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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2012 (07/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de julio de 2012 470157 Ordenanza N° 004-2012-RMDD/CR.- Aprueban Cuadro para Asignación de Personal (CAP) 2011 del Hospital Santa Rosa de Puerto Maldonado 470203 Ordenanza N° 007-2012-GRMDD/CR.- Aprueban documentos de gestión de la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios 470204 Ordenanza N° 008-2012-RMDD/CR.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza Regional N° 006-2011-RMDD/CR 470205 Ordenanza N° 010-2012-RMDD/CR.- Declaran de interés regional la regularización de inscripciones de nacimiento de personas indocumentadas y las rectifi caciones de datos en las partidas del registro de estado civil del departamento de Madre de Dios 470205 Ordenanza N° 012-2012-GRMDD/CR.- Institucionalizan el Congreso Regional de Investigación y Monitoreo Biológico en Áreas Naturales Protegidas y Corredores de Conservación - Madre de Dios 470206 Ordenanza N° 014-2012-GRMDD/CR.- Disponen el uso obligatorio de una prenda en la cabeza como parte del uniforme escolar, en todas las Instituciones Educativas de la Región de Madre de Dios 470208 Acuerdo N° 009-2012-RMDD/CR.- Declaran en situación de emergencia al distrito de Iñapari, provincia de Tahuamanu, al haberse producido un desastre natural 470209 Acuerdo N° 042-2012-RMDD/CR.- Autorizan viaje de profesional a Colombia, en comisión de servicios 470210 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Res. N° 88-2012-MML-GDU-SPHU.- Establecen conformidad de resoluciones expedidas por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco que aprueban proyectos de habilitación urbana de terreno ubicado en dicho distrito 470210 Res. N° 110-2012-MML-GDU-SPHU.- Rectifi can error material incurrido en la Res. N° 88-2012-MML-GDU-SPHU 470211 MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Ordenanza N° 219-2012-MDPH.- Aprueban nueva Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad 470212 Ordenanza N° 220-2012-MDPH.- Eliminan requisitos del TUPA, correspondientes a procedimientos a cargo de la Jefatura de Obras Públicas y Privadas 470213 Ordenanza N° 221-2012-MDPH.- Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad 470214 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES D.A. N° 12-2012-MDSJM.- Modifi can el TUPA de la Municipalidad 470215 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES D.A. N° 013-2012/MDSMP.- Disponen el embanderamiento general de inmuebles del distrito 470218 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO D.A. N° 009-2012/MVMT.- Disponen el embanderamiento general de inmuebles del distrito 470218 D.A. N° 010-2012/MVMT.- Aprueban y fi jan fechas correspondientes al cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo por Resultados - 2013 del distrito 470218 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHEPEN Ordenanza N° 06-2011-MPCH.- Aprueban Plan de Manejo de Residuos Sólidos de la Municipalidad 470219 D.A. N° 004-2011-MPCH.- Aprueban el “Programa de Segregación en la Fuente” en la provincia de Chepén, como parte del proceso de recolección de residuos sólidos domiciliarios 470220 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JACOBO HUNTER Acuerdo N° 076-2012-MDJH.- Autorizan viaje de Alcalde a Paraguay para participar en el II Congreso Internacional Federación Latinoamericana de Ciudades Turísticas San Bernardino 470220 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA EULALIA Ordenanza N° 008-2012-MDSE.- Aprueban Ordenanza que norma y reglamenta el Proceso de Presupuesto Participativo 2013 470221 Ordenanza N° 010-2012-MDSE.- Aprueban Ordenanza que regula benefi cios tributarios a favor de contribuyentes del distrito 470222 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 29896 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE ESTABLECE LA IMPLEMENTACIÓN DE LACTARIOS EN LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR PÚBLICO Y DEL SECTOR PRIVADO PROMOVIENDO LA LACTANCIA MATERNA Artículo 1. Objeto de la Ley Impleméntanse lactarios en todas las instituciones del sector público y del sector privado en las que laboren veinte o más mujeres en edad fértil. Las especifi caciones y condiciones que deben cumplir los lactarios, se rigen por lo dispuesto en el Decreto Supremo 009-2006-MIMDES, por el que se dispone la implementación de lactarios en instituciones del sector público donde laboren veinte o más mujeres en edad fértil, y sus normas complementarias. Artículo 2. Defi nición de lactario Para efectos de la presente Ley, el lactario es un ambiente especialmente acondicionado y digno para que las madres trabajadoras extraigan su leche materna durante el horario de trabajo, asegurando su adecuada conservación. La implementación de lactarios promueve la lactancia materna. Artículo 3. Plazo de implementación El plazo para la implementación de lactarios en las entidades del sector privado es de noventa días hábiles contados a partir de la vigencia de la adecuación del Decreto Supremo 009-2006-MIMDES a la presente Ley. Las instituciones del sector público continúan rigiéndose por lo previsto en el Decreto Supremo 009- 2006-MIMDES y sus normas complementarias. Artículo 4. Adecuación por el Poder Ejecutivo El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en coordinación con el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, adecúa el Decreto Supremo 009-2006-MIMDES a lo dispuesto en