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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de febrero de 2012 461625 CINCUENTA Y OCHO MIL Y 00/100 Nuevos Soles), a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Domingo Mandamiento Sipán - EPS EMAPA de Huacho S.A.,, para ser destinado a las acciones de mantenimiento de sistemas de agua potable y desagüe. Artículo 2°.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1° de la presente Resolución Ministerial, se atenderá con cargo a los recursos aprobados en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2012 del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, actividad 5.002406: Plan de Mantenimiento de Infraestructura y Equipos. Artículo 3°.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia autorizada por el artículo 1° del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4°.- Monitoreo La Dirección Nacional de Saneamiento, es responsable de la supervisión, monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras, para los cuales se realiza la presente transferencia, de acuerdo a las disposiciones contenidas en el Convenio entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Domingo Mandamiento Sipán - EPS EMAPA de Huacho S.A., y en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2012. Regístrese, comuníquese y publíquese. RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 757836-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 045-2012-VIVIENDA Lima, 28 de febrero de 2012 VISTO, el Memorándum N° 295-2012-VIVIENDA/ VMCS-OGPP, el Memorándum Nº 219-2012-VIVIENDA/ VMCS-DNS, y el Informe Técnico N° 012-2012-VIVIENDA/ VMCS-DNS-DPP; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 025-2012- EF, se autorizó la incorporación de recursos, vía crédito suplementario, en el presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de S/. 135 153 474,00 (CIENTO TREINTA Y CINCO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 Nuevos Soles), para continuar las acciones de mantenimiento de los sistemas de agua potable y desagüe a cargo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, así como para garantizar la continuidad de los proyectos de inversión pública a cargo de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, mediante el artículo 1 del mencionado Decreto Supremo N° 025-2012-VIVIENDA, se autorizó vía Crédito Suplementario, la incorporación de recursos en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, a favor del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hasta por la suma de S/. 15 656 000,00 (QUINCE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL Y 00/100 Nuevos Soles), destinados a continuar con las acciones de mantenimiento de los sistemas de agua potable y desagüe a cargo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, con fecha 20 de febrero de 2012, se suscribió el Convenio Nº 085-2012-VIVIENDA, entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y la Empresa de Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Barranca S.A., para el fi nanciamiento de las acciones de mantenimiento de los sistemas de agua potable y desagüe, hasta por la suma de S/. 1 500 000,00 (UN MILLON QUINIENTOS MIL Y 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante el artículo 12 de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, se autoriza en el presente año fi scal la realización de manera excepcional, de las transferencias fi nancieras, entre otros, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento; asimismo, dicha norma legal establece que las citadas transferencias se realizan, en el caso de las entidades del gobierno nacional, mediante resolución del Titular del Pliego, la misma que se publica en el diario ofi cial El Peruano; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, y la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, hasta por la suma de S/. 1 500 000,00 (UN MILLON QUINIENTOS MIL Y 00/100 Nuevos Soles), a favor de la Empresa de Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Barranca S.A., para ser destinado a las acciones de mantenimiento de los sistemas de agua potable y desagüe. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se atenderá con cargo a los recursos aprobados en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2012 del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, actividad 5.002406: Plan de Mantenimiento de Infraestructura y Equipos. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia autorizada por el artículo 1 del presente dispositivo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo La Dirección Nacional de Saneamiento es responsable de la supervisión, monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras, para los cuales se realiza la presente transferencia, de acuerdo a las disposiciones contenidas en el Convenio entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Empresa de Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Barranca S.A.; y en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2012. Regístrese, comuníquese y publíquese. RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 757836-2 ORGANISMOS EJECUTORES COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Aprueban transferencias financieras a favor de diversas Municipalidades para la ejecución de actividades correspondientes al Programa PIRDAIS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 054-2012-DV-PE Lima, 24 de febrero del 2012