 de agosto de 2007, se delego en la Gerencia General la facultad de modificar el Cronograma para la MORDAZA de las Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones de las Unidades Supervisadas. De conformidad con lo dispuesto por la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, Ley Nº 27332 y por el literal c) del articulo 23° del Reglamento General de OSINERGMIN aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; y, Con la opinion favorable de la Gerencia Legal y de la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar hasta el 30 de MORDAZA de 2012, el plazo para la MORDAZA de la Declaracion Jurada de Cumplimiento de Obligaciones de las Unidades Supervisadas por parte de los Grifos, Estaciones de Servicios, Estaciones de Servicio con Gasocentro, Grifos Rurales y Grifos Flotantes a nivel nacional, con excepcion de las unidades ubicadas en el departamento de MORDAZA y en la Provincia Constitucional del Callao. Articulo 2º.- Autorizar la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA electronico de OSINERGMIN (www.osinergmin. gob.pe) y en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob. pe). MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General 757832-1

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